13/06/2013 Los clientes Sí pueden recuperar su dinero Sentencia - TopicsExpress



          

13/06/2013 Los clientes Sí pueden recuperar su dinero Sentencia del Supremo sobre Cláusula Suelo Gracias a Ausbanc, numerosos afectados han recuperado ya el dinero pagado de más por la cláusula suelo. La eliminación de esta mala práctica bancaria conllevará una disminución de la morosidad. Los hipotecados con cláusula suelo SÍ pueden recuperar su dinero. Los afectados pueden reclamar las cantidades ya pagadas mediante el ejercicio de una demanda individual. Por la vía judicial pueden recuperar el dinero pagado de más durante la vida del préstamo. Quienes ya han satisfecho el préstamo, bien por cumplimiento del plazo o por amortización anticipada, tienen derecho a que se les devuelva el dinero que han pagado de más. Y en el caso de quienes no han podido seguir pagando su préstamo, y cuentan con cláusula suelo en sus contratos, pueden solicitar la paralización de la ejecución, ya que la deuda que se les imputa no es correcta. Recodemos que la sentencia dictada por el Tribunal Supremo el pasado 9 de mayo declara abusivas las cláusulas suelo incluidas en los contratos de préstamo con garantía hipotecaria de Cajamar, BBVA y Caixa Galicia, reclamadas por Ausbanc en el ejercicio de una acción colectiva. Esta histórica resolución judicial deja muy claro que las entidades demandadas han sido expresamente condenadas a eliminar la cláusula suelo de todos sus préstamos hipotecarios de manera inmediata. Esto implica que estas tres entidades van a aplicar de manera estricta el precio establecido en la escritura, sin tener en cuenta la anulada cláusula suelo y, por tanto, se va a producir desde ya un sustancial descenso en las cuotas hipotecarias a pagar por parte de los clientes de estas tres entidades. En rueda de prensa, celebrada el jueves 13 de junio, el presidente de Ausbanc, Luis Pineda, ha señalado que “ha sido una batalla larga, pero grandes bancos de este país han sido abatidos por el Estado de Derecho”. Tras examinar el auto de aclaración del Tribunal Supremo del 3 de junio, Pineda ha afirmado que “este auto es más contundente si cabe. Reitera que las prácticas examinadas son ilegales”. La sentencia del Supremo ya tiene su lugar de honor en la historia judicial. Es un triunfo sin precedentes de los consumidores, gracias al empuje y los conocimientos de un grupo de letrados de una asociación, Ausbanc, que lleva 27 años en esta lucha. Por eso, no es una improvisación, sino una culminación del trabajo de muchos abogados trabajando en la defensa de los derechos e intereses de los usuarios. Luis Pineda señaló que gracias a esta sentencia “se va a reducir la morosidad bancaria y eso es el principio de la recuperación”, pero añadió que “Ausbanc va a estar muy pendiente de que los bancos condenados no incrementen las comisiones para hacer frente a la falta de ingresos por la cláusula suelo”. Congreso de los Diputados De forma totalmente incomprensible, ilógica y sorprendente, la OCU compareció el pasado 5 de junio en el Congreso de los Diputados para aportar su punto de vista sobre la citada sentencia del Supremo, insistimos, ganada por Ausbanc. Esta inconveniente comparecencia, en la que también participaron representantes de las tres entidades condenadas para explicar cómo aplicarán la sentencia del Supremo, se celebró en el seno de la subcomisión de Transparencia de productos financieros, dependiente de la Comisión de Economía. Todo indica que las presiones de las entidades condenadas han impedido que Ausbanc participe en esta subcomisión, privando a esta Asociación de su legítimo derecho a explicar el contenido de la sentencia del Supremo. Y en su lugar, ha sido convocada la OCU que no sólo no es que no ha ganado ninguna sentencia de cláusula suelo, sino que ha perdido una ante el Juzgado de lo Mercantil nº 9 de Madrid que, si bien declaró abusivas 22 cláusulas de contratos de préstamos cuentas y tarjetas del BBVA y Banco Popular, declaró como válida la cláusula suelo. Cantidades reales ya recuperadas Luis Pineda muestra el último número de la Revista Ausbanc. Tras la sentencia del Tribunal Supremo, Ausbanc ha seguido cosechando éxitos en los Juzgados. La primera sentencia dictada después de que el pasado 9 de mayo se pronunciase el Alto Tribunal, es del Juzgado de Civil número 4 y de lo Mercantil de Ourense que estima íntegramente la demanda presentada por Ausbanc, declarando la nulidad de la cláusula, y ordenando a NCG Banco a devolver a los clientes lo cobrado de más (7.987,71 euros de intereses + 2.868,77 euros que se deberán considerar amortizados). Otra de las entidades a las que afecta directamente la sentencia del Tribunal Supremo es Cajamar y también acaba de ser condena por el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Málaga a anular la citada cláusula, y devolver a un cliente las cantidades abonadas por este concepto, y que ascienden a más de 10.000 euros. También la Audiencia Provincial de Córdoba, confirmando la sentencia dictada por el Juzgado Mercantil nº 1 de Córdoba, ha condenado a CajaSur a eliminar la cláusula suelo incluida en sus préstamos hipotecarios. Esta importante sentencia beneficia a cientos de miles de andaluces. En esta demanda colectiva, a la que se adhirió el Ministerio Fiscal, se considera que la relación entre cláusula suelo y techo (del 3 y 4%, ambas con un techo del 12%) crean un desequilibrio sustancial en los derechos y obligaciones de las partes en perjuicio del consumidor. En Barcelona, el Juzgado Mercantil número 10 de Barcelona ha condenado al Banco Pastor a la eliminación de la cláusula suelo y a la devolución de las cantidades pagadas de más, en este caso más de 16.000 euros. Hasta la fecha, Ausbanc lleva ganadas más de 70 sentencias, que ha generado una doctrina jurisprudencial que está allanando decisivamente el ejercicio de acciones individuales contra las entidades que hayan incluido cláusulas suelo en sus escrituras. Descarguese la sentencia del Tribunal Supremo que anula la cláusula suelo Comunicado oficial en relación a la sentencia del Tribunal Supremo que anula la Cláusula Suelo Descárguese el Auto de Aclaración del 3 de junio de 2013 del Tribunal Supremo
Posted on: Tue, 25 Jun 2013 23:14:38 +0000

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