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Al final del Evangelio de Juan tenemos la respuesta: "Y habiendo dicho esto, sopló, y les dijo: Recibid el Espíritu Santo. A quienes remitiereis los pecados, les son remitidos; y a quienes se los retuviereis, les son retenidos" (Jn 20,22-23). Por confesión sacramental no se ha de entender un coloquio tenido con alguien, como psicólogo, o amigo, o incluso sacerdote, a quienes se les desea abrir la propia intimidad aun revelándoles las faltas graves, sino el verdadero hecho de acusarse de los propios pecados, realizado al sacerdote confesor con la intención de recibir la absolución sacramental de parte de él, a fin de obtener el perdón de Dios. Es, pues, un sacramento: "signo eficaz de la gracia". Se lo puede llamar también sacramento de la conversión, sacramento de la penitencia, sacramento de la confesión, sacramento del perdón, sacramento de la reconciliación. La Iglesia y el poder de perdonar los pecados. En Mc 2,7 encontramos el gran interrogante en labios de los escribas: "¿Por qué habla éste así? Dice blasfemias . ¿Quién puede perdonar pecados, sino sólo Dios?" Ahora bien, dado que Cristo es Hijo de Dios, con todo derecho puede decir de sí mismo: "El Hijo del hombre tiene poder sobre la tierra para perdonar los pecados" (Mc 2,10). Jesús ejerce dicho poder: "Hijo tus pecados te son perdonados" (Mc 2,5). Pero no sólo, sino que lo confiere a Pedro y a los apóstoles (Mt 16,18-19; 18,18), y lo confirma (Jn 20,21-23).
Posted on: Sun, 22 Sep 2013 00:59:00 +0000

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