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ESTA MAÑANA ME LLEGA UNA GESTIÓN DE ELOY GÓMEZ URBANO en calidad de presidente de la Asociación de I.H.K de Algeciras a la subdelegación del Gobierno Central y a la Junta de Andalucía. EL TEXTO DICE ASÍ: A LA SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO AUTONÓMICO Y EXACTAMENTE IGUAL A LA SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO CENTRAL ILMO. SEÑOR D. ELOY GÓMEZ URBANO (31.819.086-N) Presidente de la Asociación Histórica de Kiosquero de Algeciras (Cádiz), inscrito con el núm. 4.750 en el Registro Provincial de Asociaciones de Cádiz, y con CIF; G11486867, con domicilio social en Paseo Juan Pérez Arriete Nº 33-3º-B., CP. 11204 de la ciudad de Algeciras, por medio del presente escrito anta esa Institución Gubernamental comparece y como mejor proceda en derecho, respetuosamente, D I C E PRIMERO.- Que la DIRECTIVA 2006/123/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 12 de diciembre de 2006 relativa a los servicios en el mercado interior lo siguiente:- "(65) La libertad de establecimiento implica, en concreto, el principio de igualdad de trato, que prohíbe no solo toda discriminación basada en la nacionalidad de un estado miembro, sino también toda discriminación indirecta basada en otros criterios que puedan conducir, de hecho, al mismo resultado..........(...)............Más aún, los Estados miembros no deben tener la posibilidad de conceder ventaja algunas a los prestadores que tengan un espacial vinculo socio económico nacional o local, ni de restringir, invocando el lugar de establecimiento, la libertad del prestador de adquirir, explotar o enajenar derechos y bienes o de acceder a diversas formas de crédito y de vivienda en la medida en que dichas facultades sean necesarias para acceder a su actividad o para su ejercicio efectivo," Pues con ello se vulneran los artículos 43 y 49 del Tratado de la Unión.- ------- SEGUNDO.- En este sentido España ha incorporado a su Ordenamiento Jurídico interno la citada Directiva modificando su Ley de Comercio Minorista, mediante la Ley 1/2010, de 1 de marzo (BOE Nº53, de 01/03) en cuyo articulo 6 se estipula lo siguiente: Dos. EL ARTÍCULO 6 QUEDA REDACTADO DEL SIGUIENTE MODO: ------------------------------------------------------------------------
Posted on: Thu, 01 Aug 2013 23:39:14 +0000

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