El ayer y el hoy de la Función Publica. Jorge García - TopicsExpress



          

El ayer y el hoy de la Función Publica. Jorge García Martínez* No obstante la decisión de desaparecer la Secretaría de la Función Pública (decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 2013), entre otras razones, por no haber incidido de manera significativa en una mejora de la actuación de la administración pública federal —concretamente en no hacerla más eficiente y lograr disminuir la corrupción—, resulta significativo que a ocho meses de que se tomó esa decisión la dependencia haya obtenido resultados plausibles en materia de fiscalización. De ello nos habla el autor El 29 de diciembre de 2011 se publicó en el periódico El Universal la siguiente nota: “Recupera la Secretaría de la Función Pública (SFP) sólo 0.1% de las multas aplicadas. Desde 1991 hasta 2010, según datos del SAT, los montos que debieron devolverse a la Federación a través de los créditos fiscales por concepto de pliegos administrativos, requerimientos, sanciones económicas y multas administrativas, eran por 48,000 millones de pesos. La SFP sólo ha logrado recuperar 76 millones de pesos que se han impuesto como multas a servidores públicos que hacen mal uso del erario”.1 Dicha nota la cité en mi artículo “El mito del Servicio Profesional de Carrera”,2 en el que expresé, entre otros conceptos, el siguiente: “Lo anterior significa que por las multas y demás conceptos mencionados, determinados por la SFP en 20 años, sólo se ha hecho efectivo —es decir, que constituyeron resoluciones ejecutables— un monto promedio de 10,553 diarios, lo que pone en evidencia la baja eficiencia de esa secretaría. De lo anterior se infiere fácilmente que la SFP no está contribuyendo a la mejora de la administración pública, pues no ha logrado que las sanciones económicas, multas y requerimientos impuestos a los servidores públicos se expidan conforme a Derecho, lo que denota deficiencia en la tramitación de dichos actos. De esos 20 años, 11 corresponden a administraciones panistas, de los cuales, a su vez, ocho corresponden al inicio de vigencia de la Ley del Servicio Profesional de Carrera, y no se aprecia que la misma haya tenido el más mínimo impacto sobre la calidad de los servicios”. La actual administración El 27 de agosto de 2013 se publicó en la página electrónica de la SFP el comunicado 029/2013, en el que se expresa lo siguiente: “En el periodo comprendido de diciembre de 2012 a junio de 2013, la Secretaría de la Función Pública (SFP) ha obtenido reintegros para la Federación por 1,623.1 millones de pesos, como resultado de los actos de fiscalización que a través de sus órganos internos de control (OIC) realiza en dependencias, entidades y órganos desconcentrados de la administración pública federal (APF); así como del trabajo conjunto con órganos estatales de control en auditorías a recursos federales transferidos a estados y municipios. ”Los actos de fiscalización que realiza la SFP, a través de la Unidad de Operación Regional y Contraloría Social y de los OIC, además de tener un enfoque preventivo basado en la identificación de riesgos e instrumentación de acciones de mejora que agreguen valor a la gestión pública, permiten detectar omisiones administrativas y operativas con impacto sustancial en las finanzas y en el patrimonio de las instituciones fiscalizadas. ”En este sentido, en el periodo referido se promovieron dichas recuperaciones y los recursos se materializaron en reintegros a la Tesorería de la Federación (TESOFE) o a las tesorerías de las entidades. ”De los 1,623.1 millones de pesos, 69.6 por ciento (1,129 millones de pesos) fue producto de las gestiones realizadas por los OIC en el gobierno federal; en tanto que el 28.6 por ciento (493.9 millones de pesos) se derivó de las auditorías a recursos federales practicadas a estados y municipios…” Consideraciones El presente análisis se centra en el impacto causado por la SFP en dos de sus atribuciones fundamentales: la mejora de la administración pública y la disminución de la corrupción, sólo en lo que se refiere al ámbito de actuación de las dependencias y las entidades federales, por lo que se dejó de lado lo concerniente a los recursos federales relacionados con estados y municipios. 1) No obstante que se trata de recursos captados por la TESOFE por motivos diferentes, ya que como se puede apreciar en las notas transcritas los 76 millones de pesos cobrados en el periodo de 20 años derivan de pliegos administrativos, requerimientos, sanciones económicas y multas administrativas, existe una correlación con los 1,129 millones de pesos reintegrados a la TESOFE con motivo de los actos de fiscalización realizados en siete meses. Las multas impuestas por la SFP en esos 20 años tenían como finalidad sancionar las irregularidades cometidas por servidores públicos y por particulares, con motivo de denuncias, quejas, actos de fiscalización, etcétera, lo que finalmente estaba encaminado a lograr mejoras en la actuación de los servidores públicos que integran la administración pública y evitar la corrupción. Según se expresa en el comunicado de esa dependencia, los actos de fiscalización realizados por los OIC de la SFP, de diciembre de 2012 a junio de 2013, tienen un enfoque preventivo y de mejora de la gestión pública, mediante acciones de revisión de la actuación de los servidores públicos y de los particulares, lo que finalmente repercute en la disminución de la corrupción. 2) En el comunicado no se expresa dónde estaban los 1,129 millones de pesos reintegrados. No es posible pensar que los tenían los servidores públicos en un cajón de su escritorio, pero sí es fácil suponer, cuando se habla de reintegrar (sirva como ejemplo la ejecución de los contratos celebrados con dependencias o entidades), que esos recursos estaban en poder de particulares, ya sea porque no se les cobró algo que se les debería cobrar, o bien, porque regresaron algo que se les había pagado ilegalmente. Lo anterior podría derivar de múltiples supuestos; pero los resumiré en dos: que los servidores públicos encargados de hacer ese cobro o ese pago no lo detectaron por desconocimiento o ignorancia de la norma, o bien, que dichos servidores públicos, en un acto de connivencia con los particulares, dejaron de cobrar algo a lo que estaban obligados, o les pagaron algo a lo que no estaban obligados. En menor o mayor grado dichas conductas implican corrupción. Los recursos fueron reintegrados porque la SFP identificó las conductas ilegales mediante la fiscalización, y con ello forzó su recuperación. No existe duda de que si lo anterior no hubiera sido ilegal, los particulares no hubiesen aceptado su reintegro. Lo verdaderamente destacado de esa actuación es que en siete meses se lograron resultados que no se dieron en 20 años. Los 1,129 millones de pesos significan 13.8 veces más que los 76 millones de pesos recuperados en esos 20 años. Los 76 millones cobrados promedian 10,553 pesos diarios, y los 1,129 millones reintegrados promedian 5.37 millones de pesos diarios. 3) Esos resultados no nos pueden llevar a festinar la actuación de la SFP, y con ello suponer que ya no se justifica la desaparición de la misma. Sin lugar a dudas significaron un avance importante en la mejora de la actuación de la administración pública y la disminución en los actos de corrupción, pero no es suficiente. Es incuestionable que si se lograron esos resultados es porque existió voluntad política para ello, pero también porque se dieron cambios en la estructura de mando de la secretaría, por el hecho de que ingresaron funcionarios con una visión diferente. Los resultados anotados demuestran que la organización de la secretaría se diseñó con un enfoque sancionador, y que se requiere que el órgano que la sustituya tenga un enfoque esencialmente preventivo. Haber impuesto 48,000 millones de pesos en multas, y haber hecho efectivas sólo 0.1 por ciento del valor de las mismas, implica un dispendio de recursos de la administración pública, lo que finalmente evidencia ineficiencia, misma que se traduce en corrupción. La forma de organización de la secretaría y la visión de los funcionarios que ejercieron el mando en ella condicionaron el perfil del personal de mandos medios de la misma, al igual que el de toda la administración pública federal centralizada (secretarías de Estado, Oficina de la Presidencia de la República y Consejería Jurídica del Ejecutivo). La historia nos enseñó que en los mandos medios se acumulaba la experiencia profesional y que éstos eran los que hacían funcionar la administración pública. En mi opinión, una de las razones por las que no ha logrado aterrizar la actual administración estriba en el hecho de que no se ha logrado revertir la anomalía derivada de la selección de esos mandos medios, y de los mandos superiores cuyas plazas se sujetaron a concurso. No debe olvidarse que en tanto no se apruebe la creación del órgano constitucional autónomo que sustituirá a esa secretaría, ésta seguirá administrando el Sistema de Servicio Profesional de Carrera. Como lo expresé en dos de las conclusiones de mi artículo en cita, “en la contratación de los servidores públicos no se han cumplido los principios rectores del Servicio Profesional de Carrera: legalidad, eficiencia, objetividad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género; el no haber cumplido con dichos principios explica muchas de las deficiencias de la administración pública federal”. Conclusiones 1) La Secretaría de la Función Pública logró reintegrar a la Tesorería de la Federación, en siete meses de esta administración, 13.8 veces más la cantidad de recursos cobrados en 20 años de sus anteriores administraciones. 2) Los resultados obtenidos no justificarían el hecho de revertir el proceso de desaparición de dicha secretaría. 3) Estos resultados demuestran que el órgano que sustituya a la Secretaría de la Función Pública debe privilegiar el enfoque preventivo por encima del enfoque sancionador.
Posted on: Mon, 28 Oct 2013 20:43:48 +0000

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