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Expte 8429. A As. Constitucionales Proyecto de Ley del nombre original San Antonio de Itatí a Berón de Astrada EXPTE Nº 8429/13 INGRESO 28/08/13 HORA 12.18 INICIATIVA DE: Diputado RAUL OMAR YUNG Bloque Panu PROYECTO DE LEY ASUNTO: Restituir a la actual localidad de Berón de Astrada, su original denominación como SAN ANTONIO DE ITATI, derogando parcialmente la ley del 20 de Mayo de 1910 y modificando la Ley 315 del 27 de septiembre de 1920.- Este expediente pasó a la comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General en la sesión 19. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El nombre original de San Antonio de Itatí se debía a la advocación al lugar tanto de San Antonio de Padua como a la Virgen de Itatí. El nombre actual homenajea al militar y político correntino Genaro Berón de Astrada.- Originalmente la zona de Berón de Astrada se hallaba en la jurisdicción del curato deI itatí, existiendo en el lugar una estancia. Luego el sacerdote franciscano, Pedro Bernardo Sánchez creó en el lugar una reducción indígena que se conoció como San Antonio de Itatí. El departamento Itatí se subdividió dando origen al departamento de San Antonio de Itatí, nombre que luego sería cambiado al actual de Berón de Astrada. La fundación de Berón de Astrada se remonta exactamente al 16 de marzo de 1764. San Antonio de Itatí fue su primer nombre, denominación que todavía se recuerda con la celebración del santo patrono y con una estrella en el escudo. Al igual que gran parte del territorio en la región, la zona fue habitada originariamente por pobladores guaraníes. Durante la época colonial, el poblado perteneció a la Reducción Franciscana de Itatí y a mediados del siglo XVIII comenzó a vislumbrarse como poblado y posteriormente departamento. Un sacerdote español de la orden franciscana, Pedro Bernardo Sánchez, fue el encargado de la primitiva organización del poblado a partir de la separación de lotes por calles y del levantamiento de la primera capilla en homenaje a San Antonio de Padua. Se trataba de una rústica construcción de madera, barro y paja que según cuentan antiguos pobladores, mostraba en un lugar central un madero con la inscripción: 16 de marzo de 1764. La ubicación actual del templo data de 1853, cuando los vecinos decidieron la ampliación de la iglesia y utilizaron para ello paredes de adobe crudo y techos de teja de palma. Pero fue en 1914 cuando se construyó el último edificio a partir de la colaboración y el aporte de los vecinos, algunos con la compra de materiales y otros con el trabajo en la obra. La demarcación definitiva de las calles se inició en 1882, por disposición del entonces gobernador, Ángel Soto. Pero la traza definitiva se estableció cuatro años más tarde con la asignación de 59.086.523 metros cuadrados al municipio. En 1910, en coincidencia con los festejos por el centenario de la revolución de Mayo, el entonces diputado José Antonio González impulsó el cambio de nombre, de San Antonio por el de Berón de Astrada en homenaje al ex gobernador correntino muerto en la batalla de Pago Largo.- En aquella oportunidad, y por la mencionada ley de fecha 20 de Mayo de 1910; en su articulo 1° se estableció, (en su segunda parte) Modificar la denominación del Departamento y del pueblo de San Antonio de Itatí por el de Berón de Astrada.- Qué si bién dicha norma, entre sus fundamentos buscaba honrar la memoria de Genaro Berón de Astrada como así también del General Paz, sancionó una modificación total cambiando ambas denominaciones esto es la del departamento y la del pueblo, generando ello, visto a la distancia, un corte abrupto a la identidad de un pueblo.- No nos apartamos del espíritu de aquella norma, pero atendiendo a que la búsqueda fue honrar la memoria de quien fuera don Genaro Beron de Astrada, es mas que suficiente con que el departamento continue llevando su nombre, lo que importará y asegurará perpetrar su nombre, no existiendo impedimento a restituir al pueblo su original denominación lo que importará y significará una especie de reconstrucción histórica de nuestras raíces. En consecuencia, se propicia modificar parcialmente la segunda parte del articulo primero de la ley del 20 de Mayo de 1910, derogando la parte que expresa .. Y el pueblo de San Antonio de Itatí, restituyendo a este su original denominación.- En consecuencia y descartando que este proyecto será aprobado, a partir de su sanción y promulgación la localidad pasará a denominarse SAN ANTONIO DE ITATI, importando una reparación histórica al reasignarse su original denominación. Corresponde también insertar una modificación parcial en la ley N° 315 sancionada el 27 de septiembre del 1920, promulgada el 29/8/2910 y publicada en el Boletín Oficial el 5 de octubre de 1920, por medio de la cual se crea la Municipalidad de la localidad de Beron de Astrada, la que de ahora en mas deberá ser denominada MUNICIPALIDAD DE LA LOCALIDAD DE SAN ANTONIO DE ITATI.- “Si bien el camino de nuestra historia fue difícil y lo que otrora parecía justo hoy no lo es o no lo es tanto por lo menos, estamos construyendo a través del diálogo y el consenso, el conocimiento que el estado debe tener de cada una de las comunidades. Este es un camino difícil pero que estamos dispuestos a transitarlo en conjunto, en la concreción de hechos fundamentales, que tiene que ver con lo simbólico y con el reclamo histórico de nuestras comunidades provinciales. El reclamo de la restitución de la original denominación de la localidad, se evidencia generación tras generación y hoy quizás con mayor fuerza, reclamo que brega por lo que sería una reparación histórica de la identidad conculcada.- Por todo ello solicito el acompañamiento para la sanción de la presente como ley LA CAMARA DE DIPUTADOS y EL SENADO DE LA PROVICIA DE CORRIENTES SANCIONAN CON FUERZA DE L E Y : ARTICULO PRIMERO: DEROGAR la segunda parte del artículo primero de la ley Provincial del 20 de Mayo de 1910, restituyendo a la Localidad de Berón de Astrada su originaria denominación como SAN ANTONIO DE ITATI.- ARTICULO SEGUNDO: Modificar la ley N° 315 sancionada el 27 de septiembre del 1920, promulgada el 29/8/2910 y publicada en el Boletín Oficial el 5 de octubre de 1920, en lo referente a la denominación, la que en adelante se denominará MUNICIPALIDAD DE LA LOCALIDAD DE SAN ANTONIO DE ITATI.- ARTICULO TERCERO: De forma DADA en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Corrientes, a los _______ días del mes de ___________________________ del año dos mil___ .-
Posted on: Wed, 04 Dec 2013 16:49:39 +0000

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