HISTORIA DE " un maldito " ..... en alguna de mis vidas anteriores - TopicsExpress



          

HISTORIA DE " un maldito " ..... en alguna de mis vidas anteriores supe opinar en algunos medios de prensa .... Esta opinión la realizé en el diario ACCION DE MERCEDES ...donde un dia no me publicaron mas ,cuando mi opinión no coincidió con la ideología del mismo , de mucha afinidad con este gobierno ,lo traigo a colacción porque hoy escuché a un diputado frenteamplista repetir un viejo y mentiroso verso ,y eso que esta en el PALACIO DE LAS LEYES ....bastaba mirar los archivos . decia ...por Enero 2008 ..... " Generalmente a los uruguayos nos molesta cada vez que se crean o incrementan los impuestos. Sin embargo en cada cambio de administración ,los gobernantes electos aparecen con un nuevo ajuste fiscal o similares para acomodar las cuentas que ,indudablemente también , "son culpa de los otros ", desde que me conozco " con algo de razón " es asi , ineludiblemente. Este gobierno ,muy crítico en sus tempos de tribuna , sobre aspectos tributarios y de gobierno ,también recurre a modificaciones en ese sentido, y reforma tributaria mediante , cambia el pasado IRP y lo transforma en IRPF ,impuesto que genera amplio rechazo en la oposición , en los trabajadores y pensionistas afectados y hasta en la propia interna frenteamplista,donde hay sectores que ya piensan que dicho IRPF se transformará en un verdadero talón de Aquiles hacia una pretendida continuación en la administración para las próximas elecciones . Como simple curioso de los temas jurídicos,ingresámos en la maquina para explorar los antecedentes del hoy IRPF ,sucesor del IRP . Muchas veces oímos que el IRP era creación de blancos y colorados ,y el ex presidente LACALLE aún es responsabilizado con mas contundencia por este impuesto . SIN EMBARGO ,su creación data del tiempo de la dictadura , ya que su promulgación se realiza el 23 de junio de 1982 ,mediante decreto-ley 15.294 con la firma de HAMLET REYES y hoy el preso mas connotado del pais GREGORIO ALVAREZ ,como presidentes del Consejo de Estado y de la República respectivamente en esa época . Este decreto creó modificaciones del CODIGO TRIBUTARIO y fundó el citado IRP ,mediante el artículo 25 que expresaba " crease un impuesto que gravará las retribuciones y prestaciones nominales en efectivo o en especies ,derivadas de servicios personales prestados en la actividad pública o privada ,exista o no relación de dependencia . El impuesto se aplicará también a todas las jubilaciones o pensiones servidas por instituciones estatales y no estatales de la seguridad social . Este impuesto se aplicará a todos los ingresos gravados por el presente artículo ,devengados a partir del 1 de JULIO DE 1982 . " Tal la letra de creación del IRP ,que además art 27 mediante ,aclara los montos imponibles a salarios y pasividades y por ello expresa " la tasa del impuesto creado en el articulo 25 de esta ley a cargo de las personas que perciban retribuciones ,los jubilados y pensionistas serñ del uno por ciento,hasta un monto imponible equivalente a tres salarios minimos nacionales mensuales ,y de dos por ciento ,cuando supere esa cantidad .La tasa del impuesto a cargo de los empleadores privados y los entes descentralizado y comrciale del Estado que paguen las retribuciones definidas en el articulo 25 seran en todo caso del uno por ciento " .Define este articulo los montos que pagarian ,trabajadores ,pasivos y patronos . Por su partey ,en este sentido tributario la LEY DE PRESUPUESTO 20002004 .ley 17296 del 21-2-01 .en su articulo 587 expresaba " se crea un tres por ciento sobre aquellos que ganaran mas de 29 salarios mínimos nacionales mensuales " Este adicional fue posteriormente derogado por el articulo 8 de la ley 17.502 del 29 -5 02 . Cotinuando este raid de modificaciones del IRP ,la ley de AJUSTE FISCAL 17453 del 28-02 -02 en su artículo 1 " crea un impuesto adicional al IRP para el financiamiento del BPS ,que gravaba en un cuatro por ciento a quienes ganaban mas de veinte salarios minimos nacionales mensuales ,con un incremento del uno por ciento cada diez salarios mas " ..Dicho adicional también fué derogado por la ley 17502 .Estas modificaciones surgen en el gobierno del DR BATLLE con BENSION en ECONOMIA . La ley 17502 en su articulo 5 señala los nuevos montos de gravamenes mediante IRP --- excluimos por su extensión - .Por ultimo , el actual gobierno ,que también vino con su receta bajo el brazo ,nos impone ,mediante ley 18.083 una nueva REF ORMA TRIBUTARIA ,que deroga el IRP ,pero crea su hermano menor , EL IRPF mediante un " crease un impuesto anual de caracter personal y directo que gravará las rentas de fuentes uruguayas obtenidas de las persona fisicas y que se denominará IRPF " . Mediante el articulo 37 dedicha ley se fijan los montos correspondientes según sus ingresos .. "que quedaran invariables hasta que el gobierno se haga eco de las disconformidaes ,o de sus intereses internos o electorales " ... Como usted comprenderña estimado lector ,desde tiempos lejanos los uruguayos soportamos distintas imposiciones tributarias ,que necesariamente son lógicas en la vida de un pais ,pero que nos molestaran en mayor o menor medida ,según los tiempos económicos que vivan sus contribuyentes . Mas o menos lo que que opinaba por alla por el 2008 ,, que no a cambiado mucho o peor y que renace estos dias mediante la LEY DE PRESUPUESTO y los diversos reclamos sociales .pero es bueno decir LAS COSAS ...POR SU NOMBRE ..no mas herencia maldita ....
Posted on: Tue, 02 Jul 2013 23:46:40 +0000

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