LA SANGRE, EL SACRIFICIO,EL HAMBRE A QUE SE ESTA SOMETIENDO A LA - TopicsExpress



          

LA SANGRE, EL SACRIFICIO,EL HAMBRE A QUE SE ESTA SOMETIENDO A LA POBLACION EN FAVOR DE LOS INTERESES PARTICULARES,EQUIVALE A UN ATRACO PARA CADA COLOMBIANO CUANDO NECESITA TANQUEAR SU CARRO, AL IGUAL QUE PARA CUANDO NECESITA DE LOS PRODUCTOS BASICOS DE LA CANASTA FAMILIAR CON LOS PRECIOS INFLADOS POR EL ESPERPENTO DEL SOBRE COSTO DE LOS COMBUSTIBLES.!! EL TIEMPO ES AHORA, EXIJALE A SUS CONGRESISTAS QUE CUMPLAN LA SENTENCIA Y LEGISLEN EN FAVOR DE LOS COLOMBIANOS. INICIATIVA POPULAR.1000.000 DE FIRMAS EN APOYO UNASE AHORA,PASE LA VOZ INVITE.!!! Qué opinión tiene de los referendos, cabildos abiertos, revocatorias de mandato, plebiscitos, consultas populares y las iniciativas populares legislativas o normativas, mecanismos de participación previstos en la Ley 134 de 1994? 12 de septiembre 12:25 Me parecen excelentes mecanismos para que los ciudadanos participemos que en un pais democrata como este debe siempre estar, por otro lado no es comun que la gente los use porque en Colombia no hay mucha conciencia politica , se tiene la falsa creencia de que la politica es corrupta y que no vale la pena participar de ella no hacen nada para hacer valer sus derechos y el deber de hacer veeduria ciudadana para que el estado funcione como debe ser ellos lo pueden hacer pero la ley 134 no es muy conocida. Oficio dirigido a nombre del Director del Censo Electoral Dr. Luis Carlos Donado Avella Asunto: Trámite de Iniciativa Popular de Carácter Nacional Se debe especificar y justificar el tema. Radicación en Correspondencia de la Registraduría Nacional Trámite Interno. Respuesta en ocho (8) días hábiles. No. de Firmas: Primera Etapa: 5 por 1.000 del censo nacional De 32.000.000 son 300.000 firmas teniendo en cuenta margen de error, ya que cada una de las firmas es verificada y debe ser correcta, con datos completos. Segunda Etapa: 32.000.000 (5%) 2.000.000 de firmas. -La Corte, con votación de cinco a dos, declaró inexequible una de las fuentes que utiliza el Gobierno para alimentar el Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC), esquema utilizado para mitigar el impacto de las fluctuaciones externas de los precios de los combustibles en el precio interno. El Alto Tribunal tumbó el literal C del artículo 101 de la Ley del Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, que señala que las diferencias negativas entre el precio de paridad internacional y el precio de referencia establecido por el Ministerio de Minas y Energía podrán ser utilizadas para nutrir este fondo. Es decir, que cuando los precios internacionales sean menores que el valor de referencia fijado por el Gobierno y se genere un saldo a favor, los recursos ya no podrán ahorrarse para contener futuras alzas de los precios, sino que deberán trasladarse al precio interno, generando su reducción. youtube/watch?v=vy2ZT_cdJ3I
Posted on: Sun, 15 Sep 2013 08:38:41 +0000

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