LEY Nº 6317 Sancionada el 10/07/85. Promulgada el 22/07/85. - TopicsExpress



          

LEY Nº 6317 Sancionada el 10/07/85. Promulgada el 22/07/85. Dispone bonificación como actividad crítica asistencial a personal administrativo, técnico, profesionales no incluidos en la Carrera Médica, personal de mantenimiento y producción, de servicios generales y auxiliares de la salud que presten servicios en establecimientos asistenciales y en los dependientes de la Dirección General de Familia y Minoridad. Publicada en el Boletín Oficial Nº 12.266, del 29 de julio de 1985. El Senado y la Cámara de Diputados de la provincia de Salta, sancionan con fuerza de LEY Artículo 1º.- El personal administrativo, técnico, profesionales no incluidos en la Carrera Médica, personal de mantenimiento y producción, de servicios generales y auxiliares de la salud que presten servicios en establecimientos asistenciales y en los dependientes de la Dirección General de Familia y Minoridad, percibirán a partir del 1º de abril de 1985 una bonificación del 20% (veinte por ciento) sobre la asignación de la categoría 06, como actividad crítica asistencial (anteriormente denominada infecto-contagiosa), que incluye sueldo básico y compensación funcional, por el riesgo para la salud a que lo expone su actividad en los ámbitos donde se aplica esta ley. Este adicional será percibido también por el personal temporario, contratado y con reconocimiento de servicios. Esta suma formará parte del haber total de los beneficiarios a los efectos de la liquidación del sueldo anual complementario y de las retenciones y aportes previsionales y asistenciales vigentes. Art. 2º.- Comuníquese, etcétera. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la provincia de Salta, a los diez días del mes de julio del año mil novecientos ochenta y cinco. PEDRO M. DE LOS RIOS – Benjamín C. Ruiz de Huidobro – Marcelo Oliver – Dr. José M. Ulivarri Salta, 22 de julio de 1985. DECRETO Nº 1.429 Ministerio de Bienestar Social Téngase por Ley de la Provincia Nº 6.317/85, cúmplase, comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese. Romero – Balut – Dávalos. #COMPANEROS ESTA LEY NO FUE DEROGADA Y POR LO CONSIGUIENTE LO QUE ESTAMOS PIDIENDO ES TOTALMENTE JUSTO
Posted on: Thu, 10 Oct 2013 19:56:02 +0000

Trending Topics



Recently Viewed Topics




© 2015