Las reformas parciales al Libro Tercero de la Ley 287 “Código - TopicsExpress



          

Las reformas parciales al Libro Tercero de la Ley 287 “Código de la Niñez y la Adolescencia” (CNA), referido a la Justicia Penal Especializada, son necesarias porque desde que entró en vigencia en 1998 nunca se ha modificado a pesar del incremento poblacional y de la delincuencia juvenil, entre otros factores. El Arto. 95 de la Ley 287 párrafo 1º dice: “La Justicia Penal Especializada del Adolescente () se aplicará a los adolescentes que tuvieren 13 años de edad cumplidos y que sean menores de 18 años, al momento de la comisión de un hecho tipificado como delito o falta por el Código Penal o Leyes Penales Especiales”. De estos, solo a los adolescentes entre los 15 años cumplidos y los 18 años no cumplidos se les puede aplicar una medida que implique privación de libertad “en centro especializado”, la cual no puede ser mayor de 6 años. m.laprensa.ni/opinion/63070
Posted on: Wed, 05 Jun 2013 23:01:27 +0000

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