Les comparto mi reflexión sobre la propuesta de Observatorio - TopicsExpress



          

Les comparto mi reflexión sobre la propuesta de Observatorio Judicial: He leído con preocupación la prensa y la propuesta de la candidata de la Alianza, Evelyn Matthei, y que ha retomado el Gobierno tras solicitudes de la UAI y la ULA (tengo entendido que de las Facultades de Negocio y/o de Gobierno) de crear un observatorio judicial licitado por el Gobierno a cargo de alguna universidad para recoger datos y estadísticas, y de analizar los fundamentos de los fallos, principalmente en materia penal y sobre todo respecto a las sentencias absolutorias y resoluciones que niegan o revocan la prisión preventiva. Mi preocupación comienza en que esta propuesta se da en el contexto de una elección política sobre un tema que se muestra dentro de los peores ítems del actual Gobierno y de su mayor promesa incumplida, que hace pensar que se trata de un oportunismo político electoral de tipo populista en busca, supuestamente, de mayor “seguridad” y “transparencia”, además de otros dos eventuales errores políticos de que en una de esas universidades participó o participa dentro del directorio el subsecretario de prevención (será objeto de investigación por la Contraloría) y de que ambas instituciones que podrían recibir financiamiento público podrían ser investigadas por lucro (es un riesgo eventual, hay presunción de inocencia pero claramente podría ser un error político enorme). Se suma a ello que, a mi juicio, es una medida inconstitucional, más allá de los problemas técnicos de aplicación de la medida (dos de los cuales los señala el mismo diario El Mercurio en la editorial de hoy). Lo primero es diferenciar bien entre, por un lado, hacer cambios en aspectos administrativos al interior del Poder Judicial como la forma de calificación o la conducta de funcionarios, lo cual requiere ley y ajustes por autos acordados del mismo Poder Judicial, y no por vía administrativa, y por otro lado, cambios para fiscalizar y presionar políticamente a los jueces por los fundamentos de los fallos y levantando estadísticas. El observatorio que se plantea busca lo segundo disfrazándolo de transparencia. Si solo fuera por la transparencia, el observatorio que plantea sería innecesario ya que: Primero, la transparencia actualmente ya se cumple al punto que el Poder Judicial chileno tiene un 90% de cumplimiento según los rankings internacionales siendo de los mejores ranqueados a nivel americano, incluso por sobre EEUU que ocupa el décimo lugar; Segundo, todos los fundamentos de los fallos son públicos al igual que los procedimientos, por lo que, si bien actualmente no están las estadísticas específicas que se plantean, cualquiera puede confeccionarlas por vía de institución privada, y sería bueno que lo hagan como los seguimientos legislativos, al igual que observar y analizar los fallos, sean universidades mediante actividades de extensión, centros de pensamiento, diversas ONGs, grupos de expertos que confeccionan los repertorios de Código Penal y también los medios de comunicación, entre otros, pero nunca por vía de otro órgano del Estado, de modo que se cumple con una trasparencia y control social al Poder Judicial; Y tercero, la gran mayoría de los fallos son susceptibles de recursos, sea por vía de nulidad o por vía de apelación según sea el caso -pero principalmente relacionado a los tribunales orales en lo penal y a los juzgados de garantía respectivamente- y además, al ser los tribunales orales en lo penal órganos colegiados, los riesgos de errores en los fundamentos son menores disminuyendo la necesidad de la existencia de recursos, pero aun así dichos recursos existen habiendo también una transparencia y control por parte de los intervinientes. Lo que realmente plantea el Gobierno y la candidata es algo muy diferente, que a mi juicio es inconstitucional: Primero porque busca que esto sea licitado por el Gobierno de Turno, lo cual lo convierte en una medida inmediatamente inconstitucional, además de también requerir ley, ya que está revisando los fundamentos y contenidos de los fallos en contra del artículo 76 de la Constitución (texto expreso, ni el Congreso Nacional ni el Presidente de la República pueden... revisar los fundamentos o contenido de las resoluciones), afectando la independencia orgánica del Poder Judicial, la separación de funciones y la democracia, porque el Gobierno de turno no tiene nada en que involucrarse en esto a riesgo de hipotecar la justicia en manos de la política, sobre todo cuando el Gobierno muchas veces es parte en las causas y porque el asenso de los jueces depende en gran medida del Gobierno de Turno. Segundo, porque, mediante la revisión crítica desde la postura del Gobierno de Turno (ya que influiría en las bases de licitación y es extraño que se levanten datos y analicen fundamentos sin una visión crítica de los mismos por parte de quien realiza esa labor, es decir, el análisis no será neutro) de los fundamentos de los fallos penales, principalmente de los absolutorios y los que niegan o revocan la prisión preventiva (coincidiendo con la visión del actual gobierno), está buscando fiscalizar y presionar política y mediáticamente al Poder Judicial para que fallen según los fundamentos que el Gobierno de Turno considera justos (siendo muchas veces parte de la causa), lo cual evidentemente afecta la independencia funcional de los jueces. Y tercero, el que se utilice la palabra “fiscalizar” implica la unión con una responsabilidad y una presión política y mediática indebida, entonces la pregunta pasa a ser ¿qué responsabilidad es la que se está buscando? Los jueces y el Poder Judicial pueden tener diversos tipos de responsabilidades que se resuelven por los mecanismos actuales sin necesitar el observatorio: Por nombrar algunas, responsabilidad civil con acción de indemnización por error judicial, administrativa si incurre en causal que lo saque del cargo como ser reiteradas veces mal calificado por el sistema de calificaciones al interior del Poder Judicial, y penal por prevaricación de justicia que lo persigue el Ministerio Publico y lo juzga el Poder Judicial, si es que se dan los casos entre muchas otras causas que gatillan esas responsabilidades. El observatorio no busca fiscalizar ninguna de estas responsabilidades, sino que más bien alude a una eventual responsabilidad política de los jueces frente a la sociedad por la situación de seguridad existente en Chile, considerando que en muchos casos se responsabiliza a los jueces de esa situación. Pero en esto hay que ser muy claro: Los jueces no tienen ni deben tener una responsabilidad política frente a nadie, incluyendo frente a la sociedad, porque se pone en jaque su independencia (es como imaginar que los jueces sean electos democráticamente por el pueblo, lo cual insertaría a la política y las campañas políticas en la justicia, lo cual me recuerda la frase de Carrara “cuando la política ingresa a la casa de la justicia, la justicia sale arrancando por la ventana”. En ese caso los fallos serían según los vaivenes de los medios de comunicación, lo cual es sumamente peligroso y sobre todo en materia penal cuando se deciden temas tan importantes como la libertad de un sujeto y su reputación de por vida, su situación familiar y social, entre otras consecuencias). Más bien la función de los Jueces Penales es decidir cuándo aplicar el Derecho Penal y en qué medida, y cuándo no aplicarlo, pero no contribuir a la seguridad ya que en ese caso serían juez y parte, deben en cambio administrar justicia como tercero imparcial. Realmente, la responsabilidad política por la seguridad corresponde al Gobierno de turno y no al Poder Judicial, sin perjuicio de que muchos actores contribuyan por prevención, control, persecución y rehabilitación, pero la seguridad a nivel macro es una finalidad propia del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, no de los jueces. Después de todo esto no me queda más que concluir que esta fiscalización realmente constituye una presión indebida al Poder Judicial y a todos los jueces, tanto en lo orgánico como en lo funcional, que afecta la separación de funciones y la independencia del Poder Judicial, y que a fin de cuentas, afecta al Estado de Derecho, Social y Democrático y atenta contra la Constitución. Por ello tiendo a pensar que esto, más que una medida disfrazada en transparencia, es un oportunismo político electoral de tipo populista que pretende traspasar el fracaso y la responsabilidad política del actual Gobierno en materia de seguridad (su principal promesa incumplida) a los jueces, afectando con ello la democracia, la Constitución y el Estado de Derecho, Social y Democrático.
Posted on: Wed, 06 Nov 2013 20:10:05 +0000

Trending Topics



Recently Viewed Topics




© 2015