Parroquias de Venezuela Venezuela es un Estado federal que se - TopicsExpress



          

Parroquias de Venezuela Venezuela es un Estado federal que se divide en Estados, y estos en municipios autónomos y estos a su vez en parroquias. En total, el país tiene 1136 parroquias que forman los 335 municipios (integrados a los 23 estados y al Distrito Capital). Existen un total de 1136 parroquias en Venezuela, el estado con más parroquias es el Zulia con 107 y el de menos es Vargas con 11. El municipio con más parroquias es el Municipio Libertador del Distrito Capital con 22 parroquias, y dentro de los estados es el Municipio Maracaibo del estado Zulia con 18 parroquias, el municipio con menos parroquias es el municipio Bolívar del estado Sucre que no tiene ninguna. En Venezuela, es la unidad político-territorial de menor rango, donde se dividen los municipios, la división administrativa sirve para ámbitos policial (Jefatura Civil), además la parroquia está compuesta por una junta parroquial. Desde las elecciones de 1992 la ciudadanía elige directamente a los representantes de las juntas parroquiales, en el año 2005 por primera vez se realizaron comicios para elegir las juntas parroquiales de forma separadas a las de gobernador y alcalde. Índice [ocultar] 1 Parroquias Urbanas y Parroquias Rurales 2 Historia 3 Símbolos 4 Referencias 5 Anexos Parroquias Urbanas y Parroquias Rurales[editar · editar código] Las parroquias pueden clasificarse como parroquias urbanas si tienen al menos 50.000 habitantes, en tal caso pueden escoger 5 miembros de junta parroquial (un presidente, un secretario y 3 miembros), el territorio de las parroquias urbanas está dedicado al desarrollo habitacional y a actividades de industria y comercio. Las parroquias rurales tienen menos de 50.000 habitantes, eligen 3 miembros de junta parroquial (un presidente, un secretario y un miembro) y su territorio estará dedicado a la producción agropecuaria, o como reserva natural. Un mismo municipio puede tener ambos tipos de parroquia o uno solo de los dos. Nº Estado Número de Municipios Número de Parroquias 1 Distrito Capital 1 22 2 Amazonas 7 25 3 Anzoátegui 21 58 4 Apure 7 26 5 Aragua 18 50 6 Barinas 12 52 7 Bolívar 11 47 8 Carabobo 14 38 9 Cojedes 9 15 10 Delta Amacuro 4 21 11 Falcón 25 84 12 Guárico 15 40 13 Lara 9 57 14 Mérida 23 86 15 Miranda 21 55 16 Monagas 13 43 17 Nueva Esparta 11 23 18 Portuguesa 14 39 19 Sucre 15 56 20 Táchira 29 67 21 Trujillo 20 93 22 Vargas 1 11 23 Yaracuy 14 21 24 Zulia 21 107 Total 24 335 1136 La Ley Orgánica del Poder Público Municipal, le otorga facultad expresa para gestionar los asuntos y procesos siguientes: Servir como centro de información, producción y promoción de procesos participativos para la identificación de prioridades presupuestarias. Promover los principios de corresponsabilidad, protagonismo y participación ciudadana en la gestión pública municipal. Promover los servicios y el principio de corresponsabilidad en lo atinente a la seguridad ciudadana, la protección civil y la defensa integral de la República. Promover los servicios y políticas dirigidos a la infancia, a la adolescencia, a la tercera edad y a las personas con discapacidad. Promover, organizar, coordinar, supervisar y llevar a cabo los procesos electorales para la elección de los jueces de paz. Promover procesos comunitarios de contraloría social. Proteger el ambiente y fortalecer las áreas de los parques naturales, en coordinación con el ente responsable del parque y conforme a las pautas que le señalen las autoridades del Municipio. Velar por el cumplimiento de la limpieza urbana y aseo domiciliario. Supervisar los servicios de agua potable, electricidad y gas doméstico. Coadyuvar en el cuidado y mantenimiento de plazas, parques y jardines en la parroquia. Inspeccionar la prestación del servicio de transporte público de pasajeros. El Presidente de la Junta Parroquial podrá celebrar los matrimonios y llevar el registro de éstos, dentro del ámbito territorial correspondiente, de conformidad con los parámetros establecidos en el Código Civil. Auspiciar y promover la masificación deportiva. Auspiciar y promover las actividades culturales que integren a la comunidad. Coadyuvar con las administraciones tributarias locales en la gestión de los tributos, a los efectos de garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y demás deberes formales. Respaldar a la Sala Técnica del Consejo Local de Planificación Pública en la elaboración del censo social municipal, conjuntamente con la participación de las organizaciones vecinales y la sociedad organizada. Cooperar en la supervisión de la realización de espectáculos públicos, de conformidad con lo dispuesto en la ordenanza respectiva. Cooperar con las autoridades locales correspondientes en la gestión de los servicios de cementerio y mercados municipales y recaudar los derechos fiscales y tasas previstos en la ordenanza respectiva, cuando se trate de parroquias no urbanas. Tramitar las solicitudes de particulares referentes a parcelas de terrenos municipales y a los servicios sociales. Las demás que le sean delegadas por el alcalde o alcaldesa, de conformidad con los instrumentos jurídicos municipales. Historia[editar · editar código] Las provincias coloniales no tenían subdivisiones como tales sino una jerarquía de ciudad, pueblo, villa y caserío, según la importancia de la población, clasificando cada una según tuviera plaza mayor, cabildo, Catedral y una fortificación, una población carente de todo eso era un caserío. Las ciudades con sus cabildos tenían alcaldes y representaban los intereses de la vecindad circundante, fueron los cabildos los que firmaron la independencia de Venezuela en 1811. La constitución de 1819 resultante del congreso de Angostura, fijó la división territorial de Venezuela en Provincias, Departamentos y Parroquias, (si bien estas parroquias tendrían el rango de las actuales municipios, fue la primera vez que se utilizó el nombre). La Constitución de 1821 cambió el ordenamiento territorial a Departamentos, Provincias, Cantones, Parroquias. La Constitución de 1830 dejó la división en Provincias, Cantones y Parroquias. Las parroquias de 1830 si contenían las funciones de las actuales mientras que los Cantones ocupaban el lugar de los municipios. La Constitución de 1864 usó los nombres de Estados, Distritos y Parroquias. La Constitución de 1909 dividía el país en Estados, Municipios y Parroquias. La Constitución de 1947 y las siguientes establecieron la división en Estados, Distritos y Municipios, sin embargo los municipios de la Constitución de 1961 ejercían las funciones de las parroquias actuales. En 1988 se terminó la reforma de la organización territorial de Venezuela para que todas las autoridades locales fueran elegidas directamente, dichas elecciones se llevaron a cabo en 1989 nombrando los primeros gobernadores, alcaldes y concejales electos por voto popular. En 1989 se crearon la mayoría de las parroquias actuales, aunque fue en 1992 cuando por primera vez tuvieron autoridades electas por voto popular. Desde 1989 el número de parroquias ha aumentado, por división de las originales, mientras que otras han sido elevadas a municipio (y subdivididas en nuevas parroquias) o se han agrupado varias parroquias para formar nuevos municipios. Símbolos[editar · editar código] Normalmente las parroquias no tienen símbolos ya que su función es administrativa, sin embargo algunas parroquias por tradición o por iniciativa tienen símbolos propios como los del Municipio Lobatera del estado Táchira, que tienen banderas y escudos ancestrales y la bandera del municipio es una combinación de las banderas parroquiales. La parroquia San José del Municipio Libertador de Caracas, también posee un escudo parroquial ancestral. Otras parroquias con bandera son la Parroquia Borojó del Municipio Buchivacoa del estado Falcón y la Parroquia José Gregorio Bastidas del Municipio Palavecino del Estado Lara.
Posted on: Thu, 10 Oct 2013 04:30:50 +0000

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