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Referencia: Parque Reforma Social. Muy estimados vecinos de la colonia Reforma Social y usuarios del parque del mismo nombre. En la Consejería Jurídica estamos conscientes de la enorme importancia que revisten las áreas verdes como centros de recreación y pulmones de la Ciudad. El conflicto alrededor del Parque Reforma Social demuestra la necesidad de conservar este tipo de espacios para la colectividad. Como es de sobra conocido, el conflicto sobre la propiedad data de 1977, época en la que el entonces Presidente de la República expidió un Decreto por el que, sin desincorporar de los bienes del dominio público de la Federación, destinó al entonces Departamento del Distrito Federal (DDF) una superficie de 29,120 m2 para la construcción de un parque y de una estación de transferencia de basura. Inconforme con ese Decreto, y por considerar que el inmueble no era propiedad Federal sino de la sucesión de Carlos Cuevas Lacurain y que se le estaba privando de su propiedad, dicha sucesión promovió un juicio de amparo que fue resuelto en definitiva en 1996, y cuyo cumplimiento implicó, según una determinación tomada en 2002 por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al resolver el incidente de inejecución de sentencia 239/1999, esencialmente dos acciones: i). Que el Presidente de la República dejara sin efectos el Decreto. ii). Que el Jefe de Gobierno devolviera a la sucesión quejosa la superficie que ocupa el parque, en las mismas condiciones en que se encontraba cuando se emitió el Decreto. Juicio de amparo en el que el demandado fue el Gobierno Federal, por lo que quien defendió la propiedad del terreno fue precisamente él; y fue una de sus Dependencias (PGR) quien a través de uno de sus funcionarios determinó, en 1981, que el área que ocupa actualmente el parque era propiedad de la Sucesión quejosa. En razón que el asunto ya se encontraba en la SCJN en incidente de inejecución de sentencia por incumplimiento, lo que podría implicar la destitución y consignación de diversos funcionarios, ante un Juez penal federal, en septiembre 2009 se devolvió el terreno a la sucesión quejosa; razón por la que se tuvo por cumplida la sentencia y en marzo de 2012 se ordenó el archivo del expediente como asunto concluido. Ahora, si bien es cierto que las determinaciones de las autoridades judiciales federales constituyen cosa juzgada y verdad legal, mismas que respetamos completamente, también es cierto que la situación actual de la zona pone de manifiesto la necesidad de conservar el parque Reforma Social como área verde en beneficio de la colectividad. Por ello, se han generado mesas de trabajo encabezadas por la Secretaría de Gobierno, en las que participan diversas Dependencias del GDF, incluida esta Consejería Jurídica. 2 La finalidad de dichas mesas es determinar el mecanismo idóneo para incorporar a los bienes del dominio público del DF la superficie que ocupa el parque; de manera que todos tengamos certidumbre que tendrá éxito la pretensión, o que ante un eventual conflicto legal existan elevadas posibilidades de triunfo. En esas mesas no se ha descartado de manera anticipada ninguna opción cuyo fin sea el mismo. Entre tanto se materializa la incorporación del predio a los bienes del DF, sigue conservando como uso de suelo el que todos conocen: Área Verde; mismo que no puede ser, ni podrá ser, modificado por algún funcionario público de la administración central o delegacional. Tengan la confianza que ante cualquier acción legal que alguien emprenda contra la determinación que tomen las autoridades locales, les será comunicada a ustedes como primeros interesados en el asunto. No se omite mencionar que esta Consejería es de la opinión que en primer lugar se busque una solución consensada con quien detenta derechos sobre el espacio, a fin de evitar conflictos futuros. Lo anterior, ya que es de sobra conocido que una expropiación, por lo general, implica conflictos legales que pudieran trascender al período de la actual administración; y lo que se busca es dar una solución definitiva desde ahora. Es por eso que antes de la expropiación deben buscarse otras soluciones. Ahora bien, independientemente de cuál sea el medio que se determine como el más adecuado para que el GDF adquiera la propiedad, lo cierto es que ineludiblemente las instancias de gobierno, entre ellas la Delegación, deberán contar con suficiencia presupuestal. Es por ello que en la Consejería Jurídica celebramos el seguimiento, y acompañamiento, que al caso han dado desde la Asamblea Legislativa. No se omite mencionar que, en relación con las inquietudes sobre la validez del Contrato de Donación que se suscribió en septiembre 2009, también conocido como El Convenio, esta Consejería informa que existe un documento fechado el 3 de agosto de 2010, en el que el apoderado de la sucesión quejosa le solicitó al Jefe de Gobierno del DF, entre otras cosas, que se dejara sin efectos El Convenio. Lo anterior ya fue expresado a la mesa de trabajo encabezada por la Secretaría de Gobierno. Tengan la certeza que estaremos atentos y apoyaremos la determinación que se tome. Por favor, reciban un muy cumplido saludo. Muy atentamente Mtro. José Ramón Amieva Gálvez Consejero Jurídico y de Servicios Legales
Posted on: Sat, 19 Oct 2013 01:50:40 +0000

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