SISTEMAS IMPERANTES EN MATERIA DE EXTRADICION Debemos mencionar - TopicsExpress



          

SISTEMAS IMPERANTES EN MATERIA DE EXTRADICION Debemos mencionar que en algunos países impera el denominado Sistema Administrativo, dentro del cual, bien sea que se proceda en cumplimiento de un Tratado Internacional o de acuerdo con la legislación interna o con la jurisprudencia internacional, es atribución exclusiva del Poder Ejecutivo, resolver sobre la procedencia o no de las solicitudes de extradición presentadas por las naciones requirentes en la materia. Para los defensores de esta tesis, como esta figura jurídica es un acto de soberanía, ella no puede ser acordada, ni solicitada, sino por la autoridad a la cual corresponde el ejercicio de esa soberanía frente al Sistema Internacional de Naciones, cual es el Poder Administrador o sea el Poder Ejecutivo. Colocar el asunto en las esferas del Poder Judicial, señalan los que postulan este pensamiento, es inmiscuir al mismo en los asuntos del Gobierno, lo cual en su sentir, es peligroso, pues podría, posiblemente perjudicar la política exterior y desde luego, las relaciones internacionales con los distintos países que solicitan la aplicación de este instrumento. En contraposición a esta línea filosófica, se hallan los defensores del Sistema Judicial, el cual, por cierto, es el que goza de más fuerte preponderancia en la actualidad.Consiste en dar mayor influencia o preponderancia decisiva, a la autoridad judicial, como protectora del derecho de la personalidad humana, frente a la arbitrariedad. En ese sentido debemos mencionar que en nuestro país rige este sistema, ya que este Poder del Estado, por su naturaleza misma es menos propicio a dar curso a las influencias políticas o de cualquier otro orden (económicas o sociales) casi siempre nocivas en materia para el ejercicio del derecho, a fin de garantizar a cualquier ciudadano sea de la nacionalidad que fuere el ejercicio pleno de sus derechos y obligaciones, de conformidad al sistema democrático. Asimismo debemos señalar que la propia Constitución Nacional señala al Poder Judicial como órgano privativo del ejercicio y cumplimiento de la ley en territorio paraguayo. Como lo señala el Abogado paraguayo Wilfrido Velásquez1, en su libro “Extradición” en su página 9, que dice: “la gran ventaja de la intervención del Poder Judicial, como lo observan muchos autores, es la de sustraer el examen y decisión del Poder Ejecutivo circunstancias que por rozarse con las cuestiones o negocios políticos, podrían conducir a una resolución no acorde con la estricta justicia”. También debemos mencionar que existe un sistema denominado mixto, conforme al cual se da intervención al Poder Judicial para la otorgación o rechazo de la solicitud planteada, y con posterioridad con una facultad de revisión de la resolución tomada al Poder Ejecutivo, como última instancia o instancia de revisión. La República Argentina posee este sistema dentro de su Código de Procedimientos Penales.
Posted on: Fri, 27 Sep 2013 13:09:16 +0000

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