Se establecieron condiciones mínimas de trabajo [BPN-26/06/13] - TopicsExpress



          

Se establecieron condiciones mínimas de trabajo [BPN-26/06/13] La UITEC (Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios) dio a conocer las que considera que son a nivel regional las funciones y condiciones mínimas de trabajo de los encargados de edificios. Así surge del tercer acta acuerdo que se firmó el pasado 7 de mayo durante el IV Encuentro de los Sectores de Propiedad Horizontal de la UITEC en Lima, Perú. Entre otras cuestiones, se definieron las funciones de Mucama y de Oficial de Mantenimiento que en Argentina todavía no existen. También se determinó, en términos generales, la función del administrador de consorcios y puntualmente en qué debe consistir, como mínimo, su oferta de servicios tanto primarios como secundarios. Los representantes de las entidades participantes adhirieron al acta acuerdo y se comprometieron a incorporarlo a los convenios colectivos particulares de cada país. En representación de las entidades de administradores de Argentina firmaron el acta acuerdo Fernando Staino (CAPHyAI), Juan Manuel Acosta y Lara (AIERH) y Osvaldo Primavesi (UADI). Mientras que por la Federación Argentina de Trabajadores de Edificios, Renta y Horizontal (FATERyH) lo signaron Víctor Santa María y Osvaldo Bacigalupo. Es de destacar que este último también lo firmó como secretario general de la UITEC. Las condiciones mínimas de trabajo En el artículo 5º se manifestó que las condiciones mínimas laborales para los trabajadores de edificios son: vivienda, vestimenta, cambio de categorías cuando corresponda, remuneración, remuneración por trabajo extra, plus por capacitación, exoneración de responsabilidad por bienes en custodia, descanso, licencias especiales y seguros, entre otras. Las funciones de los trabajadores En el artículo 3º se señalaron las funciones de los trabajadores de edificios: intendente/conserje/mayordomo, encargado, ayudante permanente, vigilador/sereno, guardacoches, mucama, oficial de mantenimiento y suplentes. Es de subrayar que las funciones de Mucama y Oficial de Mantenimiento que se consideraron en el acta acuerdo regional no se encuentran en el CCT 589/10 que regula el sector en nuestro país.
Posted on: Sat, 27 Jul 2013 21:25:44 +0000

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