The Geneva Conventions are rules that apply in times of armed - TopicsExpress



          

The Geneva Conventions are rules that apply in times of armed conflict and seek to protect people who are not or are no longer taking part in hostilities, these include the sick and wounded of armed forces on the field, wounded, sick, and shipwrecked members of armed forces at sea, prisoners of war, and civilians. The first convention dealt with the treatment of wounded and sick armed forces in the field. The second convention dealt with the sick, wounded, and shipwrecked members of armed forces at sea. The third convention dealt with the treatment of prisoners of war during times of conflict; the conflict in Vietnam greatly contributed to this revision of the Geneva Convention. The fourth convention dealt with the treatment of civilians and their protection during wartime. Conventions In diplomacy, the term convention does not have its common meaning as an assembly of people. Rather, it is used in diplomacy to mean an international agreement, or treaty. The first three Geneva Conventions were revised, expanded, and replaced, and the fourth one was added, in 1949. The Geneva Convention for the Amelioration of the Condition of the Wounded and Sick in Armed Forces in the Field was adopted in 1864. It was significantly revised and replaced by the 1906 version, the 1929 version, and later the First Geneva Convention of 1949. The Geneva Convention for the Amelioration of the Condition of Wounded, Sick and Shipwrecked Members of Armed Forces at Sea was adopted in 1906. It was significantly revised and replaced by the Second Geneva Convention of 1949. The Geneva Convention relative to the Treatment of Prisoners of War was adopted in 1929. It was significantly revised and replaced by the Third Geneva Convention of 1949. The Fourth Geneva Convention relative to the Protection of Civilian Persons in Time of War was adopted in 1949. With three Geneva Conventions revised and adopted, and the fourth added, in 1949 the whole set is referred to as the Geneva Conventions of 1949 or simply the Geneva Conventions. The treaties of 1949 were ratified, in whole or with reservations, by 196 countries. SPANISH: El contenido de las 4 convenciones de Ginebra es el siguiente: I Convenio de Ginebra para Aliviar la Suerte que Corren los Heridos y Enfermos de las Fuerzas Armadas en Campaña: Este tratado se aplica en caso de guerra declarada o de cualquier otro conflicto armado que surja entre las partes contratantes, aunque una de ellas no haya reconocido el estado de guerra. También se aplica en caso de ocupación total o parcial del territorio, aunque la misma no encontrase resistencia. Todas las personas que no participen en las hostilidades, incluidos los miembros de las fuerzas armadas que hayan depuesto las armas y las personas puestas fuera de combate, serán tratadas con humanidad, sin distinción alguna. Se prohíben los atentados contra la vida y la integridad corporal, la toma de rehenes, los atentados contra la dignidad personal, las condenas dictadas y las ejecuciones sin previo juicio ante tribunal legítimo y con garantías judiciales. Los heridos y los enfermos serán recogidos y asistidos. En cada conflicto cada parte podrá tener una Potencia Protectora o un organismo que ofrezca garantías de imparcialidad, para ocuparse de salvaguardar sus intereses. Los miembros de las fuerzas armadas que estén heridos o enfermos tienen que ser respetados y protegidos en todas las circunstancias. II Convenio de Ginebra para Aliviar la Suerte que Corren los Heridos, los Enfermos y los Náufragos de las Fuerzas Armadas en el Mar: Este tratado tiene normas similares a las del Primer Convenio pero referidos a los miembros de las fuerzas armadas navales y a los náufragos. Legisla sobre las garantías de los barcos hospitales y sobre los transportes sanitarios. Incluye también la protección para el personal médico, sanitario y religioso de los barcos hospitales y sus tripulaciones. III Convenio de Ginebra relativo al trato debido a los prisioneros de guerra: Tiene las mismas Disposiciones Generales de los dos convenios anteriores. Este instrumento internacional protege a los prisioneros de guerra que están en poder de la potencia enemiga. Es esta la responsable de los mismos y no los individuos o los cuerpos de la tropa que los hayan capturado. No podrán ser transferidos sino a otra potencia que sea miembro del Convenio. Los prisioneros de guerra deben ser tratados humanamente en toda circunstancia. Se prohíben los actos u omisiones que causen la muerte o pongan en peligro la salud de los prisioneros. Los prisioneros tienen derecho al respeto de la persona y de su honor. El prisionero no está obligado a declarar más que sus datos personales y número de matrícula y, menos las armas, puede guardar sus objetos personales. Los prisioneros deben ser evacuados, con humanidad, lejos de la zona de combate para no correr peligro y pueden ser internados en un campamento en tierra firme y con todas las garantías de higiene y salubridad. El convenio legisla sobre el alojamiento, alimentación y vestimenta de los prisioneros de guerra y sobre la higiene y asistencia médica. El personal sanitario y religioso que hubiera sido retenido por la potencia detentará su rango y condición para asistir a los prisioneros, no será considerado prisionero de guerra y deberá contar con facilidades para prestar la asistencia médica y el auxilio religioso. Los oficiales prisioneros serán tratados con las consideraciones a su grado y edad. IV Convenio de Ginebra relativo a la protección debida a las personas civiles en tiempo de guerra: Este tratado se refiere a la protección general del conjunto de la población de los países en conflicto, sin distinción alguna, contra ciertos efectos de la guerra. Contiene las mismas disposiciones generales que los otros tres convenios. Las partes en conflicto podrán, de común acuerdo designar zonas neutralizadas para los heridos y enfermos, combatientes o no, y para las personas civiles que no participen en las hostilidades. Los heridos y los enfermos, así como los inválidos y las mujeres encinta serán objeto de protección y de respeto particulares. En ningún caso podrá atacarse a los hospitales, pero estos deberán abstenerse de efectuar actos perjudiciales para el enemigo. También se respetaran los traslados de heridos y de enfermos civiles, de los inválidos y de las parturientas.
Posted on: Tue, 22 Jul 2014 16:42:16 +0000

Trending Topics



px;">
YEVADU AYYO PAPAM NJY THE SONG GUYZZ .. Hey hindilo aapi
Chelsea Infants Presentation Suit 2012/13 Find it here:
Salmos 119 - 1. BEM-AVENTURADOS os retos em seus caminhos, que

Recently Viewed Topics




© 2015