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revistacronica10.blogspot.mx/p/reportajes.html Otra Reforma Electoral de Parches Convenencieros Por Alejandro De la Torre. …es más turbio cómo y de qué manera llegaron esos individuos a ser lo que son ni a quién sirven cuando alzan las banderas. J.M. Serrat El Congreso del Estado no solo está mal representado por unos cuantos diputados pluris, también está mal representado e hipócrita y corruptamente "representado", por el resto mayoritario de diputados de los que "si trabajaron para ganarse el voto", pero que defienden el interés de unos cuantos. Abril 2008.- Este año arranca el proceso electoral que conducirá en julio de 2009 a la renovación de los poderes ejecutivo, legislativo y municipales en el Estado de Sonora. La actual ley no cubre las expectativas por que se encuentra rezagada conforme a la reforma electoral que se aprobó a nivel federal y que afecta el financiamiento público para partidos políticos, campañas electorales y regulación a los medios de comunicación. El actual Código Electoral para el Estado de Sonora es la Ley impuesta por Bours en octubre de 2005; tiene un diseño estricto para servirle a los intereses de los grupos de poder y generar un bipartidismo que cierre los espacios democráticos a la amplia mayoría de la sociedad. Precisamente es todo lo contrario a lo que alegó el gobernador (El Imparcial 13/03/08) en un acto priísta. Bours dijo: "si no entendemos que la democracia es la decisión de la mayoría vamos a ser rehenes permanentes de las minorías." La intención parca y troglodita de desaparecer a los plurinominales o disminurirlos tiene mucho que ver con esa condición obtusa de desentender "a las minorías" hasta destruirlas. Manoseadas son las pluris por grupos facciosos al interior de los partidos pero igual de facciosas son el resto de las posiciones del poder "parlamentario" en el cual una de sus principales características es no generar ningún parlamento. Las 15 curules del PRI son escaños de subordinación monolítica al mandatario. Los escaños del PAN y del PRD tienen las mismas características: puestos burocráticos que si resuelven algo es solo para conservar el estado desigual y arbitrario para conducir la cosa pública a favor de los intereses ilegítimos de poder. Tanto las diputaciones pluris como las de mayoría relativa no representan los intereses de los que dicen representar por que no existe un sistema de participación y toma de decisiones de los ciudadanos. Aquí es preciso señalar que mientras al Código Electoral se le han hecho cuatro reformas en los últimos seis años, la ley de participación ciudadana sigue en la congeladora. Los diputados se convierten en sujetos libres para cobrar altas dietas y manipular su capacidad de influir antidemocráticamente traicionando al sentir y a la opinión de sus representados. Con el gobernador en turno y mas en el régimen actual encabezado por Bours existe una clara injerencia opresiva y de control de conciencia sobre los diputados del mismo partido. El Congreso no solo está mal representado por unos cuantos diputados pluris, también está mal representado e hipócrita y corruptamente "representado", por el resto mayoritario de diputados de los que "si trabajaron para ganarse el voto", pero que defienden el interés del status de poder dominante. Esta es la importancia de una reforma electoral, no de parches, si no una reforma electoral que abra la posibilidad a los ciudadanos comunes de llegar a los cargos de representación popular. Y el artículo que establece las candidaturas independientes es el mas bochornoso de todas las leyes electorales de los estados y federal, dice el 195 del Código Estatal Electoral: Los aspirantes a candidatos independientes, habiendo hecho la notificación a que se refiere el artículo 193, deberán acompañar con la solicitud del registro de su candidatura ante el organismo electoral que corresponda escritura pública que contenga fe de hechos relacionando los nombres, domicilios, claves de elector de las credenciales con fotografía para votar y firma autógrafa de los ciudadanos sonorenses inscritos en el Padrón Electoral para la misma elección que respalden dicha candidatura, de acuerdo a las siguientes bases: I.- Tratándose de un candidato independiente a Gobernador del Estado o a diputado por el principio de mayoría relativa, dicha relación deberá contener de respaldo, cuando menos, el 10% de las firmas de los ciudadanos empadronados en el Estado o en el distrito respectivo. II.- Tratándose de una planilla independiente para contender por un ayuntamiento dicha relación deberá contener de respaldo, cuando menos, el 15% de las firmas de los ciudadanos empadronados en el municipio respectivo. Es el más bochornoso, -ningún candidato independiente se registró desde luego en las elecciones de 2006-, por que acepta las candidaturas independientes para que estas precisamente sean inalcanzables por los ciudadanos, o sea en lugar de producir el efecto a favor provoca el efecto en contra: que nadie ose intentar lanzarse de forma independiente. Entonces el diputado panzarriba Juan Manuel Sauceda previo candidato a la gubernatura y sus colegas perredistas le sirven de paleros al borusismo-panismo para confeccionar una reforma electoral parchada a conveniencia del ejercicio arbitrario actual del poder público. Las razones para no cambiar el esquema de control de los medios de comunicación subordinados al gasto en comunicación social destinado a la compra de espacios comerciales para mejorar la imagen del gobierno boursista, gasto superior a los 90 millones de pesos anuales. Esta es la principal causa de una opinión pública mediocre, alineada al gobierno, servilista y corrupta en la televisión, radio y prensa. Las razones para no generar el debate y el equilibrio entre expresiones políticas del estado y no del reparto PRI PAN junto a la comparsa perredista. Las razones para no sancionar el uso del gasto social a grupos subordinados y el coloramiento del mismo para servir al partido gobernante vestido de rojo. No puede renovarse el poder público en Sonora sin legitimidad ante el alto abstencionismo electoral que del 70 por ciento. No puede continuar ejerciéndose el poder arbitrario de un gobierno boursista o de uno panista, marcados por el apellido Elías, cerrando los espacios a la mayoría de la población con el control de dos partidos políticos y una minoría opresiva encabezada por la alta clase patronal encabezada por el gobernador. Entonces no es viable una reforma electoral, lo que si es viable es la transformación de la estructura política y de mando del estado de Sonora, para que deje de servir a los megamillonarios que acaparan propiedades y ahora si, le sirva a la mayoría de la población que vive de su trabajo y se encuentra marginada. El anquilosado Codigo Electoral para Sonora Por Alejandro De la Torre Abril 2008.- La sociedad civil demanda crecimiento económico, justicia social, pero no a costa de la democracia. Fortalecer a la institución democrática significa que el poder ciudadano sea la fuente generadora del poder público, no a la inversa. El poder público no es generador de la participación ciudadana. Esencialmente desde el Gobierno, -entendido como entidades que se encargan de aplicar las leyes-, no puede generarse la participación de la sociedad civil, si no de las mismas fuerzas ciudadanas que concursan en el desarrollo económico, cultural y político de las piezas que edifican la sociedad misma: Los organismos educativos, las organizaciones productivas, la organización familiar, los organismos que fomentan la unidad comunitaria y la defensa de los derechos individuales y grupales: culturales, civiles, religiosos. La participación, vocablo cuyo origen es "formar parte de...", es marginada del esquema de funcionamiento del Estado represivo, pero es elemental en el Estado democrático. Mejor debiera ser la apropiación de, el "empoderamiento de...". Sin la sociedad civil, sin el pueblo, hay Estado vestido de dictadura autárquica, hegemónica, impuesta a la fuerza, pero no hay Estado en el sentido estricto del termino, surgido de la sociedad misma. La antítesis del Estado es la sociedad, y la síntesis la nación democrática. Los organismos creados por la sociedad civil surgen de su propia iniciativa, de sus propias formas de organización, de su propia libertad y autonomía. Lo contrario a esta capacidad autogestiva es el corporativismo, el control del Estado sobre la sociedad, y el control del partido hegemónico sobre el Estado, y el control de un caudillo arbitrario sobre el partido hegemónico. Decía Mussolini: "El Estado soy yo". Crear un organismo del Estado democrático encargado de darle cauce y fortaleza a la sociedad civil, es obra misma de lo más avanzado de la sociedad civil. Un organismo ex professo moldeado por un Estado o un gobierno no democrático para legitimar su propio funcionamiento no tiene nada que ver con el propio desarrollo participativo de la sociedad civil. Un organismo que prepare y vigile el proceso en el que se eligen nuevos integrantes del poder público, si no es parte de la capacidad ciudadana para construirlo no será nunca en un organismo de la sociedad civil. No adquirirá nunca las cualidades de confiabilidad, autonomía, imparcialidad, certeza. El Estado o el gobierno, por lo tanto debe sacar las manos totalmente de su construcción y actualmente el poder legislativo en Sonora ha elegido a sus integrantes de una terna oblicua y no consensuada. Todavía más, si estos integrantes –Consejeros–, responden a la negociación interpartidaria, también como consecuencia, actuarán respondiendo al origen de su designación. El organismo por lo tanto no alcanzará por el solo hecho de que lo diga la ley en el papel, su plena autonomía o "ciudadanización". Pero mientras no se haya reformado, irremisiblemente estaremos marcados por la vigente Constitución Política de Sonora: Artículo 22, párrafo tres: "La organización de las elecciones es una función estatal que se ejerce por los Poderes Legislativos y Ejecutivo del Estado, así como por los Ayuntamientos, con la participación de los partidos políticos y de los ciudadanos según lo disponga la Ley, para lo cual se integrarán los organismos electorales correspondientes". Sin embargo el artículo 4° del Código Electoral le da a los ciudadanos la facultad de tener a su cargo las elecciones: "Los ciudadanos, a través de los organismos electorales, y las autoridades competentes tendrán a su cargo, en el ámbito de sus respectivas competencias, cuidar y garantizar el desarrollo del proceso, vigilar que las actividades de los partidos se realicen con apego a la ley, y velar por la efectividad del sufragio y la autenticidad e imparcialidad de las elecciones...". De esta forma, la propia carta magna no le da estatus constitucional al Organismo Electoral rector del proceso electoral, no así, lo reconoce al Tribunal Estatal Electoral y de la Transparencia Informativa. De esta deficiencia surge también la facultad excluida de calificar las elecciones. Los consejeros que toman las decisiones en el organismo electoral no representan todas las posiciones, aspiraciones o intereses multidiversos de la sociedad sonorense. Son tan solo cinco ciudadano(a)s, que deciden supuestamente con el punto de vista que les da ser integrantes de la sociedad civil, resoluciones acerca de los resultados en la emisión trianual o excepcional del voto para renovar a los integrantes del poder público. A partir de la designación distinta a la actual, se puede implementar un organismo electoral que se reestructure con mayores atribuciones legales e integre el concurso de sectores organizados e iniciativas individuales de la sociedad civil para lograr su plena autonomía y la contribución a la consolidación del Estado democrático que aspira la sociedad tener. Por ello los procesos electorales formales no deben circunscribirse a votar por personas candidato(a)s, si no igual de importante es votar por propuestas legislativas o por decisiones ejecutivas. Cambiar al Consejo Estatal Electoral Se requiere un nuevo organismo electoral y de participación ciudadana, las facultades deben ampliarse para alcanzar la calificación de las elecciones, la fiscalización del gasto electoral de los partidos y campañas, la promoción de la participación ciudadana, la educación cívica y democrática, y la vigilancia del proceso pre-electoral. Se debe votar en las elecciones no solo por candidatos si no por alternativas de iniciativas de leyes y opciones en decisiones de gobierno. La fortaleza de la autonomía de un organismo nuevo, radicaría en la coordinación formal con organismos ciudadanos, con agrupaciones de participación política y cívica, con instituciones académicas y escuelas, con centros culturales, con sindicatos y organizaciones gremiales, con intelectuales y medios de comunicación. Este plan de reestructuración y reintegración de un nuevo organismo electoral y de participación debe ganarse plenamente la confianza ciudadana y los taches ciertos o no, las criticas evidentes hacia su ineficiencia deben quedar superadas. Debe contemplarse en la Reforma Electoral la modificación del artículo 22 constitucional para darle estatus al nuevo organismo electoral institucionalizado encargado de los procesos electorales pero también de la participación ciudadana. Para ello los nuevos consejeros deben dedicar la mayor parte de su tiempo a ejercer su deber ciudadano y ser recompensados, pero sin combinar actividades académicas, laborales o empresariales los vuelve inefectivos y desvían sus funciones. Este nuevo organismo confiable, fortalecido y autónomo, deberá discutir con la sociedad civil una nueva reforma política que acepte como dice el marco legal electoral sonorense a los partidos estatales y también a partidos municipales que compitan en las elecciones, que acepte de los ayuntamientos con regidores electos directamente por los ciudadanos y que acepte una nueva integración y composición de los diputados del Congreso del Estado por la vía del registro como candidatos ciudadanos sin necesidad de partido político. El organismo debería adquirir mayores facultades de fiscalización, sobre los gastos de campaña y de partido, de fiscalización de los tiempos de los medios de comunicación, en la organización de eventos públicos en que se comparen propuestas y capacidades de los candidatos y partidos, y la capacidad de preparar, vigilar y organizar plebiscitos, referéndums, consultas populares.
Posted on: Tue, 18 Jun 2013 20:59:27 +0000

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