A raíz de algunos comentarios sobre el actuar de policías - TopicsExpress



          

A raíz de algunos comentarios sobre el actuar de policías municipales; aunado al de policías estatales preventivos y de vialidad estatal que se paran a las entradas y que de alguna u otra forma siempre tienen la razón por alguna acusación o argumento y terminan haciendo valer su palabra mediante su autoridad, amenazas, intimidación o violencia con el fin de obtener la justificación de solicitar el pago de una “multa”. Queremos compartir lo siguiente esperando les sea de utilidad. Un funcionario público es aquella persona que mediante una elección o un nombramiento por un superior recibe el encargo de desempeñar un trabajo (función) de carácter público (desde un intendente, mantenimiento, policía, regidor hasta el mismo Presidente de la Republica) con un sueldo cubierto por el erario púbico. Es así que existen rangos y niveles de autoridad o poder y cada quien tiene funciones distintas, previstas por la ley y delimitadas perfectamente. Cada acción ya sea física o intelectual, por orden verbal o mandato escrito, en la que se refleje un acto de uno de estos funcionarios se le llama acto de autoridad. Normalmente los actos de autoridad corresponden a quien ejerce esa autoridad en el cumplimiento de sus obligaciones hasta donde la ley les permite, que es para lo que se designan; el problema viene cuando esos actos de autoridad se convierten en ABUSO DE AUTORIDAD. Abuso de Autoridad – Acto que rebasa lo que le compete a un funcionario público, realizado intencionalmente en perjuicio de una persona o personas. Con la explicación dada anteriormente, podemos entender que cuando las patrullas de vialidad estatal (ej. No. 1805) se paran a la entrada de CRISOL rebasando lo que le compete (siendo que es parte de las carreteras federales como se ve en los atlas de CAPUFE) o bien los policías estatales que detienen vehículos en el cruce SAN JUAN TETLA – CHIAUTZINGO con su frase que viola nuestros derechos humanos “Revisión de rutina” o los Policías Municipales que sin más ni más te suben a una patrulla para ingresarte a separos por una falta administrativa o probable comisión de un delito pero ahí en la comandancia quien te detiene es quien te sanciona ya sea la dirección de seguridad o te pasan con el Juez Menor sin que exista un ministerio publico subalterno que realice acusación alguna o que aplique algún medio alternativo de solución. A todo esto ninguno de los tres casos cabe dentro de la legalidad, por el contrario es violatorio de derechos otorgados a todos las personas en la Constitución. El hecho que vialidad detenga a conductores para ver si pesca a alguien que pueda infraccionar es violatorio; solo puede detener y pedir papeles si alguien se vuela un alto, si trae una luz apagada, si trae roto el medallón, si existe una evidente violación al reglamento de tránsito y ahí al pedir papeles es donde pueden encontrar faltas como no tener licencia o que el carro no esté regular. Distinta cosa es que tenga un reporte real de robo y la descripción sea similar, en ese caso flojito y cooperando. Que policías o tránsitos usen el común “revisión de rutina”; cuando el problema que esa supuesta revisión no existe en la ley. Es una práctica vieja de la policía autoritaria que se aprovecha de la ciudadanía. La constitución dice que nadie puede ser molestado en ningún área de su vida, persona, documentos o posesiones y derechos a menos que exista una orden expedida por autoridad competente para ese efecto. El problema es que es más fácil intimidarnos o dar la mordida que hacer valer nuestros derechos y dejar que estos “ACTOS DE MOLESTIA y ABUSO DE AUTORIDAD” nunca se sepan más allá de las platicas domingueras. Hoy en día es tan fácil sacar el celular grabar y evidenciar a funcionarios abusivos y corruptos; subirlo a internet y difundirlo; en el momento que lo hagamos dejaran de abusar de su autoridad. También podemos denunciar ante Derechos Humanos con la facilidad de hacerlo aun por internet. O Fácil tomar fotos y videos y mandarlo a los noticieros locales, regionales y portales de denuncia. Un policía municipal que te detiene, tiene que remitirte a la autoridad que corresponde por faltas administrativas o posibles delito. Pero es el colmo que en CHIAUTZINGO ni con MP Subalterno contamos; es por eso que tenemos autoridades que hoy son juez y parte al mismo tiempo y aun son quien ejecuta las sanciones, dejando de lado la división de funciones y las garantías de legalidad por los suelos. Los policías están acostumbrados a escuchar el típico “ya deme chance” “deme viada” “haga paro” “nos ponemos a mano” “de a como” etc; en lugar de analizar si lo que hacen es legal, si su detención y sus “ACTOS DE MOLESTIA” son permitidos y sobre todo sino están abusando de su autoridad que en todo caso sería un delito llamado ABUSO DE AUTORIDAD y que en algunos caso hasta puede ser PRIVACION ILEGAL DE LA LIBERTAD o ROBO. El día que aprendamos como ciudadanos a decir “Buenas tardes oficial, puede decirme porque me detiene, que falta cometí?” y ver si en realidad el acto de molestia de esa autoridad es legal, el día que cuando nos veamos abusados por las autoridades tengamos el valor de decirles que están cometiendo un delito, que no tienen razón de sus actos, que los grabemos y que les quede claro que conocemos nuestros derechos, que no pueden detenernos porque se les antojo un café o sepa que… ese día que se topen con ciudadanos que se informan y que no se la viven en la TV, ese día van a temblar… ese día van a tomar en serio ser servidores públicos. Esperamos que de algo les sirva. Gracias por leernos. Bonita noche.
Posted on: Tue, 13 Aug 2013 04:47:27 +0000

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