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Algunos saben que es un Encuadramiento Sindical??? Si, es así: “El encuadramiento sindical es el conflicto intersindical de derecho, planteado entre dos o más Asociaciones con PERSONERÍA GREMIAL, sobre la capacidad jurídica que emana de sus respectivas Personerías, para representar a los trabajadores de uno o varios establecimientos” Interesante, no? Que para determinar que sindicato representa a ciertos trabajadores, en Primer lugar deben colisionar dos sindicatos con Personería Gremial. Que el ámbito territorial y personal de representación deben estar comprendidos en sus respectivas Personería Gremial. La actividad principal de la empresa y el territorio donde se desarrolla dicha empresa relacionado al conflicto intersindical. Ojo! el Estatuto del sindicato no es materia de consideración, porque tal puede definir la representación de ciertos trabajadores en ciertas actividades, pero si la Personería Gremial no lo abarca, no se aplica. Claro, siempre hablando de sindicatos con Personería Gremial. Otro aspecto que no interesa a la hora de definir a cual o tal sindicato le corresponde la representación de ciertos trabajadores, es la cantidad de afiliados, ello no es relevante pues nuestro sistema jurídico de representación sindical no se reconoce como un derecho individual de los trabajadores decidir qué sindicato los representará colectivamente. Tal vez podría considerarse y en un caso muy particular, Personerías Gremiales concurrentes. Lo que si es insalvable, es que una asociación con Simple Inscripción pretenda un encuadramiento sindical contra una asociación con Personería Gremial. Eso no tiene retorno y es un error garrafal pretenderlo. Encuadramiento Convencional, que significa? En este caso, no merece análisis, pues la palabra misma lo determina, es la puja entre dos organizaciones sindicales con Personería Gremial que pretenden mediante un conflicto intersindical, que se aplique el Convenio Colectivo de Trabajo respectivo a su organización sindical. Es obvio que una organización con Simple Inscripción, no tiene negociado y homologado un Convenio Colectivo de Trabajo, pues ello es facultad de las organizaciones sindicales con Personería Gremial. La verdad, es la única realidad...
Posted on: Wed, 21 Aug 2013 04:52:32 +0000

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