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Descripción SIN LEY DE LSA NO HAY CALIDAD DE VIDA NI DERECHOS HUMANOS PARA LOS SORDOS. MARCHA AL CONGRESO DE LA NACIÓN. 21 DE NOVIEMBRE 16 HS. El 21 de Noviembre del 2012 apoyamos la marcha que fué convocada por el MAS (Movimiento Argentino de Sordos). Marchamos al Congreso de la Nación. Es muy importante contar con el apoyo de todos para lograr que se apruebe la Ley de la Lengua de Señas Argentina que se realizará el día miércoles 21 de Noviembre de 2012 a las 16 hs. en el Congreso. Es muy importante contar con el apoyo de todos para que los diputados puedan reconocer la lucha por los Derechos Humanos y pueda haber igualdad y respeto para las personas sordas. Por eso convocamos a trabajadores, estudiantes, comisiones internas, gremios, agrupaciones politicas y sociales a participar este 21 de Noviembre a hacer ruido frente al Congreso de la Nación. Este proyecto de ley que reivindica y le da igualdad de derechos a personas sordas, fué presentado en el año 2007. El proyecto de Ley quedó congelado y no se obtuvo ninguna respuesta. Hoy la comunidad sorda se ha unido para reclamar lo que es Justo, que se les reconozcan sus derechos como ciudadanos, deben ser reconocidos como Personas, integrantes de nuestra sociedad. Las personas Sordas se ven muchas veces impedidas de desarrollarse socialmente por varios factores: falta de educación, falta de acceso a la información en lengua de señas, pobres o inexistentes servicios de interpretación en lengua de señas y escasez de oportunidades de empleo de calidad. Esto ha llevado muchas veces a que vivan en la marginación social y económica, víctimas de la discriminación, y con escaso potencial político para transformar su situación de vulnerabilidad. Esta situación se debe al desconocimiento de que la comunidad Sorda argentina -como toda otra comunidad Sorda- ha desarrollado una lengua que es visoespacial: la Lengua de Señas Argentina (LSA), evidencia una cultura eminentemente visual, es decir, en interacción lingüística entre pares. Ha construido históricamente su mundo como objeto y a ellos mismos como sujetos interactuando a través de esta lengua de señas que adquirieron naturalmente. La comunidad Sorda constituye una comunidad lingüística minoritaria con su propia lengua transmitida en otra modalidad y que, por ende, desarrolla un mundo simbólico –una cultura- diferente. Los hijos Sordos de padres Sordos son los miembros reales de la misma y los hijos Sordos de padres oyentes los miembros potenciales. Las personas Sordas son además conscientes de que deben usar la LSA en cada y en todo contexto comunicativo, puesto que el usar la lengua es en si misma una práctica social que produce cambio social. Y produce además efectos sobre el propio hablante, cuando una persona Sorda habla español lo aplasta el oralismo y la discapacidad, en cambio, cuando habla LSA ingresa al mundo del plurilingüismo y su pertenencia a una Comunidad es un acto político y de identidad. Es imprescindible el reconocimiento de la Lengua de Señas Argentina de manera de otorgarle el lugar que le corresponde al colectivo Sordo, ya no caracterizado como discapacitado, sino como minoría con su propio mundo de significaciones. La APDH (Asamblea Permanente de Derechos humanos) considera impostergable que el Estado argentino arbitre los mecanismos necesarios que garanticen los derechos humanos de la Comunidad Sorda argentina. Este proyecto de Ley consta de mas o menos de 13 artículos, los cuales les pasaré a explicar de que se tratan: El proyecto que se presentó a la Cámara de Diputados consiste en la creación del Instituto Nacional de Lengua de Señas Argentina (INALSA). La tarea dentro del INALSA es fomentar la investigación, promoción y protección de la LSA, como Patrimonio Lingüístico y Cultural de la Comunidad Sorda Argentina. El artículo Nro. 2 dice que la Lengua de Señas Argentina es igual que todas las lenguas cualesquiera. La lengua contiene componentes complejos, lingüísticos, gramática, forma de hablar en lengua de señas propia de los Sordos. La lengua de señas incorporada en el cerebro permite el desarrollo intelectual de todas las personas Sordas dentro de su comunidad, no solamente en esta sino en todas. También lo importante de la Lengua de Señas es que favorece el desarrollo psicosocial afectivo y también el canal de comunicación favorece la expresividad comunicativa para todas las personas Sordas. Todas las lenguas de señas son naturales, no son enseñadas en forma estructurada. Son expresadas en forma creativa propios de las personas Sordas desde chicos… El artículo Nro. 3 menciona la creación del INALSA. Su tarea es hacer programas públicos a nivel nacional dentro del gobierno. El artículo Nro. 4 habla sobre el objetivo de la creación del instituto, promover también la Lengua de Señas Argentina, preservarla dentro de la comunidad como patrimonio Lingüístico Cultural de la Comunidad Sorda Argentina, no mezclarla con cualquier lengua del mundo, sino de la propia comunidad Sorda de Argentina. Porque se trata de la propia lengua natural de las personas Sordas que permite el desarrollo. El artículo Nro. 5 explica que el mandato de crear el Instituto Nacional viene por parte de la Secretaria de Cultura de la Nación que promueve la creación del mismo y su articulación con el organismo. El artículo Nro. 6 menciona que el funcionamiento del INALSA consiste en varias tareas: protección de la Lengua de Señas; promover la comunicación de las personas Sordas a través de la LS; también incorporar en la escuela la enseñanza en LS como desarrollo normal; también la libre expresión, no se puede aguantar la prohibición o el mandato, hay que dejar libre a cada uno. La función del INALSA es fomentar la protección de esta forma. El artículo Nro. 7 dice que se recoge todas las variaciones de la LS, se las junta y se estudia, se investiga y luego se difunde a través de libros de LS, videos, enseñanza, capacitación, etc., en forma abierta para todos. Este artículo contiene profundamente el funcionamiento de cada trabajo, no voy a explicarlo aquí. Dentro del mismo artículo 7, se menciona quiénes ocuparán los puestos del trabajo: presidente, vicepresidente, ambos Sordos. También el listado de la comisión incluye un miembro del gobierno, de la Secretaria de Cultura, miembros Sordos que serán elegidos por la Confederación, cuidando que el sordo sea capaz, que sabe, estudia lingüística, tiene conocimientos… En total serán 6 miembros, la mayoría cinco Sordos, y un oyente de APADH (Asamblea Permanente de Derechos Humanos), quien aceptó formar parte de la comisión, protegiendo y apoyando los derechos de las personas Sordas. El artículo Nro. 8 habla sobre el estatuto, de las tareas varias del presidente (igual como funciona en todos los gobiernos, cuidando, difundiendo, contactando con el gobierno). El artículo Nro. 9 menciona que la Comisión de autoridades se derivará en un Directorio con miembros. Los miembros de la Comisión de autoridades cobrarán un sueldo del gobierno. El Directorio será una comisión Ad honorem, con miembros voluntarios que no cobrarán nada. Los miembros serán personas del gobierno, Sordos, oyentes. Ambas comisiones se vincularán juntas y trabajarán con el Gobierno. La comisión de autoridades se relacionará con el Gobierno, y el directorio controlará el movimiento de plata, firma de leyes, sellos, entre otras cosas. El artículo Nro. 10 dice que también habrá una Comisión Asesora. Nosotros trabajamos sobre leyes del gobierno, y consultamos cómo hacer a esta comisión, la cual se vinculará con el gobierno, trayendo a la persona indicada. Así se vincula y se trabajara con las leyes. El artículo Nro. 11 habla también sobre cómo funciona el INALSA a través del presupuesto del Estado Nacional año por año con subsidios que permitan desarrollar el trabajo, para enseñanza, capacitación, investigación, filmación, etc. El artículo Nro. 12 menciona al proyecto de la ley que se presenta a las cámaras de diputados y senadores, que cuando se aprueba en ambas cámaras, el presidente de la Nación debe firmar y sellar convirtiendo en ley. Después automáticamente se reglamenta la ley directamente. Cuando el presidente sella, en un plazo de 90 días desde la firma de la ley, se crea el funcionamiento del Instituto. Durante este plazo se debe preparar la creación del mismo. Entonces el artículo Nro. 13 declara que la ley es oficial. El artículo 14 dice que se imprime y se difunde. El proyecto de ley que se presenta, siempre tiene un fundamento importante sobre el mismo. Es muy largo. Yo lo resumiré fácil, simple y lo explicaré. Primero, la Lengua de Señas no es nueva, no se creó hace poco, sino hace muchos años. La LSA se creó hace más de 100 años, pero en el mundo se investigó, se estudió, se descubrió, se escribió y se publicó oficialmente hace 20 o 30 años que la lengua de señas es un idioma. Antes no había nada porque no se estudió ni se investigó nada. En el mundo, en algunos países de Europa, Estados Unidos, Japón y otros, el gobierno ya confirmó por ley que la lengua de señas debe ser reconocida porque la ley permite que los Sordos puedan tener una mejor calidad de vida. Sin la ley, no hay calidad de vida para los Sordos. Segundo, no solamente se trata de la calidad de vida, sino también de los derechos de las personas. La ONU dice que la lengua de señas es el idioma propio de las personas Sordas, que permite el desarrollo. No se trata de una forma cómica, sino se refiere al desarrollo cognitivo que permite aprender, expresar sentimientos, también conceptos abstractos, etc. Es muy importante que figure en el proyecto de la ley. También es importante la conexión con la comunidad en general, familias, oyentes, Sordos, Sordo ciegos, Sordos con problemas mentales y muchos más a través de la comunicación. Es muy importante que figure en el proyecto de ley que presentamos. También hay historia porque en la historia argentina, desde hace más de 100 años la lengua de señas no permanece igual, sino sufre cambios. En este momento actual debemos cuidar estos cambios de la LS, no permitir que cualquiera modifique, sino frenar y mantenerla porque adentro del idioma siempre hay historia. Si hay historia, hay personas. Si no hay nada, la ley no vale nada.
Posted on: Wed, 04 Sep 2013 17:51:15 +0000

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