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En cuatro líneas se habla de los “Contenidos personales en Internet”. En la primera parte del artículo 4 aprobado ayer en la Ley de Comunicación se dice: “Esta ley no regula la información u opinión que de modo personal se emita por Internet”. ¿Qué significa esto? El penalista y abogado de los “10 de Luluncoto”, Álex Bonifaz, advierte que con ello se garantiza el libre pensamiento y opinar lo que se desee. Pero hay una segunda parte en el artículo que dice: “Esta disposición no excluye las acciones penales o civiles a las que haya lugar por las infracciones a otras leyes que se cometan a través de la Internet”. Según César Montúfar, ex asambleísta que hasta el anterior período legislativo pertenecía a la Mesa de Comunicación, este artículo deja abierta la posibilidad de regular y “hasta prohibir” contenidos personales que se difunden a través de las redes sociales. Ayer, el oficialista Virgilio Hernández dijo que mediante esta Ley hay una garantía para respetar los contenidos y opiniones personales. Pero aseguró que a través de las redes sociales se pueden cometer delitos que nada tienen que ver con la comunicación social. En el artículo 5 se establece cuáles son los medios de comunicación que serán regulados: “(...) Empresas, organizaciones públicas, privadas y comunitarias, así como a las personas concesionarias de frecuencias de radio y televisión, que prestan el servicio público de comunicación masiva que usan como herramienta medios impresos o servicios de radio, televisión y audio y video por suscripción, cuyos contenidos pueden ser generados o replicados por el medio de comunicación a través de Internet”. Bonifaz asegura que si bien esta Ley no regulará las opiniones de usuarios de Internet en las redes sociales cree que sus comentarios podrían ser utilizados en un juicio. El jurista recuerda que en el caso de sus clientes (10 de Luluncoto), la Fiscalía utilizó el contenido que aparecía en el perfil de Facebook de uno de los jóvenes detenidos por supuesto terrorismo. El abogado dice que la frase “soy marxista” en el perfil de su cliente se usó para fortalecer la tesis de que los 10 de Lulunconto planificaban una supuesta desestabilización del Estado mediante armas. Bonifaz cree que “las posturas políticas no violan las normas penales o civiles”. Otros mensajes que los ciudadanos han publicado en Twitter también han tenido sanciones penales. En noviembre del 2011, por ejemplo, el ministro del Interior, José Serrano, anunció la detención de Javier G., quien supuestamente amenazó a través de esta red social al presidente Rafael Correa. El tuitero de 44 años fue aprehendido en Cuenca, según detalló Serrano por la misma red social. De hecho, días antes del arresto, Correa ordenó que se inicien las investigaciones en contra del usuario: “Min. del Interior, por favor investigar esta amenaza @wacker600 (¡qué dirá Fundamedios!)”, escribió en su cuenta. Y durante un enlace sabatino, el Primer Mandatario también manifestó: “¿Han visto cuántas amenazas de muerte he recibido? La otra vez un tuitero mandó: ‘¡Ave César, los que te vamos a matar!¡ Ave MashiRafael, los que te vamos a matar te saludamos!’”. Un día después del arresto de Javier G., el tuitero fue liberado. El usuario dijo, en la audiencia de flagrancia, que el mensaje “fue un exabrupto en un momento de ofuscación y un error los que me llevaron a decir lo que dije y me disculpo ante ustedes y por su intermedio ante el señor Presidente”. En otro enlace, Correa planteó incluso llamar a consulta popular para ver si la gente está de acuerdo que las personas puedan amenazar, no solo al Presidente, sino a cualquier otro ciudadano. Otro caso ocurrió en marzo de este año. Ese mes, un usuario escribió: “RT si quieres que se muera Correa”. El Presidente pidió a la Fiscalía una investigación, pues sostuvo que el mensaje podría “instigar” a algún usuario de la red social a atentar contra su vida. Alfredo Velazco, experto en redes sociales, dijo no estar de acuerdo con el artículo 4 ni con el 20. Este último responsabiliza a los medios de comunicación de los comentarios, mensajes, informaciones que aparezcan en sus portales electrónicos si no cumplen ciertos requisitos como el “registro de los datos personales que permitan su identificación, como nombre, dirección física, dirección electrónica, correo, cédula de ciudadanía o identidad” Para Velazco, el anonimato sirve para proteger la integridad física de las personas. “Hay quienes dan opiniones contrarias y eso puede ser motivo de retaliaciones. El anonimato definitivamente es el un elemento muy importante dentro de lo que es la libertad de expresión. Eso lo dejamos claro cuando hicimos un conversatorio con los asambleístas María Augusta Calle y Mauro Andino”. Actualmente, en la Asamblea Nacional también está para aprobarse el Código Integral Penal. En el artículo 676 se establece la posibilidad de juzgar “delitos cometidos por cualquier otro medio de comunicación existente”. Antes se menciona a la televisión, la radio y los medios impresos. Velazco señala que a pesar de ha existido irresponsabilidad de parte de ciertos usuarios, “el anonimato este es un elemento fundamental dentro de la libertad de expresión en el país”. En cambio, Virgilio Hernández dice que el único objetivo del artículo 4 es garantizar el respeto a la honra y al buen nombre. Tras la aprobación de la ley, Twitter fue la herramienta para comentar sobre lo sucedido. “Empieza una nueva en la comunicación ecuatoriana. Bienvenidos”, tuiteó una usuaria. “Cuidado con todo lo que se opina por estos barrios (en Twitter)”, comentó otro ciudadano. EL ARTÍCULO Art. 4 "Contenidos personales en internet. Esta ley no regula la información u opinión que de modo personal se emita a través de Internet. Esta disposición no excluye acciones penales o civiles a las que haya lugar por las infracciones a otras leyes que se cometan a través del Internet. Este contenido ha sido publicado originalmente por Diario EL COMERCIO en la siguiente dirección: elcomercio/politica/Internet-digital-Ecuador-Ley-Comunicacion-medios-Asamblea_0_938306264.html. Si está pensando en hacer uso del mismo, por favor, cite la fuente y haga un enlace hacia la nota original de donde usted ha tomado este contenido. ElComercio
Posted on: Sat, 15 Jun 2013 19:00:53 +0000

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