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Excelente inicio de semana y de mes, así como último mes del año, hoy comentaremos y les comparto del proyecto de código nacional procesal penal, referente a diferenciar entre lis sujetos procesales y las partes del proceso, al respecto se establece lo siguiente: Una de las tareas principales del Proyecto fue distinguir adecuadamente entre los sujetos y las partes procesales. Lo anterior, para diferenciar claramente ente las facultades, obligaciones y derechos que a cada uno asisten. Por lo tanto, los sujetos procesales previstos en el Código son los siguientes: el órgano jurisdiccional, el Ministerio Público, el imputado, la víctima y ofendido, el defensor, el asesor jurídico, la policía y la autoridad ejecutora de medidas cautelares. Tendrán la calidad de partes: el imputado y su defensor, el Ministerio Público, la víctima u ofendido y su asesor jurídico. Espero sea de utilidad la publicación y les recordamos que esta es la última semana para aprovechar el descuento al inscribirse al curso Destrezas de litigación en el juicio oral.
Posted on: Mon, 02 Dec 2013 13:46:00 +0000

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