IRPF.- CONTRATOS DE ALQUILER A MENORES DE 30 AÑOS. ¿Quién - TopicsExpress



          

IRPF.- CONTRATOS DE ALQUILER A MENORES DE 30 AÑOS. ¿Quién firma el contrato?Usted es propietario de un piso y va a arrendarlo a una pareja de jóvenes. Si uno de ellos tiene menos de 30 años, ¿quién le interesa que aparezca en el contrato como arrendatario? Contrato de alquiler Firma. Usted va a alquilar una vivienda a una pareja de jóvenes, y piensa que lo mejor es que el contrato lo firmen los dos, para tener más garantías de cobro (al firmar los dos, ambos quedarán obligados al pago). Apunte. Recuerde que las rentas que obtenga gozarán de las siguientes reducciones en su IRPF: En general, podrá aplicar una reducción automática del 60% (es decir, sólo tributará por el 40% de lo que gane). Si el inquilino tiene entre 18 y 30 años y obtiene unas rentas anuales superiores al IPREM, la reducción se eleva hasta el 100% (de forma que no tendrá que tributar nada por las rentas percibidas). Si hay dos o más inquilinos y sólo uno de ellos cumple los requisitos indicados en el punto anterior, la reducción del 100% sólo se aplica sobre la parte proporcional de renta que corresponda al menor de 30 años. Uno no llega. Pues bien, si uno de los miembros de la pareja a la que va a alquilar es menor de 30 años y sus ingresos son superiores al IPREM, plantéese que el contrato sólo lo firme él. Apunte. De esta forma podrá aplicar la reducción del 100% sobre todas las rentas que obtenga, y no sólo sobre el 50% de éstas. Ejemplo Pareja. Uno de los futuros ocupantes de la vivienda tiene 31 años, y su pareja 25. Apunte. Si el rendimiento neto anual va a ser de 6.000 euros, vea cuánto acabará tributando durante cinco años (hasta que ella cumpla los 30), en función de quién firme el contrato: Concepto Firmaél Firma ella Firman los dos Rendimiento anual 6.000 6.000 6.000 Reducción -3.600 - 6.000 -4.800 (1) Rdto. que tributa 2.400 0 1.200 Cuota IRPF (2) 1.128 0 564 A pagar en 5 años 5.640 0 2.820 1. La renta se divide en dos, aplicándose una reducción del 100% sobre una mitad, y del 60% sobre la otra mitad. 2. Consideramos un tipo marginal en IRPF del 47%. Aval. Para garantizar que ambos van a quedar obligados al pago, solicite que el ocupante no titular del contrato otorgue un aval a su favor garantizando el pago de las rentas, de forma solidaria con el titular. ¿Esto es un fraude? ¿Qué dirá Hacienda? Piense que la ley establece que la reducción del 100% se aplica cuando el arrendatario es menor de 30 años, y un avalista no es necesariamente un arrendatario (incluso aunque figure como persona autorizada para convivir con el inquilino). ¡Atención! No obstante, si Hacienda le inspecciona, podría considerar que con esta cobertura legal usted ha ocultado un arrendamiento real a dos personas con la única finalidad de ahorrar impuestos. Sin sanciones. Pues bien, si esto ocurriese, usted tampoco saldría perjudicado. Apunte. En estos casos se considera que el contribuyente no ha actuado de mala fe, sino buscando una “economía de opción”, y la ley obliga a Hacienda a aplicar la fiscalidad que debería haberse aplicado desde el principio (en su caso, como si el arrendamiento se hubiese firmado con los dos), pero sin posibilidad de imponer sanciones. Si el contrato sólo lo firma el menor de 30 años, cabe entender que la totalidad de las rentas obtenidas tendrán derecho a la reducción del 100% en el IRPF. Si firman los dos, dicha reducción se aplicará sobre la mitad de las rentas. Fuentes: Indicator Asesores. Santos & Barranco.
Posted on: Fri, 30 Aug 2013 07:45:54 +0000

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