La procuraduria se pronunciara en los próximos días! ALCALDE - TopicsExpress



          

La procuraduria se pronunciara en los próximos días! ALCALDE FRANCO RECONOCE QUE NO TIENE FACULTADES PARA CONTRATAR Y HACER TRASLADOS, DE MANERA SORPRESIVA DESISTE DE INCIDENTE DE NULIDAD. Alcalde de Soledad el desistir de su exabrupto jurídico no lo exime de su responsabilidad de hacer traslado sin autorización del Concejo y de celebración indebida de contratos. Municipio de Soledad desiste de la demanda de incidente de nulidad ante el tribunal administrativo del atlantico El incidente de nulidad presentado por el alcalde de Soledad ante el tribunal administrativo del atlántico para que se cayera el fallo proferido este 9 de abril del año en curso donde este le advertía que no tenia facultades para contratar y hacer traslados; y en una sorpresiva decisión, el apoderado del municipio de Soledad(Eliecer Polo) presento un documento donde se desistia de la demanda de incidente de nulidad y solicitud de ilegalidad para dejar sin piso el fallo proferido en primera instancia donde se declaró infundadas las objeciones planteadas por el alcalde de Soledad, con relación al límite de dos meses que le impuso el Concejo Municipal dentro de las facultades que le otorgó para contratar y realizar traslados y adiciones presupuestales este año por lo que se desprende que el burgomaestre no tenía facultades para contratar este año, en base a esa decisión dicha demanda fue retirada este 3 de julio del 2013, asi lo podemos corroborar en un documento expedido por la alcaldia de Soledad. En vista de que los pronósticos eran contrario para los intereses del municipio de Soledad, en cuanto a la apelación que presento el burgomaestre de los soledeños, misteriosamente a ultima hora el alcalde Franco Castellanos a través de su apoderado presentaron un documento para retirar la respectiva demanda. Por tal motivo el alcalde de Soledad sera demandado por celebración indebida de contratos y extralimitacion de funciones a titulo de dolo. Lo que viene ahora es una lluvia de demanda multimillonaria y ademas de eso sobre el pronunciamiento que hara la procuraduria en esta materia y que muchos pronostican que el ente investigador se basara en la ley 734 del 2002 codigo único disciplinario y podrá sancionar inevitablemente al alcalde de Soledad, por que este a sabiendas que no tenia facultades para contratar y hacer traslados, lo hizo, violando así la normas que rigen en materia de contratación publica. Lo que dijo el tribunal administrativo del atlántico en su momento y para esto se basara en el articulo 48 del código disciplinaria único considerando la falta como gravisima. Lo que dijo el tribunal administrativo del atlántico sobre las facultades del alcalde Franco Castellanos. Tribunal Administrativo del Atlántico declaró infundadas las objeciones planteadas por el alcalde de Soledad, con relación al límite de dos meses que le impuso el Concejo Municipal dentro de las facultades que le otorgó para contratar y realizar traslados y adiciones presupuestales este año por lo que se desprende que el burgomaestre no tenía facultades para contratar este año. El Concejo de Soledad facultó al alcalde Franco Castellanos para contratar y hacer traslados presupuestales este año, solamente por dos meses; el alcalde consideró que no era suficiente y que el concejo no tenía la potestad de regular el tiempo que le concedía para ello por lo que decidió objetarlo; ahora el Tribunal Administrativo del Atlántico ha declarado infundadas esas objeciones por lo que toda la contratación realizada durante este año estaría en serios problemas. En otras palabras, las circunstancias indican que el burgomaestre durante lo corrido de 2013 no ha tenido facultades para suscribir a nombre del municipio ningún tipo de contratos ni traslados presupuestales. Esta es la historia. La noticia El Alcalde de Soledad, Franco Castellanos Niebles durante este año no ha tenido facultades para suscribir a nombre del municipio ningún tipo de contratos ni traslados presupuestales ya que las facultades que para hacerlo le otorgó el Concejo de Soledad, mediante el Acuerdo Municipal que aprobó el presupuesto 2013, no habría quedado en firme al ser objetado ante el Tribunal Administrativo del Atlántico por el burgomaestre quien consideró que el tiempo aprobado para ejercer dichas facultades no podía ser limitado por el Cabildo; pero el Tribunal Administrativo del Atlántico ha declarado infundadas esas objeciones por lo que toda la contratación realizada durante este año podría estar viciada de nulidad, según indican algunos analistas. El fallo Un fallo del Tribunal Administrativo del Atlántico, producido el pasado 9 de abril, dejó sin piso las objeciones presentadas por el alcalde de Soledad al Acuerdo Municipal del 9 de diciembre de 2012 por medio del cual se aprobó el Presupuesto General de Rentas y Gastos para este año por parte del Concejo Municipal, por considerar que el Cabildo soledeño tiene el derecho constitucional de limitar el tiempo de las facultades otorgadas por la Plenaria al alcalde para contratar o celebrar convenios con entidades públicas o privadas así como para la realización de traslados y créditos adicionales. Las objeciones El alcalde de Soledad, Franco castellanos Niebles, presentó dos objeciones al Acuerdo Municipal 000155-2012 del 9 de diciembre de 2012, expedido por el Concejo Municipal de Soledad y por medio del cual se aprobó el presupuesto general de rentas y gastos de esa localidad para la vigencia fiscal establecida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2013, porque limitaba a sólo dos meses sus facultades tanto para contratar o celebrar convenios con entidades públicas o privadas como para realizar traslados y créditos adicionales. Decisión basada en una sentencia de la Corte Constitucional La decisión del tribunal se basa en una sentencia del 2011 proferida por la Honorable Corte Constitucional que señala que si una de las funciones propias del Concejo es la de autorizar al alcalde para contratar, es claro que la facultad de reglamentar lo relacionado con tal autorización también forma parte de sus competencias constitucionales. “Para evitar que se ejerza de manera desmedida la contratación pública y los gastos injustificados” Con relación a las adiciones al presupuesto de aquellos recursos que reciba el municipio como cofinanciación de proyectos provenientes de las entidades nacionales o departamentales o de cooperación internacional, el alcalde adujo que esas funciones eran propias del alcalde sin que el Concejo lo autorice y que por lo tanto la corporación edilicia no podía restringirlo a lo que el tribunal responde que estando el Concejo Municipal facultado para ejercer el control político a los alcaldes y secretarios y siendo esa facultad reconocida constitucionalmente en el artículo 312 de la Carta Política, se encuentra sustentada la limitación que ejerce esta corporación frente a los proyectos de presupuesto presentados por los respectivos alcaldes, con el fin de evitar que se ejerza de manera desmedida la contratación pública y así evitar gastos injustificados que se encuentren por fuera de lo autorizado. De manera que el Concejo Municipal de Soledad si puede limitar en el tiempo la facultad conferida al alcalde para realizar traslados y créditos adicionales al presupuesto. Objeciones infundadas En virtud de todo lo anterior la sala de oralidad del Tribunal Administrativo del Atlántico declaró infundadas las objeciones planteadas por el alcalde de Soledad, Franco castellanos Niebles con relación al límite de dos meses que le impuso el Concejo Municipal de Soledad dentro de las facultades que le otorgó para contratar y realizar traslados y adiciones presupuestales este año contempladas en el Acuerdo Municipal que aprobó el presupuesto 2013 Según el alcalde Franco Castellanos manifesto que no hay parálisis administrativa,y que es victima de persecusion política. El alcalde de Soledad, Franco Castellanos Niebles, ha negado, mediante un comunicado o boletín de prensa fechado el 28 de mayo, que haya o pueda haber parálisis administrativa en el municipio, “tal como lo han manifestado algunos dirigentes de manera equívoca y malintencionada”, según se lee en el mismo. El mandatario sostuvo que el presupuesto que está vigente fue el que la administración presentó a consideración del Concejo y que no hay la presunta inhabilidad para firmar contratos por no contar con las facultades que le otorga el Concejo, “tal como malintencionadamente lo sostiene un concejal de la ciudad”, se lee en el texto, y continúa: "El presupuesto se está cumpliendo dentro de la mayor austeridad y responsabilidad, como debe hacerse en virtud del Acuerdo de Reestructuración de pasivos que tiene en marcha y que busca sanear fiscalmente a la entidad territorial". Señala el mismo boletín de prensa que “el fallo del Tribunal Administrativo, que está siendo malintencionadamente interpretado, se encuentra siendo revisado actualmente por esa corporación ante la que se presentó un incidente de nulidad, sobre el que no ha habido ninguna notificación, lo cual indica que lo que se diga sobre ese particular es mera especulación y desinformación”. Se refiere a un fallo del mencionado tribunal mediante el cual se rechazaban sus argumentos para no haber solicitado la autorización del Concejo a la hora de hacer contrataciones, y agrega que el mandatario sostiene que existe una campaña mediática “oscura” que busca dañar al municipio de Soledad. “El burgomaestre enfatizó que no hay, ni habrá traumatismo en el desarrollo propio de la administración soledeña ni mucho menos, se invalidarán los contratos que hasta el momento se han firmado, por cuanto los mismos cumplen con los parámetros de la legalidad que establecen las normas”, dice el escrito. Y añade, textualmente: “Por su parte el equipo jurídico de la Alcaldía de Soledad, en vista de los efectos de confusión que puede generar la mala intención de la información replicada en los medios masivos de comunicación reitera su explicación legal sobre el tema, con la respetuosa solicitud a los señores periodistas para que se remitan al contenido legal, al cual se hace referencia y se tenga total claridad sobre el mismo, de manera que no sea procedente la perversa intención de un reducido sector de torpedear la labor de recuperación de la institucionalidad en que está empeñado el actual gobierno de Soledad. En relación con el fallo del Tribunal Administrativo del Atlántico que declaró infundadas unas objeciones presentadas al Presupuesto de Rentas y Gastos en 2013, en nada afecta la contratación que la administración realizó por cuanto, el Estatuto Orgánico del Presupuesto es claro al manifestar que cuando se objete un presupuesto, en Derecho rige aquel que presentó el Sr. Alcalde, y en el mismo se encuentran inmersas dichas facultades esto, inclusive armonizado con la Ley 1551 de 2012, luego entonces no es cierto que el Sr. Alcalde no haya tenido facultades para suscribir o celebrar contratos de Enero hasta la presente, son infundadas, mal intencionadas y carentes de todo valor las declaraciones dadas y reiteradamente publicadas en los medios, por el Sr. Concejal Brayan Orozco, pues no existe ningún problema de índole jurídico y legal que afecte a las administración ni al Señor Alcalde en relación con la decisión tomada por el Tribunal Administrativo”. Indica además que el alcalde se ha pronunciado sobre los traslados presupuestales: “Con respecto al tema presupuestal, es decir, a los traslados, modificaciones y adiciones, éstas se encuentran igualmente soportadas en el Acuerdo de Presupuesto que actualmente rige, el cual fue presentado por el Doctor Franco Castellanos. Dichas facultades, se encuentran inmersas e incluidas para efectuar esos movimientos. Luego entonces, tampoco son ciertas las afirmaciones de que los movimientos realizados al presupuesto por el Sr. Alcalde carecían de soporte legal”. EL HERALDO recibió ayer este boletín de prensa, sin que hasta el momento haya sido posible consultar personalmente a Castellanos sobre todo lo anterior y sobre el pronunciamiento de la DAF acerca de la conveniencia de fusionar el Distrito de Barranquilla y el Municipio de Soledad. Por su parte, el presidente del Concejo, Enrique Del Castillo, dijo en visita a EL HERALDO que el proyecto de acuerdo presentado por el alcalde solicitando autorización para contratar y hacer traslados presupuestales fue devuelto precisamente por mezclar dos materias disímiles entre sí (presupuesto y contratación), y por no especificar los montos exactos, fechas de ejecución y destinos precisos de los rubros. Y sostuvo que es inviable la propuesta de la fusión territorial, que lo justo sería que la Nación pague la deuda social que tiene con este municipio, receptor de un número de habitantes durante la última década y con un crecimiento demográfico “que no tienen precedentes en toda Sur América”, dijo. CS. Una batalla perdida en el tribunal del atlántico. Lo único que podemos prever es que en virtud de una posible ratificacion por parte del tribunal administrativo del atlántico en reconocer " que el alcalde no tenia facultades para contratar" en una jugada temeraria a ultima hora(3 de julio del 2013) decidieron retirar el incidente de nulida presentada por la alcaldia de Soledad en cabeza del abogado Eliecer Polo apoderado judicial del municipio de Soledad. ¿Sera que Franco es consiente de lo que le vendrá en materia penal y disciplinaria por haber cometido ese exabrupto jurídico? ¿Sera que su equipo de colaboradores no le advirtieron de las graves consecuencias que se derivan de tal atribución de contratar sin tener facultades para ello? En las próximas hora sera presentada una nueva demanda en la procuraduria general de la nacion y contraloria general de la república contra el alcalde de Soledad, por los presuntos delitos de celebración indebida de contratos y otros delitos que se derivan de la extralimitacion de sus funciones a titulo de dolo, desconociendo lo expresado en su momento por el concejo municipal de Soledad. ¿Por que el procurador Ordoñez no ha suspendido al alcalde de Soledad? COMITE INVESTIGATIVO DE SOLEDAD UN MUNICIPIO SAQUEADO.
Posted on: Wed, 24 Jul 2013 19:15:27 +0000

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