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Les compartimos la respuesta a la consulta que realizamos al Servicio de Administración Tributaria: ESTIMADO CONTRIBUYENTE: Se informa respecto a la atención brindada a su Orientación, que se recibió con el número de Folio OR201349658037: RESUMEN DE SU SERVICIO SOLICITADO: Introducción de alimento para perro proveniente de Estados Unidos ATENCIÓN O RESPUESTA: En atención a su solicitud, se informa que podrán ingresar el producto a México siempre y cuando no exceda el paquete de 20 kilos, sean productos secos, vengan empaquetados y etiquetados y sin contenido de origen rumiante (vacas); mismos que podrán presentarse en un solo empaque o hasta 2 empaques, siempre y cuando juntos no sobrepasen dicha cantidad. Lo anterior, conforme a la disposición que emitió el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentario (SENASICA), y que la disposición entró en vigor a partir de la modificación al Anexo 70 ¿Guía general para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio nacional sin fines comerciales¿. Fundamento legal: Anexo 70 ¿Guía general para la detección e inspección de mercancías reguladas por la SAGARPA, transportadas por personas y/o vehículos que pretenden ser introducidas al territorio nacional sin fines comerciales¿, Nota informativa DGIF No. 198/12 del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria. Mensaje de Interés: Con el fin de mejorar la atención, le informamos que puede ser seleccionado para recibir a través de su correo electrónico, nuestra encuesta de calidad en el servicio, agradeceremos su participación. Cumplir nos beneficia a todos.
Posted on: Tue, 12 Nov 2013 15:01:18 +0000

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