MEDIDAS URGENTES PROPUESTAS PARA APLICAR AL GOBIERNO DE CANARIAS - TopicsExpress



          

MEDIDAS URGENTES PROPUESTAS PARA APLICAR AL GOBIERNO DE CANARIAS SOBRE EL TEMA DE "PROTECCION DE MENORES" A INÉS ROJAS, CONSEJERA DE CULTURA, DEPORTES, POLÍTICAS SOCIALES Y VIVIENDA DEL GOBIERNO DE CANARIAS ____________________, con DNI ___________, como presidenta de la Asociación de Niños Peregrinos – DENIPER, _______________________________________, con DNI ___________, como presidenta de la Asociación por la Rehabilitación del Parque Cultural Viera y Clavijo, y ___________________________, con DNI ___________ , como portavoz de las personas que conforman la Plataforma por la Dignidad, con domicilio a efecto de notificaciones en la calle ________________________ de Santa Cruz de Tenerife, correos electrónicos [email protected], plataformadignidad2012@gmail, vierayclavijo@hotmail y teléfonos de contacto 603105890, 922282972, 669447122 y 696414310, ante su institución comparecen y a los efectos oportunos MANIFIESTAN: PRIMERO Exposición de motivos Los tres colectivos firmantes llevamos tiempo vinculados de una u otra manera a las familias que sufren y lo pasan mal por motivos económicos. En este trato diario viene siendo ya casi norma escuchar a madres precarias con menores a cargo que acuden a nosotros a pedirnos ayuda, y manifiestan que no van al Ayuntamiento a pedir una ayuda social porque les han dicho que si se enteran de su situación precaria les pueden quitar a sus hijos. Unas veces afirman que se lo han dicho en la Unidad de Trabajo Social del Ayuntamiento, otras veces es el boca a boca de una madre asustada a otra, y al final lo que resulta de todo esto es que el perfil de familia que más necesitaría de las ayudas sociales y más motivo tendría para ir a las UTS, esto es, una madre sola con hijos menores a cargo, sin formación, sin ingresos o con ingresos mínimos, es al fin y a la postre el perfil de familia que menos acude a pedir ayuda, por miedo a que les quiten a sus hijos. Esta situación repetida ya fue denunciada por algunos de nosotros en más de una ocasión en el pasado, y ahora cobra mucha más urgencia y gravedad desde el instante en que conocemos el caso de Raquel, una madre joven residente en Las Palmas que el día 9 de agosto se lanzó al vacío desde una décima planta, angustiada por no poder aguantar la presión de los Servicios Sociales insistiendo en quitarle a sus hijos. Interesados por esta tragedia, comprobamos que Raquel era madre de dos hijos menores, que vivía con su padre, que su padre tiene trabajo y a esos niños no les faltaba ni un techo ni un plato de comida. Que esos niños además tenían a un padre y a otra familia por otro lado que también los cuidaban. Y recibimos multitud de mensajes de amigos y personas que conocieron a Raquel donde afirman que era una gran madre y se desvivía por sus hijos. Ahondando en la tragedia de Raquel, a modo de muestra del pánico tan grande que tenía ella a perder a sus hijos, es importante reseñar lo que hemos conocido por boca de su padre en días pasados, que Raquel buscaba desesperada trabajo y en cada empresa a la que iba decía lo mismo, que por favor le dieran un trabajo para que no le quitaran a sus hijos. Y tal fue su desesperación que hasta acudió al programa de la Televisión Pública Canaria “En Abierto”, donde también pidió ayuda y expresó su miedo a que le quitaran a sus hijos. En el programa le ofrecieron ayuda económica y de otra índole, aunque al final nunca cumplieron, dándole con ello falsas esperanzas y consiguiendo enfadar a las trabajadoras sociales que llevaban su expediente, a las cuales les pareció muy mal que Raquel acudiera a un programa de televisión. Con todo esto, creemos que está más que justificada nuestra preocupación y el elevar este escrito, con más razón si cabe cuando comprobamos las leyes nacionales e internacionales que amparan y protegen a los menores, y todas ellas parecen evidenciar que las cosas no se están haciendo nada bien en las Administraciones canarias en lo que concierne a menores y asistencia a familias precarias, pues todas ellas fijan el interés superior del menor como principio básico y obligan a las Administraciones a ayudar a la familia del menor con medidas compensatorias, para que el menor pueda vivir con su familia de origen en las mejores condiciones. Sin extendernos demasiado en la normativa legal, cabe citar lo que apunta la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989, a la que se deben ceñir las normas estatales y autonómicas relativas a menores en España. Y dicha norma en su Preámbulo dice así: Convencidos de que la familia, como grupo fundamental de la sociedad y medio natural para el crecimiento y el bienestar de todos sus miembros, y en particular de los niños, debe recibir la protección y asistencia necesarias para poder asumir plenamente sus responsabilidades dentro de la comunidad, Reconociendo que el niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, debe crecer en el seno de la familia, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión La misma Convención, en su Artículo 9, continúa diciendo: 1. Los Estados Partes velarán porque el niño no sea separado de sus padres contra la voluntad de éstos, excepto cuando, a reserva de revisión judicial, las autoridades competentes determinen, de conformidad con la ley y los procedimientos aplicables, que tal separación es necesaria en el interés superior del niño. Tal determinación puede ser necesaria en casos particulares, por ejemplo, en los casos en que el niño sea objeto de maltrato o descuido por parte de sus padres o cuando éstos viven separados y debe adoptarse una decisión acerca del lugar de residencia del niño. Y sigue en la misma línea de prevalencia de la unidad familiar de origen del niño en el Artículo 18, cuando dice: 2. A los efectos de garantizar y promover los derechos enunciados en la presente Convención, los Estados Partes prestarán la asistencia apropiada a los padres y a los representantes legales para el desempeño de sus funciones en lo que respecta a la crianza del niño De igual modo, en ámbito español, la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, en su Artículo 11, Principios rectores de la acción administrativa, dice lo siguiente: 1. Las Administraciones públicas facilitarán a los menores la asistencia adecuada para el ejercicio de sus derechos (…) Se impulsarán políticas compensatorias dirigidas a corregir las desigualdades sociales. En todo caso, el contenido esencial de los derechos del menor no podrá quedar afectado por falta de recursos sociales básicos. 2. Serán principios rectores de la actuación de los poderes públicos, los siguientes: a) La supremacía del interés del menor. b) El mantenimiento del menor en el medio familiar de origen salvo que no sea conveniente para su interés. c) Su integración familiar y social. Y más de lo mismo en el ámbito autonómico, en la Ley 1/1997, de 7 de febrero, de atención integral a los menores, cuando en su Artículo 16, Apoyo a la familia, dice lo siguiente: 1. Como recurso preventivo prioritario se establecerán programas de apoyo a la familia, destinados a cubrir las necesidades básicas de los menores y mejorar su entorno familiar, con el objeto de garantizar su derecho a permanecer en el mismo en condiciones que permitan su desarrollo integral. De las leyes vistas, si algo podemos concluir de manera rotunda es que el interés superior del menor es crecer con su familia de origen siempre que sea posible, y que las Administraciones Públicas deben ayudar a las familias con menores a cargo a mantenerse unidas por el bien de los niños, sin que la precariedad económica pueda suponer motivo para retirar a unos padres la custodia de sus hijos. Y si las leyes son tan claras, ¿por qué ocurre lo que está ocurriendo en Canarias? Muy sencillo: porque en las Islas no hay coberturas de ayuda social suficientes para cubrir mínimamente las necesidades de las familias precarias. Y así nos encontramos con que los trabajadores y las trabajadoras sociales de los Ayuntamientos no pueden cumplir con la normativa legal relativa a menores como ellos quisieran, bien porque desde arriba sus jefes les advierten de que no hay dinero para casi nada, bien por otra razón. En estas circunstancias los trabajadores sociales han de hacer poco menos que milagros para encontrar una ayuda social, y así ocurre lo que ocurre, lo que estamos denunciando. Esta ausencia de presupuesto para ayudas sociales conlleva que en Canarias, según datos hechos públicos el pasado mes de julio por el propio Ejecutivo Central, se encuentren en una situación de especial gravedad más de 130.000 parados inscritos en el Servicio de Empleo que no cobra absolutamente nada, siendo el 44,7% del total. Buena parte de la culpa de esta realidad la tiene a nuestro juicio el mal reparto de los recursos que aplica el Gobierno de Canarias, algo puesto de manifiesto especialmente en la Prestación Canaria de Inserción (PCI), única ayuda autonómica que hay en Canarias para las familias que lo pasan mal, que en la actualidad apenas cuenta con algo más de 19 millones de euros y que del Plan Contra la Pobreza que ha aprobado el Ejecutivo Canario sólo se ha aumentado en millón y medio más, resultando que no da más que para 1 de cada 100 personas que la solicitan y merecerían cobrarla a tenor de su situación. Conviene destacar que esta ayuda se concede también en el resto de CCAA con distinto nombre pero con similar función, y es notable y grosera la diferencia de cuantía en detrimento de Canarias, casi con cualquier autonomía con la que nos comparemos, siendo Canarias la que arroja las peores cifras de paro y de pobreza de todo el país. Y por si no les vale con nuestros argumentos, también pueden atender a lo que denunciaron hace apenas unas semanas diferentes colectivos constituidos en una nueva plataforma (La Red de Lucha contra la Pobreza (EAPN-Canarias), el Colegio Oficial de Las Palmas, la Red Canaria en Defensa del sistema público de Servicios Sociales (REDESSCAN), Stop Desahucios, la Red Feminista de Gran Canaria, ATACC, Comisiones Obreras, UGT, COBAS y Convergencia Sindical Canaria, entre otros), cuando afirmaron que "Canarias ha retrocedido en desigualdad cuatro décadas, dándose un 25% de aumento en la diferencia entre la riqueza de los más ricos y la pobreza de las más pobres" ¿Frente a esta realidad qué ha hecho el Gobierno de Canarias? Sacar un supuesto Plan Contra la Pobreza con alrededor de 200 millones de euros presupuestados, de los cuales unos 50 millones ya estaban de antes, y cuyo montante no va a ir apenas en nada a la gente que lo pasa mal (sólo millón y medio más para la PCI según nuestras informaciones), y sí a otras partidas que no tienen incidencia directa en la pobreza, como lo son las ayudas a la emprendiduría, los cursos de formación y otras historias. Con lo dicho hasta aquí, creemos que sobra dar más argumentos y motivos: el problema de los menores en Canarias se circunscribe básicamente a una falta de recursos públicos con los que poder cumplir las leyes, sumado esto a la falta de voluntad de muchas de las instituciones y administraciones con responsabilidad en el proceso. Aclaramos no obstante, no es que no haya recursos económicos suficientes por culpa de la mal llamada crisis, es que se está repartiendo muy mal la riqueza y los presupuestos públicos, desde hace mucho tiempo. Baste para comprobarlo con repasar denuncias pasadas de la Plataforma por la Dignidad en relación con el injustificado y elevadísimo gasto en cuestiones tecnológicas en Canarias; fijémonos en lo que las grandes empresas guardan en la RIC o en el elevado nivel de fraude fiscal que hay en Canarias; o atendamos al dato que arroja el informe anual de la Riqueza en el Mundo de 2013 elaborado por RBC Wealth Management y Capgemini, donde se muestra que en España hay 144.600 personas que tienen más de un millón de dólares, un 5,4% más en 2012 y unas previsiones de mayor crecimiento para los próximos tres años. SEGUNDO Medidas urgentes a tomar para mejorar la situación de los menores de familias precarias en Canarias (La batería de medidas que planteamos a continuación no es más que una exigencia de que las leyes relativas a menores se cumplan, para evitar entre otras cosas que haya más suicidios como el que estamos denunciando. Si se leen las tres leyes que hemos citado en el apartado anterior comprobarán que lo que pedimos a continuación está recogido prácticamente todo en sus articulados. Las leyes son de obligado cumplimiento, y pedimos simple y llanamente eso, que se cumplan. En primer lugar se lo pedimos al Gobierno de Canarias, en la figura de la Consejería de Asuntos Sociales y de la Comisión de Asuntos Sociales del Parlamento, de los que esperamos que cumplan con celeridad nuestras peticiones, sin perjuicio de que acudamos con posterioridad a otras instituciones nacionales e internacionales, pensando siempre en el interés superior de los menores). I.- Que cualquier comunicación, comentario, información, advertencia o requerimiento que se deba hacer a una madre o familia precaria por cualquier asunto directa o indirectamente relacionado con sus hijos, se haga por escrito perfectamente motivado con acuse de recibo, sea la Administración que sea. Y que se prohíba especialmente cualquier alusión verbal a la pérdida de los menores o las comunicaciones por vía telefónica, que sólo crean ansiedad en lugar de ayudarlas, y que dan pie a que esta ansiedad y miedo lógicos en cualquier madre sea utilizado contra la familia en los informes aduciendo violencia o falta de serenidad (véase la sentencia del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo en la que se condenaba a España por quitarle una hija a su madre) . II.- Que se dispense tratamiento médico y psicológico gratuito a cualquier familia o madre afectada por una declaración de riesgo, desde el instante en que se inicie el expediente con el primer trámite, al objeto de prevenir cualquier conducta suicida o de otra índole que pueda suponer un riesgo para la familia, para los niños o para cualquier otra parte. III.- Que se acepten en los procedimientos de declaración de riesgo y desamparo los informes de los facultativos psicológicos y médicos de parte que puedan aportar las familias afectadas, y que los menores sean oídos y se facilite a las partes todas las declaraciones y deseos de los mismos (Artículo 12 de la Convención de los Derechos del Niño), al objeto de hacer el proceso más ecuánime y justo, aminorando así el peso excesivo que a nuestro juicio tienen hoy los funcionarios de las Administraciones, que casi actúan como jueces a modo de verdugo siendo su palabra casi Ley. IV.- Que las familias afectadas en expedientes de riesgo y desamparo puedan tener acceso a toda la documentación existente, como así garantizan las leyes, y no se agarren desde la Administración a la Ley de Protección de Datos para no informar o informar de manera sesgada, dado que las familias son parte directamente afectadas en el procedimiento. V.- Que sea norma obligada en todos los expedientes relativos a menores el mantener un trato respetuoso y digno con las familias afectadas (biológicas y acogentes) por parte de los funcionarios y técnicos de las distintas administraciones, al objeto de crear un clima de cordialidad entre todas las partes, y no de hostilidad, dado que todos quieren lo mejor para los menores. VI.- Cuando le sea retira la tutela a una familia, siempre que no sea por causa mayor (malos tratos, delincuencia, drogodependencias y otros asuntos de extrema gravedad) que se mantenga una asiduidad en las llamadas y las visitas y se asigne un centro o familia cercanos al domicilio de la familia de origen del menor, para no privar a los niños del contacto con su familia. VII.- Que atendiendo a la repetida obligación de ayudar a las familias que afirman la L. O. de Protección Jurídica del Menor, la Convención de los Derechos del Niño y la Ley de Atención Integral de los Menores de Canarias, se tramite de urgencia y sin excepción la cuantía máxima de la Prestación Canaria de Inserción (PCI) a toda familia canaria con menores a cargo que no esté cobrando ningún tipo de prestación o ayuda y así se mantenga hasta que su situación no cambie, para lo cual, lógicamente, el Gobierno de Canarias debería ampliar considerablemente la partida presupuestaria destinada a esta prestación, en la actualidad ridícula como bien hemos probado anteriormente. Esta ayuda que proponemos sería siempre de muchísimo menor cuantía que lo que actualmente cuesta a las arcas públicas al mes un menor que para a ser tutelado por la Administración. VIII.- Que se cree la figura del Defensor del Menor de Canarias, como ya se aprobó en el Parlamento de Canarias con fecha 30 de noviembre de 2006. Dicha figura para que sea efectiva deberá ser ejercida por un profesional de reconocido prestigio e independencia, ajeno a la Administración y sin ningún tipo de vinculación política, al objeto de poder fiscalizar con objetividad y exhaustividad todos los expedientes relativos a menores que se siguen en Canarias y denunciar por vías legales las irregularidades que se observen, ofreciendo así a las familias un organismo fiable y justo al que recurrir en caso de disconformidad con el proceso. IX.- Que desde el Gobierno de Canarias se abra una investigación exhaustiva en la que se depuren todas las posibles responsabilidades de los que intervinieron en el expediente de riesgo que se seguía sobre Raquel Cabrera Vega y sus dos hijos. Expediente que dio como resultado que Raquel, de 24 años, falleciera el pasado 9 de agosto al arrojarse al vacío desde una décima planta en Las Palmas de Gran Canaria, incapaz de soportar la idea de que podría perder a sus hijos. Un 17 de septiembre de 2013, en Santa Cruz de Tenerife Firmado: Firmado: Firmado: Asociación de Niños Peregrinos – DENIPER Asociación por la Rehabilitación del Parque Cultural Viera y Clavijo Plataforma por la Dignidad
Posted on: Wed, 18 Sep 2013 08:26:00 +0000

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