No limitar monto de las reparaciones a víctimas de la violencia - TopicsExpress



          

No limitar monto de las reparaciones a víctimas de la violencia haría imposible repararlas a todas: Corte Constitucional . La Corte Constitucional determinó que la reparación a las víctimas de la violencia, en el marco de la justicia transicional, constituye un derecho fundamental, aun cuando declaró exequible la norma que supedita el monto del resarcimiento a criterios de sostenibilidad fiscal (artículos 19 de la Ley 1448 del 2011, 77 del Decreto 4634 del 2011 y 80 del Decreto 4635 del 2011); en tal sentido, indicó que no limitar los montos resarcitorios imposibilitaría cobijar a todos los afectados por el conflicto; la norma, cabe subrayar, cobija a víctimas individuales negras, afrocolombianas, palenqueras, raizales y rom o gitanas. La corporación señaló que no pude perderse de vista que el incidente de impacto fiscal no puede impedir el acceso a los derechos fundamentales de los afectados por el conflicto, tampoco restringir su alcance y mucho menos negar su protección efectiva. Además, aclaró, debe tenerse en cuenta que este criterio de saneamiento de las finanzas públicas garantiza la continuidad en el acceso a bienes y servicios, la productividad, la competitividad y el desarrollo; así pues, dice, la norma se acompasa con los artículos 350 y 366 de la Constitución que se refieren, respectivamente, al componente prioritario del gasto social y determina el deber del Estado de garantizar las necesidades insatisfechas en materia de salud, educación, saneamiento ambiental y agua potable de la población. Los magistrados María Victoria Calle y Luis Ernesto Vargas se reservaron la presentación de aclaraciones
Posted on: Sat, 16 Nov 2013 15:50:02 +0000

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