Reforma sobre menores infractores busca consolidar el nuevo modelo - TopicsExpress



          

Reforma sobre menores infractores busca consolidar el nuevo modelo de gestión en todo el sistema de administración de justicia: Mauro Andino El Pleno de la Asamblea Nacional, en la jornada vespertina, debate reformas al Código de la Niñez y Adolescencia relacionadas a la responsabilidad de los adolescentes infractores; y al Código Orgánico de la Función Judicial. Al respecto, el presidente de la Comisión de Justicia, Mauro Andino, subrayó que se busca la consolidación del nuevo modelo de gestión en todo el sistema de administración de justicia, con tribunales provinciales y distritales bajo la modalidad de pool de jueces y conformación a través del sorteo para cada causa ingresada para el conocimiento de la o las salas y tribunales. Las reformas que se incorporan en el Libro Cuarto del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia (CONA), son entre otras la participación de jueces, fiscales y defensores públicos especializados. Además, la ampliación en los medios alternativos de solución de conflictos en materia penal para adolescentes infractores, salidas anticipadas o de cierre del proceso a través de la conciliación, que se aplica en delitos sancionados con pena de hasta 10 años. La mediación, se aplica en delitos sancionados con pena de hasta 10 años; la suspensión del proceso a prueba, se aplica en delitos sancionados con pena de hasta 10 años. Igualmente, la remisión con autorización judicial, se aplica en delitos sancionados con pena de hasta 5 años; la remisión fiscal, se aplica en delitos sancionados con pena menor de 2 años. Se crean cuatro mecanismos de reparación integral para la víctima: restitución, indemnización, medidas de satisfacción y garantías de no repetición. Se acumulan las medidas socioeducativas hasta un máximo de quince años únicamente en pluralidad de delitos; se elimina la reincidencia en adolescentes infractores; se incorpora todo un libro dedicado al tratamiento de las medidas socioeducativas. El legislador destacó que se establece como máxima medida socioeducativa el internamiento institucional de dos a cuatro años para los adolescentes de 12 a 14 años; de cinco a siete años para los adolescentes de 14 a 16 años y de ocho a diez años para adolescentes mayores de 16 años cuando hayan cometido delito de robo con resultado de muerte, homicidio, asesinato, femicidio, sicariato, violación, secuestro extorsivo, genocidio, lesa humanidad y delincuencia organizada. Manifestó que en la pluralidad de delitos se acumulará la medida socioeducativa hasta 15 años, únicamente en delitos sancionados por el Código Orgánico Integral Penal con más de diez años de privación de libertad. En cuanto al Código Orgánico de la Función Judicial, indicó que las 31 reformas propuestas tienen como objetivo fortalecer la implementación del nuevo modelo de gestión en todo el sistema de administración de justicia, a través del pool de jueces y el sorteo de causas en las Cortes y Tribunales Penales. Así mismo incorporar las nuevas competencias de los jueces de paz, en materia contravencional; crear mecanismos tecnológicos para reforzar la oralidad en las audiencias; y, armonizar las disposiciones de los nuevos procedimientos penales (proceso directo, expedito) y las competencias de las y los juzgadores. Dijo que tomando como referencia las observaciones de los asambleístas, se ha eliminado las reformas a los artículos 199 numeral 1 del Código de la Función Judicial, sobre las funciones el Presidente de la Corte Nacional y 289 segundo inciso, sobre los salarios de los servidores de los organismos autónomos. Explicó que a más de derogar completamente él Código Penal, Procesal Penal y Código de Ejecución de Penas en vigencia, se reforman o derogan disposiciones en más de 20 cuerpos legales, entre ellos el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones; Código Tributario; Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno; Ley de Migración; Ley de Minería; Ley Orgánica de Instituciones del Sistema Financiero; Ley de Tránsito y Transporte Terrestre. Finalmente, informó que el proyecto establece una “vacatio legis” (vacancia judicial) de 90 días, tiempo prudente y oportuno en el cual las instituciones competentes tienen la responsabilidad de ejecutar las medidas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones del COIP.
Posted on: Wed, 06 Nov 2013 13:22:38 +0000

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