Situacion de las Artes Marciales en Chile 27 de septiembre de - TopicsExpress



          

Situacion de las Artes Marciales en Chile 27 de septiembre de 2013 a la(s) 1:26Formas en las que un Profesor de Karate puede ejercer en La Republica de Chile: Primero: Un Profesor de Karate-Do debe contar con las certificaciones y títulos de una organizacion seria ya sea con respaldo de organismos nacionales competentes o por un respaldo y representacion de algun estilo en Japon. Segundo: La ley de artes marciales fue modificada e indica LEY Nº 19.867 MODIFICA LA LEY Nº 18.356 SOBRE CONTROL DE ARTES MARCIALES:"INCLUYENDO AL TAEKWONDO, AL KARATE Y AL KENDO EN LOS DEPORTES QUE NO SON CONSIDERADOS ARTES MARCIALES." Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente Proyecto de Ley :“Artículo único.- Sustitúyase en el artículo 1º de la ley Nº 18.356, la segunda oración de su inciso segundo, que comienza con las palabras “Los deportes” y termina en el vocablo “Deportivo”, por la siguiente:“Los deportes de box, esgrima, judo, lucha, Karate, taekwondo y kendo, no son considerados como artes marciales siéndoles aplicables para su ejercicio, fomento, protección y control las normas de la ley Nº 19.712 Ley del Deporte, con el objeto que ellos se desarrollen de acuerdo con la reglamentación que les dé un carácter estrictamente deportivo. Un reglamento establecerá los procedimientos de fiscalización y determinará los requisitos que deberán cumplir sus instructores y alumnos. En todo caso su fiscalización, control o regulación no estará sujeta a pago de ninguna especie”.Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.Santiago, 11 de Abril de 2003.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la república. Michelle Bachelet Jeria. Ministra de Defensa Nacional, Francisco Vidal Salinas. Ministro Secretario General de Gobierno.Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud. Gabriel Gaspar Tapia, Subsecretario de Guerra. CONFORME A LA MODIFICACIÓN ANTERIOR, LA FISCALIZACIÓN Y CONTROL QUEDA CONFORME SE INDICA: Disciplinas y estilos de artes marciales controlados por la Ley 18.356 de responsabilidad del MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL a través de la DGMN. y las CC.GG. de las FF.AA. Aikido Aikikai Aikikai USAFAiki Aikido Iwama Aiki-Jujitsu Ba-jitsu Bak Siu Lam Kune Bando Sil Brazilian Jujitsu Bozendo Budo-Hapkido Bu Gai Bu-jitsu Budo Budo Taijutsu Choson Mu Sul Choy Li Fat Chuan Contacto Total PortuguésD efensa Personal Fu Kuan Fukien Tao Gekikan-Jutsu Geinyer-Jutsu Gracie-JujitsuGu Gai Hankido Hao Pai Hapkido Ho-Jutsu Hung Gar Kuen Hwarang Hapkido Iaido Iai-Jutsu Ion Bi Riu Jet Kune Do Jitsu Jiu-jitsu-Brasileño Jojo-Jutsu Jujitsu Korindo-Aikido Krav Maga Krav Panim El Panim (Kapap) Kung Fu Wu Shu Kung-Fu Kyusho Ryu Budo Kai Lidawuguan Luang Hua Chuan Luh Chuang Lung Chuang Mu-Fa-Chuan Naban Nai Kung Nai Kung Do Nam Wa Pai Nei Chia Nihon Ryu Ninjutsu P’ai Ho Pa Kwa Chuan Pai Chuang Pakua Pekiti Tirsia Kali Sanda-Gigong Shaolin Chuang Shaolin Hung Gar Shaolinsi Shi Wu Sing Ton Shin Shin Aiki Shurenkai Sikaran Sil Luh Chuan Sipalki Do Sum Lu Tang Tai Chi Tai Chi Chuan Tai Chi Guang Tai Chi Kong Tai Chi Kuan Tai Chi Kung Tai Chi Quan Tai Chi Tao Tai Chi Yang Tai Jutsu Taido Takaji Tan Chiai Tao Chuan Tao Yang Chuan Tsung Chiao Universal Tang Soo Do Wai Kung Pai Wai Kung Wing Chung Wu Chu Wu Shu Yang Y los derivados y combinaciones de las anteriores Deportes regulados por la Ley Nº 19.712 “Ley del Deporte” Box, Esgrima, Judo o Lucha, Karate Daito Ryu Enshin Kai Full Contact Goju Kai Goju Ryu Goju Shorei Kempo Kendo Ken Jitsu Kenpo Fu Shi Kick Boxing Kyukushinkai Saido Sansei Goju Sansei Goju Seido Shidokan Shinto Ryu Shito Ryu Shodokan Shorei Ryu Shorin Ryu Shorinji Ryu Shorinji-Shindo Shoto Kai Shotokan Shuri Ryu Tai Do Tanaka Tang Soo Do Toyama Wado Ryu Taekwondo WTF ITF Jung Do Kwan Ji Do Kwan Na Duk Kwan Chung Do Kwan O-Do Kwan Song Mu Kwan Kwan Hi Kwan Naban Sambo Savate Sikaran Songham Bando Banshai Y los derivados y combinaciones de los anteriores Tercero: en el ítem segundo señala que Un reglamento establecerá los procedimientos de fiscalización y determinará los requisitos que deberán cumplir sus instructores y alumnos. En todo caso su fiscalización, control o regulación no estará sujeta a pago de ninguna especie”. Esta es la gran falla de la ley ya que el Instituto Nacional del Deporte (IND) nunca ha Creado este Reglamento que señala la Ley. Pero una vez recuerdo envié una carta informando este tema y la respuesta fue que me sugerían estar afiliado a la Federación Chilena de Karate ya que esta entidad era la que recibía fondos del comité olímpico chileno. En respuesta a esto volví a mandar una carta en la cual le señalaba que ellos debían dictar el reglamento con insistencia ya que no me podían obligar a ingresar a la federación chilena de Karate atendiendo a que esto atentaba con mis derechos constitucionales por cuanto la constitución política de la republica señala: • 21º.- El derecho a desarrollar cualquiera actividad económica que no sea contraria a la moral, al orden público o a la seguridad nacional, respetando las normas legales que la regulen. • 15º.- El derecho de asociarse sin permiso previo. Para gozar de personalidad jurídica, las asociaciones deberán constituirse en conformidad a la ley.Nadie puede ser obligado a pertenecer a una asociación.Prohíbense las asociaciones contrarias a la moral, al orden público y a la seguridad del Estado. • 16º.- La libertad de trabajo y su protección. Toda persona tiene derecho a la libre contratación y a la libre elección del trabajo con una justa retribución.Se prohíbe cualquiera discriminación que no se base en la capacidad o idoneidad personal, sin perjuicio de que la ley pueda exigir la nacionalidad chilena o límites de edad para determinados casos. Ninguna clase de trabajo puede ser prohibida, salvo que se oponga a la moral, a la seguridad o a la salubridad pública, o que lo exija el interés nacional y una ley lo declare así. Ninguna ley o disposición de autoridad pública podrá exigir la afiliación a organización o entidad alguna como requisito para desarrollar una determinada actividad o trabajo, ni la desafiliación para mantenerse en éstos.La ley determinará las profesiones que requieren grado o título universitario y las condiciones que deben cumplirse para ejercerlas. En definitiva la respuesta de la autoridad en ese minuto fue le autorizamos a ser monitor de Karate para proyectos deportivos relacionados con el Karate… y de esta forma pude presentar mis documentaciones para ser monitor de Karate en un proyecto que era una escuela formativa que postulo un club en esa época.- Cuarto: en definitiva los anteriores puntos los enuncie como para entregar una visión mas global a mis colegas e interesados en leer esto. Ya que la pregunta original es: Formas en las que un Profesor de Karate puede ejercer en La Republica de Chile. Viendo esto y todo lo anterior descrito un profesor puede ejercer de la siguiente forma: • Colocando un local establecido en el cual pague una patente comercial, y tenga iniciación de actividades en segunda categoría como prestador de servicio lo que involucra probablemente un pago de arriendo, el costo de la patente municipal, pagos de servicios tales como luz, agua, etc. Lo que obviamente encarecería el costo de una matricula o mensualidad a aquellos que quieran practicar de esta forma seria algo enfocado netamente al área comercial o de negocio. • Trabajando como profesor de Karate en algún gimnasio me refiero a donde hacen pesas y acondicionamiento físico en el cual seria el dueño del gimnasio el que pague su patente, y se llegue a un trato directo con el dueño del recinto probablemente un 50% para cada uno. Y uno pasaría a ser un trabajador independiente prestador de servicio que de igual forma debiera tener iniciación de actividades del servicio de impuestos internos, obviamente los valores mensuales para los alumnos serian elevados por cuanto también se trataría de un negocio • Lograr ser contratado por alguna corporación municipal de educación de alguna comuna y prestar sus servicios de enseñanza en los establecimientos educacionales en talleres extraescolares obviamente el sueldo del profesor es pagado por la corporación de educación y para los alumnos estos talleres extraescolares de Karate serian gratuitos. Ahora por experiencia propia al profesor no le pagan mucho y eso si se trasforma en vocación como todo profesor de colegio mucha pega y poca plata • Supongo que pueden existir muchas mas pero como esto lo planteo según mi experiencia les diré la ultima que a mi me a tocado hacer y es a través del deporte sin fines de lucro y esto haciendo clases en sedes sociales. Para ello normalmente se contacta con los dirigentes vecinales a cargo de una sede social con la finalidad de exponerles un proyecto deportivo el que consiste muy resumidamente en comenzar a hacer clases cobrando un arancel que le permita al profesor movilizarse, reponer sus equipo e implementos que colocaría a disposición de los alumnos futuros atletas, y en un futuro muy cercano lograr reunir a los padres y apoderados o alumnos mayores de 18 años y formar un club deportivo de Karate-Do con personalidad Jurídica. De esta forma como club organizado y teniendo el plazo de vigencia que establece la autoridad comenzar a postular a proyectos en el mismo municipio o en el Ind., también por el ministerio del interior a fondos regionales etc. Que obviamente van en directo beneficio de los socios y sus hijos el único problema de este sistema es que como profesor uno no puede pertenecer al club ni como socio ni como dirigente ya que al ganares un proyecto que requiera la contratación de un profesor para que los alumnos tengan clases gratuitas el profesor no puede estar en el club y tampoco su cónyuge o sus hijos o sus padres por un tema de probidad esto permite que al no haber una solidez organizacional en el club estos terminen muchas veces peleandose y desbaratandose por eso es importantísimo hablar muy bien con el grupo humano que se formara como club desde un principio para evitar posibles malos ratos a futuro. Otro problema que tiene este sistema es que los directores de deportes de las municipalidades al saber que a los alumnos se les cobra mensualmente en forma inmediata encasillan al club o al profesor como que este ya no funciona con el espíritus legal que es una entidad sin fines de lucro, y cuesta mucho hacerles entender primero que nosotros los profesores no podemos enseñar gratis y los elementos que ponemos a disposición para el aprendizaje se deterioran y hay que reponerlos no pueden entender que si no fuera por que la actividad se desarrolla en una sede social acerca nuestro deporte a la comunidad y al no pagar grandes aranceles de arriendo o patente municipal obviamente esto permite que si bien es cierto se cobre un arancel mensual este no se compara en nada a los valores que se cobran en negocios establecidos que son con fines de lucro. Lo otro que tampoco pueden entender es que primero uno debe comenzar a hacer clases y luego formar el club deportivo de Karate ya que es impensable que se forme un club deportivo de Karate por mera voluntad de sus asociados si no han sido reunidos organizativamente por un profesor de Karate con dicha finalidad.-
Posted on: Fri, 27 Sep 2013 05:41:06 +0000

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