A quienes critican el observatorio judicial, les recuerdo leer el artículo 32 nº 13 de la Constitución. Es atribución presidencial Velar por la conducta ministerial de los jueces y demás empleados del Poder Judicial y requerir, con tal objeto, a la Corte Suprema para que, si procede, declare su mal comportamiento, o al ministerio público, para que reclame medidas disciplinarias del tribunal competente, o para que, si hubiere mérito bastante, entable la correspondiente acusación
Posted on: Tue, 05 Nov 2013 01:18:51 +0000
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