Antecedentes del Proyecto de Transmisión Energética El proyecto - TopicsExpress



          

Antecedentes del Proyecto de Transmisión Energética El proyecto se conoce como “Línea de Transmisión de 110/66 kV Ensenada – Melipulli” (LAT o Línea de Alta Tensión), con titular Hidroensenada S.A, cuenta con un monto de inversión de 4,0000 millones de dólares y con un estado resuelto como aprobado, según la calificación ambiental otorgada por la Comisión de Evaluación Ambiental de la X Región de Los Lagos por medio de la Resolución Exenta Nº 515 el 3 de Agosto del año 2012. Dicha aprobación se obtiene luego de la entrega de la Declaración de Impacto Ambiental y las Adendas del proyecto a la Comisión presentadas por la empresa hidroeléctrica el 26 de Abril del año 2010, las cuales fueron realizadas por medio de la consultora privada Pugbett. Es necesario explicitar el proceso por el cual el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) otorga estas aprobaciones y cómo opera el sistema recepción de proyectos. Para la evaluación de los proyectos sujetos a lo establecido por la norma medioambiental vigente, según la Ley 19.880, existen dos tipos de presentaciones, esta puede ser una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), salvo que el proyecto en cuestión no presente ninguna de los siguientes puntos, lo que corresponde para calificar ambientalmente el proyecto es una Declaración de Impacto Ambiental: - Riesgos para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos. - Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluido el suelo, agua y aire. - Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos. - Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. - Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona. - Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. Se consideró que el proyecto en cuestión no requería de un Estudio de Impacto Ambiental por los siguientes puntos: - El proyecto no considera ningún tipo de modificación al patrimonio cultural. Más aún, no se detectó en el lugar de emplazamiento del tendido eléctrico elementos que por su naturaleza, antigüedad o característica, pudiera ser denominado o clasificado como Monumento Nacional o de valor suficiente para ser incorporado al patrimonial cultural del país. - La línea de transmisión solo considera la remoción de vegetación en lugares específicos e inevitables para la construcción del tendido eléctrico y que a su vez, permitan garantizar la seguridad posterior de las obras. Y declara que a lo largo del tendido eléctrico no existen especies en peligro de extinción, vulnerable o insuficientemente conocido. - La envergadura de las obras es menor y no requiere la reubicación y/o desplazamiento de personas. - El proyecto no considera afectar la realización de ceremonias religiosas u otras manifestaciones propias de la cultura o del folklore del pueblo, comunidad o grupo humano. - El proyecto solo considera traslado de personal, vehículos y materiales de construcción en forma temporal y solo el tiempo suficiente para la materialización de las obras y por tanto no puede generar efectos negativos sobre el sistema productivo o impedir el acceso a recursos naturales. - El proyecto no considera afectar negativamente el acceso de la población, comunidades o grupos humanos a los servicios y equipamiento básicos ni a ninguna población, comunidades o grupos humanos protegidos por leyes especiales. - Las obras de la línea de transmisión incluidas no consideran la intervención de zonas con valor paisajístico y/o turístico, y/o una área declarada zona o centro de interés turístico nacional, según lo dispuesto en el decreto ley Nª 1.224 de 1975. Propone que ha sido planificado en lugares distanciados de lugares de interés paisajístico o turístico y se ha restringido la intervención de la vegetación al mínimo posible que permiten las condiciones de seguridad para el transporte de la energía eléctrica. - No considera efectos significativos sobre la calidad de los recursos naturales - El proyecto considera que intervendrá y explotará vegetación nativa pero considera que la vegetación existente ha sido fuertemente intervenida en el pasado y consecuentemente la nueva intervención no tendrá un mayor impacto en su continuidad y evolución. Al respecto, cabe destacar, que se ha clasificado como bosque gran parte de la vegetación encontrada, no obstante que gran parte del terreno es ocupado por vegetación manifiestamente degradada que es muy difícil que tenga una recuperación sin acciones de manejo consistentes y costosas. Consecuentemente, se ha considerado la reforestación de 85,9 has, con especies similares a las removidas (Coihue común, ulmo, canelo y otras) a una densidad de 3.000 pls/há. - No tiene influencia sobre recursos hídricos o en zonas de humedales que pudieren ser afectados por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. Tampoco en zonas de cuenca o subcuenca hidrográfica. - En la concepción del proyecto, se considero y evaluó que no se obstruye la visibilidad ni se ha afectado zonas de valor paisajístico . De esta manera el proyecto se ejecuta con la construcción y operación de la línea de transmisión de alta tensión para transportar la energía producida por la central Río Blanco – Ensenada en la comuna de Puerto Varas, hacia la subesetación Melipulli, ubicada en la ciudad de Puerto Montt, con el objetivo de inyectarla al Sistema Interconectado Central (SIC). El trazado comprende una longitud de 50,3 km. y una franja de seguridad de entre 15 y 30 m. de ancho. La superficie del proyecto es de 123,94 hectáreas, de las cuales 42,62 hectáreas están afectas a corta de vegetación en una faja de 15 metros.
Posted on: Sun, 10 Nov 2013 23:51:11 +0000

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