Causalidad y Equivalencia de las Condiciones. Dr. Mario Vázquez - TopicsExpress



          

Causalidad y Equivalencia de las Condiciones. Dr. Mario Vázquez Padilla. La causalidad es un tema estudiado desde tiempos remotos, Platón integró el concepto de causa a la génesis de las ideas y entonces sostuvo que el mundo ideológico estaba regido por leyes causales, lo cual queda de manifiesto en los silogismos caracterizados por contener una conclusión producto a su vez a de una premisa mayor y otra menor que operan como causas. Aristóteles, definió a la causa como “todo principio bajo cuyo impulso, pasa del no ser, al ser, algo de sí indiferente para existir”. Esta definición, al decir de Pavón Vasconcelos, constituyó el punto de partida para desarrollos posteriores pues los creadores de la metafísica aristotélica distinguieron con precisión entre: causa eficiente, causa ocasional y causa final. Santo Tomás De Aquino, reconoció que todo lo que se encuentra en movimiento ha sido impulsado por algo y, acorde con la visión cristiana de la creación del mundo, afirmó que con excepción de Dios no existe nada que sea su propia causa, ya que todo es producto de una causalidad externa. Durante largo tiempo la doctrina del delito ha exigido como criterio para atribuir a un determinado comportamiento, el carácter de causa, la verificación de un vínculo entre la conducta y la lesión que se produce al bien jurídico. En ese sentido se afirma que un comportamiento es causa del resultado, si entre ambos existe una relación de causalidad. Con la finalidad de establecer los límites de esta relación, se han elaborado una importante cantidad de teorías. Entre ellas destaca la equivalencia de las condiciones. El antecedente más remoto de la teoría de la equivalencia de las condiciones, se encuentra en Galileo Galilei para quien: ”la causa es aquella que puesta se sigue un efecto y suprimida elimina ese efecto”. La primera consideración sistemática del empleo de esta teoría se debe al positivista John Stuart Mill quien en 1843, señaló: “sólo de manera excepcional es posible sostener que un resultado es el producto de una causa única, por regla general, el efecto es consecuencia de un conjunto de antecedentes.” En 1858 Julius Glaser afirmó: “hay un punto de apoyo seguro para examinar el nexo causal; si se intenta suprimir mentalmente al supuesto generador de la suma de los acontecimientos y entonces se ve que a pesar de eso se produce el resultado, que a pesar de eso la serie sucesiva de las causas intermedias sigue siendo la misma, está claro que el hecho y su resultado no pueden reconducirse a la eficacia de esa persona. Si, por el contrario, se ve que si se suprime mentalmente a esa persona del escenario del acontecimiento, el resultado no se podría producir en absoluto o que hubiera tenido que producirse por otra vía totalmente distinta, entonces está justificado con toda seguridad considerarlo como efecto de su actividad” . Dos años más tarde, el magistrado del Reich, Maximiliano Von Buri, añadiría que no sólo el conjunto de todas las condiciones concurrentes es la causa del resultado, sino que cada una de esas fuerzas individualmente consideradas es, a su vez, causa del resultado. La teoría reza así: “Si se quiere averiguar la relación causal de un fenómeno concreto, habrá que determinar, en sucesión ordenada, todas las fuerzas que han exteriorizado una efectividad cualquiera para la formación del fenómeno. La suma total de estas fuerzas ha de ser considerada como la causa del fenómeno. Con el mismo derecho se puede considerar ya cada una de estas fuerzas individuales, por sí sola, como la causa del fenómeno, pues la existencia del mismo depende hasta tal punto de cada una de las fuerzas individuales, que si se elimina tan sólo una de las fuerzas individuales de la relación causal, el fenómeno no tiene lugar” .
Posted on: Mon, 26 Aug 2013 23:46:39 +0000

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