Columna de Opinión: Grave problema argentino: seguir las normas - TopicsExpress



          

Columna de Opinión: Grave problema argentino: seguir las normas jurídicas, no seguirlas o hacerlo “en principio” PUBLICADO EL 2 DICIEMBRE, 2013 POR THOMSON REUTERS Columna de Opinión: Grave problema argentino: seguir las normas jurídicas, no seguirlas o hacerlo en principioGrave problema argentino: seguir las normas jurídicas, no seguirlas o hacerlo “en principio” Autor:Dolabjian, Diego A. Usted se reirá, pero es uno de los problemas argentinos más difíciles de resolver. Dado nuestro carácter (problema central que dejamos por esta vez a los sociólogos) el seguimiento de las normas jurídicas plantea dificultades hasta ahora insuperables. Concretamente, cuando un jurista tiene que argumentar frente a un colega, y ha de combinar la legalidad con la razonabilidad, ahí empieza el crujir de plumas. Usted es abogado y tiene que argumentar frente a otro abogado; usted es asesor, e ídem; usted es juez. Toma una hermosa hoja de papel, deja un buen espacio (los escritos ventilados son los más elegantes), y pone: “No cabe prescindir conscientemente de lo dispuesto en el texto expreso de las normas jurídicas”. Su interlocutor hace lo propio, y pone: “No cabe apegarse rigurosamente a lo dispuesto en el texto expreso de las normas jurídicas”. Él es abogado y usted también; en realidad usted es mejor abogado que él, pero no cabe duda de que él piensa lo contrario. A tal colega que es su interlocutor no se le puede decir: “Su postura es arbitraria”. No se le puede decir por la sencilla razón de que la suya también lo sería. Tildarlo de “arbitrario” es casi lascivo, en todo caso una mentira que su colega recibirá con una sonrisa tetánica. La gran solución argentina parece ser, en esos casos, escribir: “en principio”. Es más ajustado, más objetivo, prueba un respeto por la legalidad y un reconocimiento por la razonabilidad. Pero si usted escribe una demanda, un dictamen o una sentencia (es de lo que más escriben los juristas), ¿cómo va a poner “en principio”? “En principio” es una expresión que rezuma indiferencia, duda, indecisión. Usted piensa desesperadamente en una alternativa y no la encuentra; en la Argentina ponemos “en principio” y sanseacabó. Más se piensa, menos se ve la posibilidad de una tercera posición entre seguir las normas jurídicas y no seguirlas; de alguna manera hay que ordenar la conducta humana, y lo primero es mucho y lo segundo frigidaire. Variantes como “aproximadamente” y “probablemente” quedan descartadas por tilingas y cursis. Por más vueltas que le demos, se vuelve a caer en la disyuntiva de seguir las normas jurídicas o no seguirlas. Che, ¿no se podría inventar otra cosa? Los argentinos necesitamos ordenarnos un poco, guiar nuestra conducta con alguna certeza. Pero será difícil, porque no sabemos si seguir las normas jurídicas, no seguirlas, o hacerlo “en principio”, y así nos va (1). -El texto se inspira en la original obra de Julio Cortázar: “Grave problema argentino: Querido amigo, estimado, o el nombre a secas” publicada en La vuelta al día en ochenta mundos, Siglo XXI, México, 1967 y disponible online en me.gov.ar/efeme/cortazar/grave.html. (1) Resulta notable que la jurisprudencia de nuestra Corte Suprema autorizaría a tachar de “arbitraria” tanto a la tesis de que “No cabe prescindir conscientemente de lo dispuesto en el texto expreso de las normas jurídicas” como también a la antítesis de que “No cabe apegarse rigurosamente a lo dispuesto en el texto expreso de las normas jurídicas”. Así, por ejemplo, el más alto tribunal ha señalado que los jueces no pueden prescindir de lo dispuesto expresamente por la ley respecto de un caso so color de su posible injusticia (cfr. Fallos: 249:425, 329:1586, entre otros), pero también que los jueces no pueden efectuar una aplicación rigurosamente literal de las palabras de la ley que conlleve a una solución injusta para el caso (cfr. Fallos: 238:442, 308:1978, entre otros). En el medio, ha dicho que los jueces deben indagar lo que las leyes dicen jurídicamente, sin que esto signifique apartarse del texto legal, pero tampoco sujetarse rigurosamente a él cuando la interpretación razonable así lo requiere (Fallos: 283:239, 327:33, entre otros). Para mayor perplejidad, es dable observar que en la cuestión del seguimiento de las normas jurídicas, no son pocas las ocasiones (o, acaso, más bien resultan demasiadas) en que nuestro intérprete “final” apela a fórmulas “en principio”. - See more at: thomsonreuterslatam/articulos-de-opinion/02/12/2013/9183#sthash.4hzj6gvA.dpuf
Posted on: Tue, 03 Dec 2013 20:16:33 +0000

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