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Con razon los campesinos estan bravos...¡¡¡¡¡ (Tomado de GERENCIA.COM) En Colombia sí está prohibido utilizar semillas cosechadas de una semilla producida por monsato Posted: 30 Aug 2013 07:40 AM PDT Técnicamente se le llama reserva de cosecha a la semilla que el agricultor extrae de su cosecha para realizar la siguiente siembra, y eso está prohibido si la semilla pertenece a la multinacional monsato o similares. Esa es una de la razones de la indignación de los campesinos. Durante siglos, nuestros antepasados y hasta hace unos pocos años, guardaban parte de la cosecha para sacar la semilla de la siguiente siempre, y eso quedó prohibido en Colombia a raíz de la firma de los diferentes tratados de libre comercio. A continuación transcribimos el artículo 15 de la resolución del ICA número 970 del 10 de marzo de 2010: “Reserva de la cosecha. El agricultor interesado en reservar producto de su propia cosecha para usarla como semilla para sembrarla en su misma explotación o cultivo, debe: 1. Solicitar, previo al acondicionamiento, autorización al ICA indicando donde lo realizará, la ubicación y el área del predio donde pretende cultivar. 2. Tener una única explotación agrícola por ciclo de siembra igual o menor a cinco (5) hectáreas cultivables, dependiendo de la especie. 3. No haber superado la densidad de siembra establecida por especie. 4. Demostrar que en la explotación ha usado semilla certificada o seleccionada. 5. Tener el predio donde ejerce su cultivo o explotación a una distancia mayor a mil (1.000) metros respecto del predio donde otro agricultor se encuentre haciendo uso de esta reserva sobre el mismo género o especie vegetal. 6. Utilizarla para su propio uso y no entregarla a terceros bajo ningún título. Parágrafo 1°. Para que el agricultor pueda ejercer la reserva de cosecha para utilizarla como semilla para la siembra debe demostrar que para la producción de la cosecha ha usado semilla legal en su última explotación, así como demostrar, que ha habido agotamiento del derecho del obtentor respecto a la primera siembra, cuando se trate de material perteneciente a una variedad vegetal protegida. Parágrafo 2°. La reserva de cosecha para ser usada como semilla sólo podrá ejercerse por una sola vez en el ciclo agrícola siguiente a la autorización luego de lo cual, para solicitar nuevamente autorización de reserva al ICA, el agricultor debe demostrar que en su último cultivo ha usado semilla legal. Parágrafo 3°. Esta autorización no procede para cultivares pertenecientes a especies o géneros frutícolas, ornamentales, forestales y semillas modificadas genéticamente por ingeniería genética u obtenidas por mutaciones espontáneas o inducidas artificialmente.” Juzgue usted….
Posted on: Sat, 31 Aug 2013 20:08:25 +0000

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