¿EN QUE CONSISTE EL TRÁMITE DE CEDULA AZUL? El titular del vehículo solicita al Registro de la Propiedad del Automotor en el cual está radicado el rodado la expedición de una o más Cédula/s Azul/es (Cédula/s de identificación para autorizado a conducir), a fin de instrumentar documentalmente la autorización a un tercero para usar el automotor. Este autorizado a conducir deberá exhibir solamente la cédula azul para poder circular con el vehículo. No es necesario circular también con la cédula verde. NOTA: Beneficios de la Cédula Azul Mejorar la seguridad vial en su conjunto y la seguridad del propietario del automotor y del conductor en particular. Restringir la utilización de los vehículos sólo a aquellas personas que estén autorizadas por los propietarios. Permitir que toda persona que circula con un automotor, sea el titular registral o un autorizado por éste, cuente con una identificación. Esta identificación no remplaza a la Cédula Verde sino que se destina a los terceros autorizados que manejan un auto del cual no son titulares. La cédula servirá a la vez para que un tercero pueda salir con el automóvil a un país limítrofe en forma temporal. Si se vende el automotor las cédulas que se hayan solicitado para manejar dicho vehículo serán dadas de baja automáticamente. Marco Normativo: Disposición DN Nro. 79/2006 Fuente:dnrpa.gov.ar/portal_dnrpa/cedula_azul.php#a1
Posted on: Mon, 10 Jun 2013 22:26:47 +0000
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