Multada amb 70.000 euros la Financera d’ El Corte Inglés La - TopicsExpress



          

Multada amb 70.000 euros la Financera d’ El Corte Inglés La entitat havia inclòs fins a tres vegades les dades d’ una persona en fitxers de solvència patrimonial per error. _______________________ “El pasado año entró en la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) un escrito donde una persona denunciaba a “Financiera El Corte Inglés” por incluir sus datos en ficheros de solvencia patrimonial cuando esta alegaba no haber sido cliente en ningún momento. El demandante se vio sorprendido por la situación cuando le fue denegado un crédito con otra entidad financiera, en donde descubrió que sus datos personales constaban incluidos en ASNEF por una supuesta deuda con la financiera de El Corte Inglés. Posteriormente, el demandado alegó que la deuda provenía de un tercero, ya que debido a un error informático se produjo una duplicidad de identidades. La supuesta incidencia procedía del sistema informático que para aquel entonces no admitía que el número “0” fuese detrás de la letra “X” eliminando, de este modo, cualquier carácter que se situara a la izquierda del “0”. Con motivo de esta situación, al denunciante le fueron asociadas no una deuda sino tres, ya que en ASNEF estaban registradas tres altas en abril, mayo y octubre del 2009 respectivamente. Tras la notificación de la entidad de solvencia patrimonial de la posible incidencia, el demandado confirmó que se trataba de un error informático y procedía a la cancelación de dichos ficheros. Atendiendo a los hechos, la AEPD ha dictaminado que existe una clara vulneración del artículo 6.1 de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) que exige que “el tratamiento de los datos de carácter personal debe contar con el consentimiento inequívoco del afectado”. En este sentido, Financiera El Corte Inglés no acreditó contar con dicho consentimiento para su tratamiento ni que fuese cliente. La entidad tampoco demostró que dicha incidencia resultase de un error en su sistema informático. Otra infracción presente ha sido la vulneración del artículo 4.3 que indica que “los datos de carácter personal serán exactos y puestos al día de forma que respondan con veracidad a la situación actual del afectado”. Quedó demostrado que en este caso la utilización de datos inexactos se han mantenido en los sistemas de información de la entidad denunciada y en los ficheros de solvencia patrimonial hasta noviembre de 2011. Fecha en la que se ha corregido a través del ejercicio del derecho de cancelación ejercitado por el denunciante y no por intervención del demandando. De modo que el afectado fue tratado como deudor de una cantidad que no le correspondía como resultado de un uso de datos incorrectos. Es por ello que la AEPD resolvió sancionar a Financiera El Corte Inglés con 70.000 euros con motivo de las infracciones mencionadas.
Posted on: Mon, 09 Sep 2013 11:19:05 +0000

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