Procesamiento N° 2060/2013 IUE 94 - 35/2013 Montevideo, 4 de - TopicsExpress



          

Procesamiento N° 2060/2013 IUE 94 - 35/2013 Montevideo, 4 de noviembre de 2013. VISTOS: Estos autos para resolución en virtud de los pedidos de procesamiento formulados por el Ministerio Público (fs. 340 a 345 vto.) respecto a los indagados de autos, a quienes solicita se impute prima facie en las situaciones de IRMA GLADYS LEITES DALTO, JORGE PEDRO ZABALZA WAKSMAN, PATRICIA VERÓNICA BORDA BARONE y ÁLVARO JAUME BOCKINO: la comisión en calidad de autores (art. 60 del C.P.) de un (1) delito de atentado (art. 171 del C.P.) agravado (art. 172 nales. 1 y 2 del C.P.) y en las correspondientes a ANÍBAL VARELA BUDES, DIEGO JAUME FAVARO Y EDUARDO JAUME FAVARO: la comisión en calidad de cómplices (art. 62 del C.P.) de un (1) delito de atentado (art. 171 del C.P.) agravado (art. 172 nales. 1 y 2 del C.P.). I) RESULTANDO: 1) La Suprema Corte de Justicia, en ejercicio de las facultades otorgadas por la Constitución Nacional (art. 239 nales. 2, 4 y 5, y art. 246), la Ley Orgánica de los Tribunales (arts. 95 a 99 de la Ley 15.750), dispuso el traslado de diez (10) magistrados, a los cuales se les recibiría el juramento para ocupar los nuevos cargos en dos actos protocolares sucesivos (de 5 Jueces cada uno), con carácter público, de los cuales fijó el primero para el viernes 15 de febrero de 2013 a la hora 11:00 y el segundo para inmediatamente después. 2) El día anterior a la fecha fijada para la ceremonia (es decir el jueves 14/02/2013), la Jefatura de Policía de Montevideo tomó conocimiento por la prensa, de que se iba a realizar dicho acto protocolar y público en razón de que varias organizaciones sociales convocaban, por diferentes medios, a congregarse en forma pacífica a la entrada del Edificio, para manifestar la disconformidad con el traslado de materia de una de las magistradas. 3) El día 15 de febrero de 2013, en horas de la mañana, antes de la hora 10:00, desde Jefatura de Policía de Montevideo y por orden del Sr. Jefe de Policía, el Director de Coordinación Ejecutiva Insp. Mayor Iraola se comunica con el titular de la Dirección de Comunicación Institucional del Poder Judicial, Dr. Raúl Oxandabarat, para coordinar el tipo de servicio de seguridad a prestar, en atención a la noticia divulgada en la prensa y las redes sociales de que existía la indicada convocatoria. Se acordó emplazar un grupo del GEPP en las inmediaciones, uniformados pero no a la vista para no provocar, y un grupo de civil del DOE dentro y fuera del edificio de la S.C.J. También se convino que dentro y fuera del edificio estarían con cámaras para salvaguarda, pues aparentemente coincidía la convocatoria con el horario de llegada de los Sres. Ministros de la S.C.J. Se designó como supervisor, Jefe del operativo exterior, al Comisario de Seccional 3a. Waldisney Dutra, quien posteriormente comenzó a informar de modo intermitente sobre los acontecimientos a Iraola. En la primera comunicación, le informó que había unas treinta personas y todo muy tranquilo. Luego subieron a unas cincuenta o sesenta continuando tranquilo. Abruptamente Dutra comunicó a Iraola, que habían como ciento cincuenta personas con cánticos solamente. Luego comunicó que la gente había ingresado al edificio. 4) En efecto, próximo a la hora 10:00, en las afueras del Edificio de la S.C.J., comenzaron a llegar grupos de personas, comenzaron siendo unas treinta personas hasta llegar a unas ciento cincuenta. La situación, hasta ese momento en las afueras del Edificio, era informada en forma telefónica por el Crio. Dutra (Seccional 3a.) quien estaba en el lugar y a cargo del procedimiento, al Sr. Jefe de Policía Fernández y al Coordinador Ejecutivo Iraola. 5) Próximo a la hora 11:00, arriba al lugar la jueza Dra. Mariana Mota, la cual ingresa por la puerta principal y recibe muestras de apoyo de los grupos que se habían congregado en las afueras del edificio para manifestar disconformidad con su traslado de materia. Los restantes Jueces que iban a asumir y sus familiares ya habían ingresado con anterioridad por la puerta lateral de la calle San José. Al amparo de que el acto era público, unos minutos después del ingreso de la Dra. Mota las personas congregadas en el exterior comienzan a ingresar. La autoridad policial consultó y en virtud del indicado carácter público del acto, nadie opuso impedimento para el acceso. No hubo violencia en el ingreso de las personas, mas sí un gran desorden y alboroto dentro del Edificio. 6) Próximo a la hora 11:20, unas ciento cincuenta personas, ocuparon totalmente la Sala de juramentos, la antesala, el atrio del primer piso y las escaleras hasta el hall de Planta Baja; y comenzaron cánticos ofensivos, aplausos, gritos e insultos hacia los integrantes de la S.C.J. y hacia el propio Presidente de la República, que impedían de hecho el inicio de la ceremonia, tales como: “Mariana no se va, Mariana no se va”, “Se va a acabar, se va a acabar la dictadura judicial”, “Ministros traidores, vende patria”, “alcahuetes”, “corruptos”, “traidores”, “hijos de puta”, “Pepe traidor, Mujica traidor”, etc.; alboroto tumultuario que se mantuvo durante las horas subsiguientes hasta la desocupación total del Edificio, próximo a la hora 14:00. En esa etapa, se desplegaron pancartas de protesta. 7) El Sr. Presidente de la S.C.J., a las 11:30, da cuenta del hecho a la suscrita Juez de Turno (Edificio ocupado y cánticos ofensivos por traslado de Dra. Mota) y a su vez informa que el Insp. Iraola, es quien está a cargo del operativo. Por resolución 30, la suscrita se da por enterada de la notitia criminis (fs. 2) e inmediatamente se comunica con el Insp. Iraola a cargo del operativo y dispone, por resolución 31, que se proceda a la desocupación del Edificio de la SCJ, disuasión de los manifestantes, identificación de los mismos, Policía Técnica al lugar y una vez controlada la situación, ampliar (fs. 3). A su vez, el Insp. Mayor Iraola, manifiesta a la suscrita, que ya se estaba dirigiendo al lugar por orden del Sr. Jefe de Policía. Cuando Iraola, se constituyó en el lugar, primeramente evaluó la situación: había gente en la planta baja y por las escaleras y estaba completamente ocupada la sala de juramentos y todo el primer piso. Comenzó a buscar interlocutores, en especial con los dirigentes sindicales a efectos de hacerles saber que había una orden judicial de que desocuparan el Edificio. El Sr. Jefe de Policía, además, dio la orden de que salvo situaciones de violencia extrema no se efectuaran detenciones ya que la máxima, según explicitó en su declaración, es que “el remedio nunca puede ser peor que la enfermedad” y dado que se contaba con material fotográfico y fílmico, estimó que se podrían hacer las detenciones a posteriori (fs. 16). 8) Próximo a la hora 11:45, ingresa por la entrada lateral de San José, por orden de Iraola y como primera medida, un grupo de seis funcionarios policiales del GEPP, que se formaron en línea para impedir el acceso de las personas que se encontraban en el atrio del primer piso y las escaleras, hacia la sala de juramentos que ya estaba totalmente colmada. Esa medida causó mucho rechazo y resistencia de los presentes, pues los referidos funcionarios policiales se encontraban con su indumentaria de grupo de choque: cascos, escudos y varas. Permanecieron aproximadamente entre 10 a 15 minutos. 9) Próximo a la hora 12:00, Iraola ordenó el retiro de la Guardia del GEPP para evitar males mayores. En el atrio del primer piso, se encontraban personas con pancartas, entre ellos estaban el Sr. Zabalza, la Sra. Irma Leites, y el Sr. Signorelle, este último, según se supo después, por las organizaciones convocantes para el acto: PIT-CNT, CRISOL, FAMILIARES e HIJOS de DESAPARECIDOS. Se inicia una etapa de diálogo, en especial con los dirigentes sindicales identificados, a los efectos de hacerles saber que había una orden judicial de que debían desocupar el Edificio. Se acuerda otorgarles un plazo prudencial para que la desocupación se cumpliera en forma pacífica. En la referida conversación, Signorelle manifestó que el PIT-CNT y restantes organizaciones convocantes, estaban manifestando su disconformidad con la situación del traslado de la Jueza Mota, pero que acataban la orden judicial de retirarse. Se esperó un tiempo prudencial, 15 a 20 minutos, y se notó que se reducía la cantidad de personas que había. 10) En efecto, próximo a la hora 12:20, salieron en forma pacífica del interior del Edificio de la S.C.J., las personas que integraban los grupos de las organizaciones convocantes, PIT-CNT junto con las organizaciones CRISOL, FAMILIARES e HIJOS de DESAPARECIDOS, bajo los insultos y el abucheo del resto de los presentes, que se negaban a retirarse y continuaban en actitud de rechazo al traslado de una de las juezas, con cánticos ofensivos e insultos a los integrantes de la S.C.J. y al Presidente de la República. 11) Momentos después, se le apersonó a Iraola el Sr. Signorelle para decirle que había cumplido (se habían retirado las personas convocadas por el PIT-CNT con las organizaciones CRISOL, FAMILIARES e HIJOS de DESAPARECIDOS), pero que sobre las personas que aún quedaban en el edificio él no tenía ningún tipo de ascendiente por cuanto integraban otros grupos. 12) Próximo a la hora 12:30, Iraola, hizo reingresar al equipo de funcionarios del GEPP, pero esta vez sin varas, cascos ni escudos protectores, formando nuevamente un cordón entre la Sala de juramentos y el atrio del primer piso, los cuales debían contener a los alborotados. Los referidos funcionarios policiales se encontraban en inferioridad numérica como para cumplir la orden judicial y llevar a cabo en forma efectiva la desocupación del Edificio, para que pudieran cumplirse las ceremonias, que hasta ese entonces ya estaban retrasadas una hora y media. Se prosiguen las tratativas con los líderes de los diferentes grupos que quedaban, a los efectos de la desocupación pacífica del Edificio Público. La respuesta fue negativa. Había personas que estaban en la posición extrema de que no solo no iban a abandonar el lugar sino que iban a impedir el juramento. 13) Próximo a la hora 13:00, se constituye en la Sede de la S.C.J., el Sr. Jefe de Policía Fernández junto con dos equipos de apoyo de la Guardia Metropolitana; tras hacer un relevamiento del lugar, la situación era la siguiente: Se había procedido a una desocupación parcial del Edificio en forma pacífica y voluntaria por parte de las organizaciones convocantes. Quedaba aún un grupo de personas que continuaban con los ánimos exaltados. La Sala de las ceremonias se encontraba colmada con los familiares de los jueces que iban a jurar en sus nuevos cargos, los medios de prensa y las personas que manifestaban su disconformidad con el traslado de la Dra. Mota. En la antesala, Iraola ya había tomado la medida de aislar la sala de juramentos, para impedir el paso de la gente que se encontraba ocupando el atrio del primer piso. Esos grupos que aún permanecían en el Edificio, según las declaraciones contestes de los funcionarios policiales actuantes, respondían básicamente a Plenaria Memoria y Justicia por la presencia de la Sra. Irma Leites, algunas personas al Sr. Zabalza, e incluso había grupos que eran más radicales que otros sin poderse identificar a quién o quiénes respondían. Ante esta situación, el Sr. Jefe de Policía, para dar cumplimiento a la orden judicial, decide que la desocupación debería hacerse en forma paulatina, por sectores. Como primera medida del operativo, aseguran la puerta principal de entrada del Edificio, a los efectos de que quienes salían no pudieran ingresar nuevamente. Se hizo una proclama a los cinco, a los tres, a los dos y al minuto por el Sr. Jefe de Policía Fernández, de intimación a los presentes de desalojar. Interrogado sobre lo actuado, el Sr. Jefe de Policía, indicó que en “la proclama con la intimación a desalojar, prensa incluida, se fijó un plazo primario de cinco minutos para desalojar todo el edificio, a los tres minutos, a los dos minutos, al minuto y finalmente la orden de desalojo. Eso responde a la Ley de Procedimiento Policial, aplicación de fuerza en forma racional, proporcional y progresiva.” (fs. 14). Momentos previos a la proclama, se le acercó Zabalza y le manifestó que dada la situación le solicitaba que hablara con los Sres. Ministros de la S.C.J., para que suspendieran la ceremonia (fs. 14). Se hicieron cordones humanos (sin elementos de protección, agarrados brazo con brazo) con los funcionarios policiales que dividieron la concurrencia y comenzaron a avanzar paso a paso. Se desalojó primero el hall de la planta baja. Luego, se procedió en el atrio del primer piso. Nuevamente se les informó a los presentes que era una orden judicial que disponía la desocupación. 14) Próximo a la hora 13:20, cuando el cordón humano de policías llega al borde de las escaleras del primer piso, se retiraron los líderes que aún estaban en el primer piso (a saber, Leites y Zabalza), previo a realizar unas proclamas ante los medios de prensa en las escaleras. Dicha situación fue informada a la suscrita, indicándose además, que la planta baja estaba totalmente desocupada y que quedaban unas cincuenta personas añosas en actitud de resistencia pacífica. Por resolución 33 se tuvo a la Sede por enterada y se dispuso proseguir los procedimientos y ampliar (fs. 4) A posteriori de desocupar todo el atrio del primer piso, se procedió con respecto a la Sala de juramentos. En ese lugar, explican los actuantes que hubieron algunas dificultades adicionales, como ser que las personas ya estaban sentadas, que parte de ese público estaba integrado por familiares de los Jueces que juraban y por representantes de los medios de prensa. El Sr. Jefe de Policía personalmente explicó cómo y por qué se debía desalojar la sala y les garantizó el reingreso a las personas que iban a participar. Una vez desocupada totalmente la Sede de la S.C.J., se logró cerrar la puerta principal donde se dieron puntapiés en la puerta de entrada del Edificio y se profirieron nuevamente cánticos ofensivos. 15) Próximo a la hora 14:00, se desocupó totalmente el Edificio, se informó a los Sres. Ministros de la S.C.J. y se procedió a revisar todos los pisos del Edificio, junto con la persona más representativa de los grupos convocantes, el Sr. Signorelle. Una vez finalizado, se inició el control y filtro de las personas que ingresaron para presenciar los juramentos de los jueces en sus nuevos cargos. 16) Próximo a la hora 14:30, la suscrita fue informada por Iraola, de que el Edificio había sido totalmente desocupado y que en su exterior se encontraba un grupo muy exiguo de personas con pancartas pero sin realizar ningún tipo de incidente. Que las audiencias de juramento se estaban realizando y que no había personas detenidas. Se extendió el alcance de la resolución 33, disponiéndose que una vez controlada totalmente la situación se volviera a ampliar (fs. 4). 17) Las ceremonias de juramento de los diez jueces trasladados a sus nuevos cargos, se realizaron sin nuevos incidentes, tres horas y fracción después de lo previsto. 18) En todo el procedimiento relatado, no hubo lesionados ni daños, hubo insultos y cánticos ofensivos hacia los integrantes de la Suprema Corte de Justicia y hacia el propio Presidente de la República, con el propósito ilícito de demorar las ceremonias públicas de juramento, tal como surge del relato conteste de todos los funcionarios judiciales y policiales deponentes. II) CONSIDERANDO: 1) No fue previsto por la autoridad policial el ingreso masivo de personas para protestar por el traslado de una magistrada, al Edificio de la S.C.J.: * Antes del ingreso de la Dra. Mota a la S.C.J., las personas congregadas en el exterior del Edificio, estaban en actitud pacífica: “… más que cantos era un aplausómetro, empezaron a aplaudir y estuvieron como 30 minutos, ponían carteles, hasta que se hizo presente la Dra. Mota. Cuando ella llegó ahí hubieron gritos y cánticos siempre de apoyo, ya que el fin de ellos era apoyar a la Dra. Mota. En ese momento era imprevisible ya que era una concentración pacífica y la S.C.J. más allá que era un acto público, vi que estaban controlando la puerta también. Yo no esperaba que cuando entrara Mota entrara gente y se desbordara. No había una incitación previa.” (Funcionario a cargo del personal de la Unidad del DOE, Fernando Gabriel OCAMPO MOREIRA - fs. 119 a 123). * Nada indicaba que pudiera haber algún incidente: “Nada me indicaba que podría haber algún incidente. … Incluso eso no se había conversado con el Dr. Oxandabarat, si los dejábamos ingresar o no. No se había previsto nada al respecto pues no se esperaban incidentes.” (Coordinador Ejecutivo, Insp. Mayor Miguel Ángel IRAOLA RODRÍGUEZ - fs. 26 a 32). * Se consultó y como era una ceremonia pública no hubo impedimento para el acceso: “Cuando ingresa la Dra. Mota ingresa recibe muestras de apoyo. Los restantes Jueces que iban a asumir y sus familiares ya habían ingresado con anterioridad así como los Señores Ministros quienes ya habían ingresado por la calle San José. Después de eso, como era un acto público, la gente comienza a ingresar a presenciar el Juramento. Se consultó y como era un acto público no hubo impedimento para el acceso. Completaron la Sala del acto el corredor, el atrio en el segundo piso, las escaleras y atrio de primer piso, escaleras hasta el hall de Planta Baja.” … “No hubo situaciones de violencia al ingreso sino que las situaciones de cánticos fueron dentro del edificio.” (Jefe de Policía Insp. Mayor, Diego Enrique FERNÁNDEZ VALLARINO - fs. 11 a 16). 2) No fue previsto por los funcionarios judiciales encargados, el ingreso masivo de personas para protestar por el traslado de una magistrada, al Edificio de la S.C.J.: Nada hacía prever que intentarían ingresar masivamente ni yo tenía noticia de que se hubieran propuesto intentarlo. Como ya relatamos la Jueza Mota llega minutos antes de la hora prevista para el juramento y es allí cuando se produce el avance de los manifestantes hacia el interior de la corte. La situación nos toma por sorpresa pero de todos modos resolvemos impedir el ascenso de esa gente al primer piso justamente tomando en cuenta la limitación de espacio allí existente y el carácter de la manifestación. A pesar de haberles dicho claramente que todavía no era momento de ingresar, como ya lo dijimos, insistieron al punto de generar una situación de tensión que no fue posible contener sin el riesgo que hubiera un enfrentamiento físico con los funcionarios que me acompañaban ... de la simple observación del grupo de manifestantes no era posible inferir que en determinado momento se organizarían del modo que lo hicieron. En los diez años en los que he participado de estas ceremonias, nunca habíamos tenido un antecedente similar y no estábamos preparados desde el punto de vista de nuestros procedimientos para enfrentar una cosa así. ... Nosotros impedimos el paso de la concurrencia buscando ordenar el ingreso. Estábamos parados en la única vía de ingreso que es el pie de la escalera principal en la planta baja junto con Ethel Mercadal y Alba Yona, solicitando a la concurrencia que esperasen nuestras indicaciones. Los manifestantes hacen caso omiso de nuestras indicaciones, se escuchan palmas, gritos, expresiones injuriantes, demandas para pasar y ascender a la sala de juramentos, y luego de esto comienzan a avanzar por la escalera. En ese momento llamó al policía que todavía estaba en la puerta principal, Carlos Molina, para que se ubique con nosotros en la escalera a efectos de impedir el paso. La situación se vuelve tensa se producen fricciones verbales con los funcionarios a mi cargo y en determinado momento decido que no se impida mas el paso de los manifestantes para evitar otras consecuencias. La gente sube masivamente por la escalera se agolpa en el primer piso del Palacio Piria y en la sala de juramentos e impide toda posibilidad de realizar una ceremonia con el orden que la misma requiere. (Director de DICOM de la S.C.J., Dr. Raúl Yamil OXANDABARAT MALGOR – fs. 153 a 165). Creo que ni ellos mismos lo programaron, se me ocurre que fue espontáneo, al menos eso parecería. Si hubiera existido una estrategia no hubieran entrado como un malón. Fue aumentando el número luego de las 11, creo que hubieron cosas que surgieron allí. (Secretario Letrado de la S.C.J., Dr. Fernando Raúl TOVAGLIARE ROMERO – fs. 189 a 197). En igual sentido ver las declaraciones de las funcionarias judiciales, Alba Yolanda YONA MALACRIA - fs. 203 a 207, Suhiter Ethel MERCADAL VARLOTTA – fs. 198 a 202, Adriana Ximena PAGANI SATALIA – fs. 214 a 217 y Alejandra Adagisa ARAGÓN YONA - fs. 208 a 213; y de los funcionarios policiales del Cuerpo de Seguridad de la S.C.J., Carlos Samuel MOLINA SUÁREZ – fs. 172 a 179 y Germán GARCÍA PARACAMPO – fs. 180 a 184. 3) Las personas que estaban afuera del Edificio, que luego ingresaron y ocuparon el mismo no respondían a un único grupo: .. entre los manifestantes estaba Zabalza, Irma Leites y algunos gremialistas notorios, digamos que no había un líder para todo, cada cual tenia su grupo, en el mismo hall se pone un cordón de policías separando los ocupantes quienes en todo momento se manifestaban con cánticos alusivos a los derechos humanos, en ese ínterin se logra que unos cuantos manifestantes se retiraran, pero el grupo del Sr. Zabalza y la Sra. Leites junto con otros no se retiraba y daban conferencia de prensa dentro del local.” (Comisario de la Seccional Policial 3ra., WALDISNEY DUTRA CUÑA - fs. 22 a 25). “... En el hall se encontraba un número de personas con pancartas, uno estaba con una bicicleta quien se puede identificar. Estaban en el hall Zabalza, Irma Leites, dirigentes sindicales entre quienes están Signorelle con quien salimos aparte y mantuvimos una conversación. En la misma me manifestó que el PIT-CNT estaba manifestando su disconformidad con la situación del traslado de la Jueza pero acataban la orden de retirarse, cosa que hicieron, pero que no se hacían responsables de la gente que estaban con Leites y Zabalza. Salieron y se retiraron, prácticamente no quedó ninguno de ellos. Quedaron dentro de la Sala personas que respondían a Leites y Zabalza. Yo tomé el mando, hice un relevamiento del lugar interior y exterior.” (Jefe de Policía Insp. Mayor, Diego Enrique FERNÁNDEZ VALLARINO - fs. 11 a 16). Habían representantes de agrupaciones de derechos humanos, sí recuerdo que llamaba la atención ya que el oficial hablaba con Signorelli, y había otro que le gritaba que se fuera porque no tenía nada que negociar y que no estaba legitimado. La gente de agrupación de hijos decían que no era algo del PIT-CNT, que no era una cuestión política y que no había nada que negociar. En el momento no lo recordaba pero luego en el informativo vi que estaba Zabalza y que salió haciendo declaraciones, Irma Leites, habían representantes de distintos sectores. Los sectores que eran mas radicales, de hijos de desaparecidos, no puedo identificar a representante. Se que quien le gritaba a Signorelli era un hombre de 40 años, calvo, y que le incriminaba a los gritos de que el sindicato no tenía nada que negociar y que no fuera a hacer política, todo desde dentro de la sala. (Se le exhiben fotos glosadas en autos, y reconoce a la persona que luce a fs. 105 que de acuerdo al parte policial no resultó identificado). ... Uno puede ver cosas que no tiene vinculación entre si, porque entre ellos se peleaban, habían conflictos en los mismos grupos. (Fernando Raúl TOVAGLIARE ROMERO – fs. 189 a 197). Me consta que el dirigente del PIT-CNT Signorelle colaboró en las negociaciones incluso logró convencer a un importante grupo de gente de que abandonara el lugar voluntariamente. Hubo quienes se negaron a hacerlo. Cuando Signorelli logra convencer a un grupo de que se retire, recibe abucheos, gestos de desaprobación, habían personas que estaban en la posición extrema de que no solo no iban a abandonar el lugar sino que iban a impedir el juramento... ... No logré diferenciar qué personas pertenecían a qué grupos pero sí recuerdo al grupo de defensores de Derechos Humanos, porque se trataba de personas de mucha edad, especialmente mujeres, y más de 70 años. Había de todas las edades en general, los jóvenes en su grupo y estas personas en otro grupo, la diferencia era notoria, pero no estoy seguro que personas respondían a que grupo. Estas personas de mucha edad me contestaban que no se iban a ir y que no querían que se realizara la ceremonia. La técnica empleada por el Insp. Fernández resulta exitosa salvo excepción de alguna de estas personas de más de 70 que se quedaron en la sala de audiencias y cumplido el plazo límite debieron ser sacadas en andas por los policías presentes (Dr. Raúl Yamil OXANDABARAT MALGOR – fs. 153 a 165). Luego empezaron a aparecer las pancartas, los gritos, no era el ambiente de protocolo que requiere el acto, era un caos. Había de todo, gente que gritaba sobre la tierra en alusión al impuesto agrario, una mujer gritaba porque decía que la morgue tenía al hijo hace un año, luego también gritaban los de derechos humanos. Habían grupos de personas mas alteradas que otras. ... Incluso para retirarlos al final tuvo que estar y actuar el Jefe de Policía de Montevideo. También fue el PIT CNT allí, y la gente se puso peor porque la gente les gritaba que fueran a hacer política a otro lado. Por lo que gritaban, eran de todos grupos diferentes, era un caos. Dentro de la sala, nunca pudieron entrar policías, entró el Jefe de Policía para hablarle a la gente y decirle que había que desalojar. Desde dentro veíamos que estaban haciendo un cordón y que la gente se iba, algunas personas salían, otras no querían irse, les pedían por favor por las buenas, los filmaban, hubo gente que se resistió y por ejemplo a una señora la sacaron en andas (Alejandra Adagisa ARAGÓN YONA - fs. 208 a 213). 4) Había notoriamente más de 15 personas protestando en forma tumultuaria dentro del Edificio de la S.C.J., según se desprende de las declaraciones contestes recibidas en estos autos. Por ejemplo, la del Comisario de la Seccional Policial 3ra., WALDISNEY DUTRA CUÑA (fs. 22 a 25), quien indica claramente: “ ...Al rato me comunica dicho oficial (OCAMPO) que las personas que estaban afuera habían ingresado al local y que ocupaban la parte donde se iba a realizar la ceremonia, que lo hacían con cánticos y que estaban bastante alterados, en ese momento entro por la puerta de San José y constato dicha manifestación por lo cual pongo en conocimiento a los superiores… los que se hicieron presentes en forma inmediata … Unas 150 personas, quienes tenían la actitud de no irse y la intención era que el acto de juramento no se realizara.”. Este número de partícipes, conjuntamente con lo que se indicará en el numeral siguiente, hace que, de puro derecho, deba descartarse la imputación delictual reclamada por el Sr. Fiscal. 5) No hubo lesionados ni daños. Hubo resistencia física a la desocupación. Las agresiones a los policías actuantes, no tenían como fin lesionar sino provocar la reacción de los mismos: “Yo creo que más bien era para trancar un poco y hacer tiempo, más que nada fue todo para la prensa. Esto fue para la prensa, yo en un momento se lo dije a Zabalza, le dije que estaban buscando que les pegáramos, era de provocación e insulto, lo que se buscaba era eso. Inclusive la Sra. que está en el número 1 (BORDA BARONE) le pegó el cachetazo por eso. A mi cuando me dieron el piñazo, no era para lesionar sino para provocar, ahí se buscó la reacción.” (Marko Fabián YAKES RODRÍGUEZ - fs. 136 a 137). “La intención de los golpes era más que nada para molestar y provocando una reacción más que lesionar. A diferencia con los casos deportivos, allí la intención es de lesionar pero aquí la intención es más de provocar.” (Alfredo Gabriel MACIEL HENRIQUES - fs. 132 a 133). “Es llamativo que cuando los cordones policiales comenzaron la labor de desalojo algunos manifestantes se arrojaban sobre ellos o se sentaban en sillas existentes en el lugar buscando generar episodios en que se evidenciara alguna forma de violencia policial.” (Dr. Raúl Yamil OXANDABARAT MALGOR – fs. 153 a 165). En tal aspecto fue muy contundente en su declaración el Coordinador Ejecutivo, Insp. Mayor Miguel Ángel IRAOLA RODRÍGUEZ (fs. 26 a 32): “Respecto a hechos de violencia debemos ser bien específicos en diferenciar la mucha violencia verbal que hubo pero no física. La violencia física, los forcejeos físico que hubo, fue solamente eso, cuando los Policías empujaban, hubo resistencia pero no lesionados. En la parte verbal hubo improperios directo hacia los Ministros de la Corte, no con nombre y apellidos pero quedaba claro que estaba dirigido hacia ellos.”. Además de por el número que sobrepasa los 15, por falta de tipicidad, se irá al rechazo de la imputación delictual solicitada por el Sr. Fiscal de fs. 340 a 345 vto., por no resultar conjugados todos los elementos del tipo penal atentado previsto en el art. 172 del C.P. En efecto, de las declaraciones de los funcionarios policiales actuantes, resulta que los empujones y forcejeos no tenían por objeto lesionar ni ejecutar actos de violencia o amenaza física sino “más bien” provocar la reacción de los agentes del orden, aprovechando la presencia de la prensa. Por tanto, en la situación de autos, a juicio de la suscrita, resulta manifiesta la ausencia del elemento subjetivo del delito de atentado. 6) Dentro de esos diferentes grupos de personas que en forma tumultuaria ocuparon la S.C.J., el pasado 15/02/2013, con gritos, consignas e insultos, se observaron diferentes intencionalidades: Previo al desalojo se acerca Zabalza a hablar conmigo donde me manifiesta que dada la situación, me solicita que yo hable con la Suprema Corte para que suspendiera la ceremonia. Yo lo escuché y no le dije nada. (Jefe de Policía Insp. Mayor Diego Enrique FERNÁNDEZ VALLARINO - fs. 11 a 16). Lo que sí se percibía y escuchaba en conversación entre las personas allí presentes era la intención manifiesta de que ...había que impedir el acto (Coordinador Ejecutivo, Insp. Mayor Miguel Ángel IRAOLA RODRÍGUEZ - fs. 26 a 32). ...tenían la actitud de no irse y la intención era que el acto de juramento no se realizara. (Comisario de la Seccional Policial 3ra. WALDISNEY DUTRA CUÑA - fs. 22 a 25),). Me consta que el dirigente del PIT-CNT Signorelli colaboró en las negociaciones incluso logró convencer a un importante grupo de gente de que abandonara el lugar voluntariamente. Hubo quienes se negaron a hacerlo. Cuando Signorelli logra convencer a un grupo de que se retire, recibe abucheos, gestos de desaprobación, habían personas que estaban en la posición extrema de que no solo no iban a abandonar el lugar sino que iban a impedir el juramento, eran personas mayores de mas de 60 años, de organizaciones de Derechos Humanos y que no puedo determinar quienes son porque no los conozco. ... Yo no negocié expresamente con Irma Leites, si tuve intercambio de palabras con ella, en el primer piso del Palacio Piria y recuerdo haber solicitado lo mismo que a mucha gente, que desalojaran el lugar y que permitieran la realización de la Ceremonia, lo cual fue contestado negativamente, el diálogo fue breve, su respuesta negativa y no recuerdo las palabras exactas. Luego de Irma Leites, también tuve diálogo con Jorge Zabalza que se encontraba en el primer piso y volví a reiterar los conceptos ya dichos a lo que respondió que tenían derecho a estar ahí, que la Jueza Mota era trasladada en forma ilegítima y que no se irían por lo que deberían dejar el juramento para otro momento. Cuando tuve ese diálogo con él, tenía a dos personas al lado. ... Recuerdo claramente que en el diálogo con Zabalza el impedimento para realización del acto era absoluto porque proponía que lo realizáramos en otro momento, con la aclaración que ya hice de que se encontraba acompañado solamente por dos personas al momento de manifestarme esto. Además recuerdo la conversación con las señoras mayores integrantes de los grupos de Defensa de Derechos Humanos que no puedo identificar, también se me hizo saber de una determinación similar. Es bueno aclarar que muchos de los manifestantes hacían declaraciones a viva voz sin dirigirse específicamente a ninguno de nosotros y en esas declaraciones, también hacían saber motivaciones similares (Director del DICOM de la S.C.J. Dr. Raúl Yamil OXANDABARAT MALGOR – fs. 153 a 165) El grueso de la gente salió bastante rápido, un grupo fue el que mas se resistió. ... ... la nro 1 (BORDA BARONE) es de las que más se destacó en los incidentes, ella le dio una cachetada a uno de los funcionarios policiales y la que más incitó a no retirarse, además de los insultos. El nro. 2 (DIEGO JAUME) también estuvo bastante agresivo, cuando recién ingresamos me saltó al escudo, creo que hasta sale en una filmación. ... También reconozco al Sr. que está en la foto 9 (no identificado), en la foto esta clarísimo, cuando lo intentábamos sacar se nos tiraba encima y pegaba patadas. ... Inclusive la Sra. que está en el número 1 (BORDA BARONE) le pegó el cachetazo por eso. A mi cuando me dieron el piñazo, no era para lesionar sino para provocar, ahí se buscó la reacción (Marko Fabián YAKES RODRÍGUEZ - fs. 136 a 137). ... era una aglomeración grande de gente y automáticamente nos empiezan a gritar y a agredir. Yo era el de la punta izquierda, recibí en ese momento varios golpes algunos en el escudo, que a esa persona si la tengo identificada y a otra persona que me pegó en el casco, que esa persona según mi compañero era el ex jugador de nacional, Jaume (DIEGO JAUME) ...La nro. 1 (BORDA BARONE) agredió verbalmente a la policía, a los jueces que estaban adentro les gritaba vende patria que ellos no sabían lo que era la justicia y un montón de cosas mas. Ella no paró de gritar desde que entramos hasta que se fueron y al Presidente de la República es al que más insultó. El nro. 2 (DIEGO JAUME) no tengo nada que decir más allá de insultos verbales. El nro. 3 (ÁLVARO JAUME) estaba buscando la reacción de la policía en todo momento, iba contra los escudos, insultaba, daba fuerza a toda la masa que estaba ahí, El nro 4 (EDUARDO JAUME) lo reconozco porque en esa misma foto al que le están pegando soy yo, el me agredió en el casco y también estaba incitando a la masa y empujando a los policías. El nro. 5 (VARELA BUDES) daba codazos y patadas, con sus brazos hacía palanca para romper la línea policial. Zabalza daba codazos y también con los pies, disimulaba muchísimo porque cuando nos agredía se ponía de espaldas, hablaba con la prensa y ahí nos daba codazos. En un momento ellos dicen que no estaban ocupando pero luego en la prensa también dijeron que hasta que no se suspendiera el acto de ahí no se movía nadie.... El 9 (no identificado) insultaba y daba codazos, y el nro. 10 (no identificado) lo tengo plenamente identificado porque me desafiaba y buscaba la reacción policial en todo momento, pegaba mucho en el escudo. (Adrián Michel CHIAPPA PERALTA - fs. 138 a 139 vto.). III) LA CALIFICACIÓN JURÍDICA QUE PRIMA FACIE SE REALIZA DE LOS HECHOS QUE SE TIENEN POR SEMIPLENAMENTE PROBADOS: Las conductas desplegadas por los indagados, se adecuan por tipicidad a la comisión en calidad de autores de un delito de asonada (art. 145 del C.P.). En efecto, todos ellos participaron de una reunión tumultuaria que afectó el bien jurídico orden político interno del Estado, menoscabando por la estruendosa e ilícita ocupación del Edificio público donde tiene asiento la Suprema Corte de Justicia, el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales y administrativas del máximo órgano del Poder Judicial, y provocando una clara perturbación mediante gritos e injurias en la celebración de audiencias públicas de juramentos a sus nuevos cargos de varios jueces, las cuales, por consecuencia directa de los hechos, debieron suspenderse y prorrogarse por más de tres horas; y de dichas acciones emerge la adecuación típica con la figura penal imputada. En este tipo delictual, no se requiere el concierto previo a la reunión, pudiendo sumarse espontáneamente las voluntades necesarias, por accesión o confluencia de personas, como aconteció en la situación de autos. Debe descartarse asimismo la tipificación de sedición, ya que en los hechos predominó absolutamente la protesta verbal (incluso en su expresión extrema, el agravio o insulto) y, según las transcripciones efectuadas supra, no se aprecia, y por tanto se debe descartar, el uso de la “fuerza o violencia” destinada a obtener alguna de las finalidades ilícitas enumeradas en el art. 143 C.P. Todos los partícipes del grupo individualizado responden por igual, no advirtiéndose elementos que ameriten disponer unos procesamientos con medidas privativas de libertad y otros sin tales medidas; razón por la cual todos los procesamientos se dispondrán sin prisión. IV) LA SUPUESTA CRIMINALIZACIÓN DE LA PROTESTA EN LOS HECHOS DE AUTOS, ARGUMENTADA POR LOS SRES. DEFENSORES: Especial consideración merecen los excepcionamientos basados en el carácter supuestamente político de la requisitoria fiscal o en la pretendida intencionalidad política que las defensas atribuyen a los pedidos de procesamiento o en la trascendencia política que le adjudican a lo que califican como criminalización de la protesta. Tales consideraciones son intrínsecamente políticas y, como tales, son respetables y pueden plantearse en los ámbitos que el Estado de Derecho garantiza para la crítica de las leyes. Pero la Magistratura debe distinguir sin vacilaciones entre la obediencia a lo que es de lege lata (la ley tal como es) y las críticas expuestas de lege ferenda (la ley tal como podría ser). Si el Pretorio no se ajustara a esa distinción, no sólo violaría el deber de legalidad al que debe acatamiento cada miembro del cuerpo judicial y la ciudadanía toda; además, estaría agrediendo los derechos ciudadanos, una de cuyas principales garantías es, precisamente, el principio de legalidad, exigible rigurosamente en materia penal. Por lo demás, la libertad y todos los otros derechos son consagrados por nuestro ordenamiento constitucional sistematizándolos con sus límites, hasta el punto que, tras enumerar aquellos, el mismo artículo 7 de la Constitución indica que todos los derechos son pasibles de limitaciones “conforme a las leyes que se establecen por razones de interés general”. Igual cosa ocurre con la libertad individual y colectiva de la expresión del pensamiento. Ella es garantizada en términos inequívocos por la Constitución Nacional, al estatuir el art. 29 que “Es enteramente libre en toda materia la comunicación de pensamientos por palabras, escritos privados o publicados en la prensa o por cualquier otra forma de divulgación, sin necesidad de previa censura”, pero en la parte final del mismo artículo se establece que quedará “responsable el autor, y, en su caso, el impresor y emisor, con arreglo a la ley por los abusos que cometieren.”. Las libertades y sus límites constitucionales operan como dos caras de la misma moneda. Los argumentos políticos no pueden, por lo tanto, ignorar la existencia constitucional de límites al principio de libertad, cuya consagración jurídica moderna sigue desarrollando, con nuevos tecnicismos, la secular fórmula del art. 4 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de la Asamblea Nacional Francesa de 1789, según la cual “La libertad consiste en poder hacer todo lo que no daña a otro”… “sin más límites que los que aseguran a los otros miembros de la sociedad el goce de esos mismos derechos. Tales límites no pueden ser determinados más que por la ley.”. Es así como la libertad de reunión es consagrada por la Declaración Universal de los Derechos Humanos proclamada por la ONU el 10 de diciembre de 1948 en términos que también son amplios pero tampoco son absolutos, al establecer el art. 20 “Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas”, lo cual excluye agravios soeces, ocupación de lugares públicos, impedimento o dilación en cumplir funciones de Estado y, en general, actos de la índole de los examinados en el presente sub causa. Cabe consignar que la independencia (del Poder Judicial como institución y de los Jueces como portadores de un poder público sometido al orden público) debe ejercerse también respecto a la intencionalidad, los intereses y las pasiones que psicológicamente puedan adjudicarse a quienes oficien como denunciantes, querellantes, acusadores o defensores. La objetividad que se reclama al Derecho Penal requiere precisamente el descarte de los elementos ajenos a el que puedan interferir al valorar objetivamente si una conducta conjuga o no el verbo activo de un tipo y si se ajusta o no a la definición legal de un delito determinado. Por tanto, ni la atribución de intencionalidad política a una requisitoria ni las consecuencias políticas de una decisión habilitan al Magistrado a torcer el juzgamiento respecto a los hechos concretos sobre los que resulta llamado a ejercer sus competencias. Siendo el Derecho un sistema común a la sociedad toda, ubicado por encima de todas las parcialidades, la obligación de la iuris dictio –decir el Derecho- impone valorar los hechos y las pruebas sin más medición política que el acatamiento severo a la Constitución y al orden jurídico que de ella deriva y en ella reposa. En el acierto o el error, esta Magistrada se atiene a esos principios, a los cuales considera de aplicación inmediata, por ser imperativos sin condiciones; y cumple su deber tipificando las conductas que desbordaron la mera expresión de la libertad de pensamiento que ampra la Constitución y obstaculizaron, por breves horas, la normalidad de la gestión de un Poder del Estado. V) LA PRUEBA DE LOS HECHOS RELACIONADOS SURGE: * De las actas de conocimiento de fs. 2 a 5. * Parte policial de fs. 6 a 8 y ampliatorio de fs. 68 a 107. * Declaraciones del Jefe de Policía Insp. Mayor Diego Enrique FERNÁNDEZ VALLARINO (fs. 11 a 16), Coordinador Ejecutivo, Insp. Mayor Miguel Ángel IRAOLA RODRÍGUEZ (fs. 26 a 32), Comisario Encargado del Grupo Especial de Patrullaje Preventivo PABLO SERGIO YACOVENCO ROMEIRO (fs. 17 a 19), Comisario de la Seccional Policial 3ra. WALDISNEY DUTRA CUÑA (fs. 22 a 25), Jefe de la Guardia Metropolitana Eduar Leonardi ALVEZ DE ALMEIDA TORRES (fs. 20 a 21) y Oficial a cargo del personal de la Unidad del DOE, Fernando Gabriel OCAMPO MOREIRA (fs. 119 a 123). * Declaraciones de funcionarios policiales del GEPP, María Gimena ASUNCIÓN SEVERO (fs. 124 a 125) Cesar Vázquez Suárez (fs. 126 a 127), Rodrigo Andrés CASTRO DE LOS SANTOS (fs. 128 a 129), Alfredo Gabriel MACIEL HENRIQUES (fs. 132 a 133), Ariel Oscar SORIA JEREZ (fs. 134 a 135), Marko Fabián YAKES RODRÍGUEZ (fs. 136 a 137), Adrián Michel CHIAPPA PERALTA (fs. 138 a 139 vto.), Marianela Cristina AGUIAR MONTES DE OCA (fs. 168 a 169) y Rubén José Martínez Castro (fs. 170 a 171). * Declaraciones del Director del DICOM de la S.C.J. Dr. Raúl Yamil OXANDABARAT MALGOR – fs. 153 a 165 y del Secretario Letrado de la S.C.J. Dr. Fernando Raúl TOVAGLIARE ROMERO – fs. 189 a 197. * Declaraciones de las funcionarias judiciales, Alba Yolanda YONA MALACRIA - fs. 203 a 207, Suhiter Ethel MERCADAL VARLOTTA – fs. 198 a 202, Adriana Ximena PAGANI SATALIA – fs. 214 a 217 y Alejandra Adagisa ARAGÓN YONA - fs. 208 a 213. * Declaraciones de los funcionarios policiales del Cuerpo de Seguridad de la S.C.J., Carlos Samuel MOLINA SUÁREZ – fs. 172 a 179 y Germán GARCÍA PARACAMPO – fs. 180 a 184. * Carpeta de Policía Técnica de fs. 54 a 67. * CD y pericia de Policía Técnica glosado de fs. 239 a 246. * Sobre con CDs. con filmaciones de los canales 4, 10, 12 y DNPT, acordonado a estos autos. * Declaraciones de Gustavo Francisco SIGNORELE RODRÍGUEZ - fs. 267 vto. a 269, Humberto Iván FRANCO BELLI - fs. 283 a 289 y Santiago Raúl MAZZAROVICH GONZÁLEZ - fs. 292 a 298. * Declaraciones por informe del Sr. Presidente de la S.C.J., Dr. Jorge RUIBAL PINO - fs. 233 a 234 y de los Sres. Ministros de la S.C.J. Dr. Jorge LARRIEUX - fs. 220, Dr. Julio César CHALAR - fs. 224 a 225, Dr. Ricardo PÉREZ MANRIQUE - fs. 227 a 228 y Dr. Jorge Omar CHEDIAK GONZÁLEZ - fs. 231 a 232. * Declaraciones de los indagados en presencia de sus defen¬sores. Por lo expuesto y lo establecido en los arts. 60 y 145 del C.P., arts. 10, 113, 125 y 126 del C.P.P., y arts. 15 y 16 de la Constitución de la República, RESUELVO: I) DECRETASE LOS PROCESAMIENTOS SIN PRISIÓN Y BAJO CAUCIONES JURATORIAS DE IRMA GLADYS LEITES DALTO, JORGE PEDRO ZABALZA WAKSMAN, PATRICIA VERÓNICA BORDA BARONE, ÁLVARO JAUME BOCKINO, ANÍBAL VARELA BUDES, DIEGO JAUME FAVARO Y EDUARDO JAUME FAVARO, IMPUTÁNDOLES “PRIMA FACIE LA COMISIÓN EN CALIDAD DE AUTORES DE UN (1) DELITO DE ASONADA, COMUNICÁNDOSE. II) PUESTA LA CONSTANCIA DE ENCONTRARSE LOS PREVENIDOS A DISPOSICIÓN DE LA SEDE, TÉNGASELES POR SUS DEFENSORES A LOS YA DESIGNADOS. III) CON CITACIÓN DE LA FISCALÍA Y DE LA DEFENSA, TÉNGASE POR RATIFICADAS E INCORPORADAS AL PRESENTE SUMARIO LAS ACTUACIONES PRESUMARIALES QUE ANTECE¬DEN. IV) OFÍCIESE SOLICITANDO PLANILLAS PRONTUARIALES Y DE ANTECEDENTES DEL I.T.F. V) AGREGADAS LAS PLANILLAS DEL I.T.F., COMÉTESE A LA OFICINA ACTUARIA EL INFORME DE LAS CAUSAS QUE LUZCAN SIN CONCLUIR Y LAS COMUNICACIONES DE ESTILO QUE CORRESPON¬DIEREN (ART. 139 DEL C.P.P.). VI) COMO PIDE EL SR. FISCAL, FÓRMESE PIEZA PRESUMARIAL CON TESTIMONIO COMPLETO DE LAS PRESENTES ACTUACIONES, DESGLÓSESE Y AGRÉGUESE A LA REFERIDA PIEZA PRESUMARIAL ESCRITO DE FS. 335 A 337 (DEJÁNDOSE TESTIMONIO EN AUTOS DE LAS REFERIDAS ACTUACIONES) Y CUMPLIDO, PASE EL REFERIDO PRESUMARIO EN VISTA FISCAL. NOTIFÍQUESE. Dra. Gabriela Merialdo Cobelli. Juez Letrado en lo Penal de 9º Turno
Posted on: Tue, 05 Nov 2013 13:16:17 +0000

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