Promulgaron la ley que establece que las esperas de clientes no - TopicsExpress



          

Promulgaron la ley que establece que las esperas de clientes no podrán superar los 30 minutos: (14 de septiembre) W W W . C H A J A R I N O T I C I A S . W E B S . C O M La norma implementa un sistema de sanción de multas y hasta clausuras para quienes incumplan con la normativa. Y al mismo tiempo, obliga a los comercios de alta circulación de gente a que tengan sanitarios de uso público. En muchos rubros y actividades económicas, las colas y esperas se han suprimido por los trámites a través de los nuevos soportes tecnológicos, como home banking, Internet o telefonía celular. Sin embargo, la compra o contratación de productos o servicios en muchos casos sigue siendo personalizada. La Legislatura entrerriana sancionó la Ley que incrementa la protección de los derechos de los usuarios, al establecer el tiempo máximo de espera para los clientes en 30 minutos. La norma implementa un sistema de sanción de multas y hasta clausuras para quienes incumplan con la normativa. Y al mismo tiempo, obliga a los comercios de alta circulación de gente a que tengan sanitarios de uso público. La Ley Nº 10.236 que considera como “práctica abusiva” las esperas superiores a los 30 minutos, que se suelen producir en entidades financieras, entes recaudadores provinciales, empresas de servicios de luz, gas, teléfono, televisión por cable o aire, supermercados, entre otras. La norma fue promulgada esta semana por el Poder Ejecutivo Provincial, y se aguarda la publicación en el Boletín Oficial, para conocer su reglamentación. Recién allí entrará plenamente en vigencia. En Defensa del Consumidor de la Municipalidad de Paraná consideraron auspiciosa la medida al insertarse en la batería de medidas que en los últimos años apuntalaron los derechos de los clientes y consumidores. Si de amansadoras se trata el Banco de la Nación Argentina es una entidad emblemática, que deberá modificar su dinámica si esta norma, impulsada por la legisladora Rosario Romero, entra finalmente en vigor. La titular del organismo, Zulma Cabrera, apuntó que “hasta el momento, las denuncias por esperas se radicaban en lo que la Ley nacional Nº 24.240 considera como prácticas abusivas. El avance está dado en que ahora se legisló particularmente sobre las esperas en forma directa, ya que antes la consideración de práctica abusiva incluía más afectaciones a los derechos del consumidor. Habrá entonces una aplicación directa de la normativa”. En ese sentido, citó que semanas atrás, recibieron denuncias telefónicas por situaciones planteadas en supermercados locales. “Ante esta situación elevamos notas a los comercios, pidiendo que en horarios pico incrementen la cantidad de cajas de atención”, explicó la funcionaria. Asimismo, Cabrera insistió en aconsejar a los consumidores que sufran este tipo de abusos, solicitar el libro de quejas en el comercio. “Es la manera de poder avalar que el usuario afectado estuvo en el lugar”. En ese orden, indicó a diario Uno que los comercios están obligados a tener un libro de quejas. Sin embargo, muchos no lo tienen: se estima que más de la mitad está en falta con la Ordenanza municipal Nº 8.466 que data de 2004. La cifra de los comercios en regla es de alrededor de 6.000, en un universo superior a los 14.000 locales. El control de la presencia de este instrumento a favor de los consumidores está a cargo de la Dirección de Habilitaciones Comerciales, y deben estar foliados y rubricados por Defensa del Consumidor. “Nosotros insistimos a los clientes que lo soliciten, lo exijan; tenemos casos de comercios que lo tramitaron, y pese a que los notificamos para que vengan a retirarlos, no lo hacen. Por esa razón, se inicia un proceso que puede derivar en sanciones para los comerciantes.
Posted on: Sat, 14 Sep 2013 17:41:44 +0000

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