VII-TASR-CT-11 RECURSO DE RECLAMACIÓN. ES FUNDADO EL INTERPUESTO - TopicsExpress



          

VII-TASR-CT-11 RECURSO DE RECLAMACIÓN. ES FUNDADO EL INTERPUESTO EN CONTRA DEL PROVEÍDO QUE TIENE POR NO PRESENTADA LA DEMANDA DEPOSITADA EN EL SISTEMA AUTOMÁTICO DE RECEPCIÓN DE OFICIALÍA DE PARTES ANTES DEL DÍA DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO CORRESPONDIENTE.- El artículo 39, segundo párrafo del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, establece que la presentación de una promoción que no sea de término en el Sistema Automático de Recepción de Ofi cialías de Partes se tendrá por no hecha, consecuencia que no opera en tratándose de demandas que sean depositadas a través de ese sistema antes del vencimiento del plazo correspondiente. Lo anterior es así porque el artículo 13, fracción I de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, prevé que el único supuesto de temporalidad bajo el cual una demanda puede ser rechazada es la extemporaneidad y, en segundo, porque el artículo 39, segundo párrafo del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, es contrario al derecho humano de acceso a la justicia previsto en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 8, numeral 1 y 25, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, pues tal medida difi culta el acceso de los justiciables al Tribunal sin que exista justifi cación razonable de la propia administración de justicia. En consecuencia, cuando una demanda sea depositada en el Sistema Automático de Recepción de Ofi cialías de Partes antes del día del vencimiento del plazo correspondiente, si no existe otra causa que lo impida, debe ser admitida en observancia al derecho humano del acceso a la justicia. Máxime cuando la fi nalidad con la que se estableció dicho sistema fue para favorecer a los gobernados. Revista junio 2013
Posted on: Tue, 02 Jul 2013 05:01:07 +0000

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