Resolución 2009-1423, TRIBUNAL DE CASACIÓN PENAL. Segundo - TopicsExpress



          

Resolución 2009-1423, TRIBUNAL DE CASACIÓN PENAL. Segundo Circuito Judicial de San José. ..."Dicho en otros términos, si al imputado se le presume inocente hasta que se demuestre lo contrario, debe partirse de eso, de que es inocente y no podría obligársele a probar que hubo consentimiento, y la prueba dirá si existió o no, pero no puede negarse que ese consentimiento de la persona afectada, puede ser tácito o expreso. Incluso, al partir de que el asentimiento debe ser demostrado fehacientemente, excluye el tema de la duda, pues si el imputado solo logra generar una duda sobre el asentimiento de la víctima, entonces siempre sería condenado, pues no alcanzó a demostrar en forma clara la venia o aceptación de la víctima en mantener esa relación. Tienen razón los impugnantes, que el fallo desde sus inicios invierte el principio de inocencia y le traslada a los acusados la carga de demostrar el asentimiento de la víctima, y afirma que esa demostración debe ser clara, de manera que excluye como causal de absolutoria la duda. Este punto de partida del fallo contamina todo lo resuelto, pues infringe en forma grave y grosera el contenido del artículo 9 del Código Procesal Penal, y los artículos 39 y 40 de la Constitución Política de Costa Rica. ..."
Posted on: Sat, 27 Jul 2013 05:17:20 +0000

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