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HASTA EL 25 DE JULIO > LISTAS PARA ELECCIONES 2013 Recordamos que la Sociedad de Arquitectos del Uruguay convoca a la Asamblea Ordinaria anual para la elección de: 10 miembros titulares y 10 suplentes para integrar la Comisión Directiva, 15 miembros del Colegio de Asesores, y 5 miembros del Colegio de Jurados para el período agosto 2013 - agosto 2014. Como es de conocimiento del gremio, por Resolución del Ministerio de Educación y Cultura (MEC), de fecha 19 de julio de 2012, se dio aprobación a la Reforma de Estatutos de la Sociedad de Arquitectos del Uruguay. Esta reforma de Estatutos fue votada en ocasión de la Asamblea General de socios convocada en las elecciones del año 2011 y fue posteriormente plebiscitada, con resultado afirmativo, conforme las disposiciones vigentes sobre modificación de estatutos. Destacamos que según disposición transitoria, los nuevos estatutos comienzan a regir a partir de la segunda elección siguiente a su aprobación por parte del MEC, y si la segunda elección no fuera la de presidente, comenzará a regir a partir de la tercera elección, por lo qué empezará a regir a partir de la elección que se celebrará en el año 2014. Por lo tanto, los arquitectos electos en la renovación parcial de la Comisión Directiva que surgirá en las elecciones de 2013 ejercerán solo un año, en virtud de la entrada en vigencia del nuevo estatuto en 2014. Por el mismo período ejercerán quienes resulten electos para integrar el Colegio de Jurados y el Colegio de Asesores. FECHA LÍMITE PARA INSCRIPCION DE LISTAS: 25 de julio de 2013. FECHA ACTO ELECTORAL: 22 de agosto de 2013. Inscripción de listas La Comisión Asesora Electoral exhorta a los colegas a inscribir listas de candidatos las que podrán presentarse hasta el día jueves 25 de julio de 2013, a las 19 horas, en nuestra Sede Central. De acuerdo al sistema de elecciones aprobado por la Asamblea del 28 de mayo de 1970, se votará por listas de candidatos, de las cuales surgirán los futuros miembros de la Comisión Directiva y el total de los miembros del Colegio de Asesores, por el sistema proporcional. Requisitos La inscripción de listas de candidatos a miembros de la Comisión Directiva deberá efectuarse mediante una nota dirigida a la Comisión Asesora Electoral firmada por 3 (tres) socios titulares habilitados, adjuntando la lista con los nombres y apellidos de los candidatos a miembros de la Comisión Directiva, otra con los nombres y apellidos de los candidatos a integrar el Colegio de Asesores y otra con los candidatos a formar parte del Colegio de Jurados, firmada respectivamente por cada uno de ellos. En la lista deberá constar nombre y apellido completos de los candidatos y número de cédula. Cada lista contendrá los nombres de los candidatos en una ordenación sucesiva, debiendo convocarse a los que no hubieran sido electos titulares a medida que se produzcan las vacantes o suplencias y en orden sucesivo de colocación en la lista (sistema preferencial de suplentes), en cantidad igual a la de titulares electos. El número de candidatos a miembros de la Comisión Directiva en cada lista no podrá ser menor de 10 (diez) ni mayor de 20 (veinte). Si los socios que inscriben una lista integran además la misma, deberán igualmente firmarla. El número de candidatos a miembros del Colegio de Asesores no podrá ser mayor de 15 (quince). El número de candidatos a miembros del Colegio de Jurados no podrá ser mayor de 5 (cinco). Podrán presentarse indistintamente candidatos para una, para dos o para las tres listas indicadas. Los interesados en la presentación de listas de candidatos podrán consultar la nómina de socios habilitados en la sede social. Se recuerda que, de acuerdo al sistema de elecciones vigente, se vota para Comisión Directiva y para Colegio de Asesores por listas de candidatos de las cuales surgirán los futuros miembros por el sistema proporcional. Para Colegio de Jurados, se vota por candidato y se identifica el votante. Condiciones Para poder ser candidato a miembro de la Comisión Directiva el asociado deberá reunir la siguiente condición: «Son elegibles los socios titulares que al día de la elección tengan una antigüedad ininterrumpida mayor de un año. (Estatuto vigente, Art. 6, Tit. 3, num. 3). En caso de reingreso deberá tener un año de antigüedad anterior y seis meses ininterrumpidos de afiliación, luego del reingreso, para ser elegible.» Para poder ser candidatos a miembros del Colegio de Asesores el asociado deberá reunir las siguientes condiciones: tener una actividad profesional mínima de 10 (diez) años. Para poder ser candidato a miembro del Colegio de Jurados el asociado deberá reunir la siguiente condición: tener más de 10 años de actividad profesional y no estar comprendido por los artículos 9-19-1 y 9-19-2 del Reglamento General de Concursos, por cuanto los colegas comprendidos en ellos son miembros natos del citado Colegio. Dichos artículos son: 9-19: El Colegio de Jurados de SAU estará integrado por los arquitectos socios, que además cumplan con una de las siguientes condiciones: 9-19-1: Los que hallan obtenido dos premios en Concursos Públicos de Arquitectura y Urbanismo patrocinados por SAU en los últimos 10 años y tenga un mínimo de 5 años de actividad profesional. 9-19-2: Los que hallan sido nombrados delegados de los concursantes en los últimos 10 años y tengan también un mínimo de 5 años de actividad profesional. Comisión Asesora Electoral
Posted on: Fri, 05 Jul 2013 20:53:13 +0000

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