Homicidio imprudente: administración de una dosis del tratamiento - TopicsExpress



          

Homicidio imprudente: administración de una dosis del tratamiento de quimioterapia 10 veces superior a la prescrita, anticipando la muerte del paciente por insuficiencia renal (AP Valencia, 3ª, S 26 Jul. 2013. Rec. 85/2013) La víctima fue diagnosticada de un tumor neuroendocrino de páncreas, siendo intervenido quirúrgicamente y pautado, por el servicio de oncología del Hospital Clínico de Valencia, tratamiento quimioterápico con el fin de disminuir el tamaño del tumor, con el medicamento Zanosar y Adriamicina. El primero de ellos es un medicamento con alta toxicidad, no comercializado en España, que se obtiene por el Hospital a través del protocolo de petición de medicamentos extranjeros, recibiendo la dosis exacta pautada para este enfermo y para todos sus ciclos y cuya presentación es única, en viales de 1 gramo. Los dos primeros ciclos se administraron al paciente de forma correcta, pero en el tercero se produce una sobredosificación, ya que en lugar de los 1,8 gramos en dos días que debía haber recibido según la hoja de prescripción del oncólogo, le fueron administrados 18 gramos, lo que le produce una grave alteración de la función renal, entrando en un fracaso multiorgánico, renal, hepático y pulmonar, falleciendo por distress respiratorio aproximadamente al mes de la errónea administración del medicamento. Se condena por una grave infracción de la lex artis y de las normas de cuidado más elementales en el ámbito sanitario. Considera la Sala que las acusadas tuvieron un error inadmisible teniendo en cuenta la especial exigencia de cuidado que tanto en el Protocolo como en el prospecto de la droga suministrada le era exigible, generando con ello un resultado previsible y evitable, vinculado causalmente mediante la teoría de la imputación objetiva, pues con ese altísimo grado de toxicidad, vinculado con la dosis descomunal, y unido al factor de fragilidad que el paciente tenía por el tumor detectado, les hace responsable del resultado final de muerte, anticipando su fallecimiento En materia de responsabilidad ex delicto, mantiene el reconocimiento como perjudicados a la esposa de la víctima, -a quien se le reconoce una indemnización de 102.48364 €-, respondiendo como responsable civil directo la compañía aseguradora y como subsidiaria la Conselleria de Sanidad de la Generalitat.
Posted on: Tue, 12 Nov 2013 18:23:19 +0000

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