LA EXENCIÓN CONTRIBUTIVA DE LAS COOPERATIVAS ¿Por qué y Para - TopicsExpress



          

LA EXENCIÓN CONTRIBUTIVA DE LAS COOPERATIVAS ¿Por qué y Para qué existe? ¿Por qué es importante protegerla? Hace unos días, les preguntaba a un grupo de dirigentes cooperativos, por qué y para qué existen las exenciones contributivas que el Gobierno les concede a las cooperativas, y por qué resultaba indispensable protegerlas. La discusión, muy productiva por demás, demostró que todos estos buenos cooperativas, tenían, individualmente, elementos legítimos para justificar la protección de las exenciones contributivas, y muchos de ellos, pudieran debatir sus argumentos en cualquier foro ante los retos económicos que afronta el Gobierno desde hace varios años; retos que han puesto en terreno movedizo la permanencia o la mutación de las exenciones contributivas que benefician al Cooperativismo. Sin embargo, durante la discusión, no pude obtener una respuesta clara del POR QUÉ y PARA QUÉ existen las exenciones contributivas que le brinda el Estado al Cooperativismo, como parte de una estructura de desarrollo económico en Puerto Rico. Para nutrir la discusión, humildemente, les hice mi aportación de cómo yo contestaría esas dos preguntas ante nuestros líderes del Gobierno. Sin embargo, mi preocupación de siempre, de que como Movimiento Cooperativo estamos desarticulados y no llevamos un mismo mensaje, se agravó. Por ello, me siento en la obligación de compartir estos pensamientos muy míos, después de vivir, disfrutar y estudiar lo que es el Cooperativismo, y cómo ayuda a los seres humanos a desarrollarse social y económicamente. Y con orgullo lo digo, pues no solo me precio de haber sido en un momento de mi vida, un líder cooperativista durante más de 8 años, y haber sido y ser un estudioso del Cooperativismo, si no que puedo dar fe de las ventajas que obtiene un ciudadano común cuando es parte de una cooperativa y la patrocina. Esto es así, pues mi primer préstamo lo hice en mi cooperativa en Rincón, mi primer carro que pagué con mi trabajo, siendo un profesional, lo obtuve, gracias a un préstamo que me concedió mi cooperativa, y hoy día, mi residencia principal, la tengo, gracias a un préstamo que me concedió mi cooperativa. Sin hablar de haber visto el desarrollo de mis padres y abuelos, gracias a las oportunidades de crédito que les daba nuestra cooperativa. Hasta el primer carro que compré, a través de mi corporación, me lo concedió el Banco Cooperativo. En fin, puedo hablarles con orgullo, pero con entendimiento, por qué se tiene que ser cooperativista, y por qué son indispensables las exenciones contributivas que se les brindan a estas instituciones. Las cooperativas, por virtud de ley están exentas de pagar impuestos (en cualquier forma) al Estado, con excepción de la enmienda transitoria que se experimentó con la Ley Núm. 7 de 2009, que aunque ya culminó, le impuso una contribución sobre ingresos especial a todas aquellas cooperativas que hubiesen generado ingresos netos en exceso de $250,000.00, nuestras cooperativas no le pagan tributos al Estado. La concesión especial que el Estado les brinda a las cooperativas, al hacerlas exentas del pago de impuestos, se justifica por el ALTO INTERÉS PÚBLICO que tienen las cooperativas, pues las cooperativas las conforma el Pueblo, quien de forma colectiva, se agrupa para satisfacer sus propias necesidades económicas y sociales. Por ello, el Estado, reconociendo la necesidad de que su pueblo se desarrolle y progrese económicamente, le concede beneficios especiales, a quienes se agrupan y se constituyen de forma cooperativa; pues se parte de que el interés de la gente emana de su necesidad colectiva de satisfacerse sus problemas económicos y/o sociales. Pero, ¿POR QUÉ existen las Exenciones Contributivas? Desde el 1946, cuando se creó la primera legislación completa sobre el Cooperativismo en Puerto Rico, o sea, la Ley Núm. 291, para propiciar el desarrollo de las distintas sociedades cooperativas que existían y existen, se concedió la exención contributiva a las cooperativas. Esta exención, en aquel entonces, se concedió sobre los ingresos y sobre las propiedades que compraran las cooperativas para realizar sus negocios; también estaban exentas de contribuciones las acciones que emitían las cooperativas. Esta protección se fundamentó en que las cooperativas eran organizaciones sin fines de lucro. También se fundamentó, pues el Estado estaba convencido que el Cooperativismo podía contribuir eficazmente en lograr una mayor producción de riquezas y, entonces, lograrse una distribución más equitativa de la misma. Y, por último, el Estado, demostrando sus cualidades de un BUEN PADRE DE FAMILIA, estaba convencido que a través de la ACCIÓN COOPERATIVA cada individuo se beneficiaría de forma inmediata, tanto en su personalidad como en su dignidad, entiéndase que el Cooperativismo hacía mejores personas; desarrollaba mejores seres humanos, que serían, al final, mejores ciudadanos que aportarían a la Sociedad. Eso le convenía al Estado, por eso, tales concesiones. Fíjense, que aun con las distintas enmiendas que las leyes sobre el Cooperativismo han experimentado en los últimos 60 años, la exención contributiva se ha mantenido indeleble y firme en nuestro marco jurídico. Es indiscutible concluir que el fin del Estado, a través de las diferentes estructuras gubernamentales, legislativas y judiciales, por conducto de los hombres y mujeres que las lideran, es PROCURAR EL BIENESTAR DE SU GENTE, BUSCAR LA IGUALDAD ENTRE SU GENTE, y el propio Estado ha visto en el Cooperativismo ese protagonista que le ayuda a cuidar y educar a su gente. Por eso, ha afirmado desde el 1946, y reafirmado hasta hoy día, a través de la legislación actual, los postulados de justicia social que promueve el Cooperativismo y, por ende, para garantizar su existencia ha concedido ciertos beneficios para su desarrollo y el más contundente ha sido las exenciones contributivas. Es sencillo, el Cooperativismo, a través de cada una de sus cooperativas, lo que ha perseguido y persigue, día a día, es que el Pueblo, a través de su GENTE ORGANIZADA, logre satisfacer sus necesidades y viabilice sus aspiraciones de desarrollo socio-económico. Y que el Pueblo, a través de su GENTE ORGANIZADA, sea dueño, en comunidad, de una empresa cooperativa donde la posea con muchos otros, y la pueda dirigir democráticamente. ¿POR QUÉ es importante PROTEGER las Exenciones Contributivas? 1. Con esta concesión del Estado, cada una de las cooperativas logra manejar los recursos financieros que obtiene de sus negocios, para beneficio exclusivo de la GENTE ORGANIZADA, o sea, sus socios dueños. 2. La exención logra que la cooperativa adquiera bienes y servicios para realizar sus actividades comerciales, sin el pago de impuestos al Estado, de manera que puede allegarse bienes y servicios de mejor calidad o mayor cantidad, todo con el fin de beneficiar exclusivamente a la GENTE ORGANIZADA, quienes son sus socios dueños. Con este beneficio del Estado, cada una de las cooperativas pueden: a. ser REGULADORES DE PRECIOS; b. pueden brindarles a sus socios ACCESO PLENO A SERVICIOS FINANCIEROS; c. EDUCAN SOBRE EL MEJOR MANEJO DE SUS FINANZAS PERSONALES Y FAMILIARES; d. PROMUEVEN ACTIVIDAD PRODUCTIVA MEDIANTE EL AUTO EMPLEO, LA AUTOGESTIÓN Y APOYAN A PEQUEÑAS EMPRESAS; y e. DESARROLLAN LÍDERES PARA EL FORTALECIMIENTO DEL COOPERATIVISMO Y DE LAS COMUNIDADES, por mencionar algunos beneficios, que si no existieran por medio de las cooperativas, sería el Estado quien tendría la obligación de hacerlo y obviamente se requeriría de un mayor presupuesto gubernamental. 3. A través de la exención contributiva se logra que cada cooperativa, cumpla su misión en la comunidad a la cual sirve, y se desarrolla el bienestar y se consigue LA IGUALDAD ENTRE LA GENTE ORGANIZADA, quienes son sus dueños. Los presupuestos que cada cooperativa utiliza para realizar este tipo de actividad, al unirlos, se convierten en un presupuesto significativo que se ahorra el Estado en tener que ejecutar y pagar. O sea, este presupuesto es un ahorro que tiene el Gobierno, pues si no lo hicieran las cooperativas, le correspondería al propio Estado, a través de sus agencias, fomentar aun más y con mayor dinero, el deporte, las artes, la cultura, la salud, la educación, por mencionar algunas áreas que cubren nuestras cooperativas. ¿PARA QUÉ existen las Exenciones Contributivas? Es indiscutible que las partidas económicas que el Estado deja de allegarse por razón de la exención contributiva que disfrutan las cooperativas, repercute significativamente en un ahorro que tiene el propio Estado en sus finanzas, pues si las cooperativas desaparecen o los negocios de estas se afectan significativamente con la imposición de arbitrios, sería el Estado quien tendría que conseguir fondos que hoy no tiene para aportar al desarrollo socio-económico de su gente, a través de las muchísimas actividades educativas, culturales, de salud, artísticas, deportivas, por mencionar algunas que realizan las cooperativas. Más aun, me atrevería a decir que si trabajáramos articuladamente, entiéndase el Estado con el Movimiento Cooperativo, los esfuerzos del Estado en estas áreas al unirse con los que realizan las cooperativas, resultaría en un mayor beneficio para nuestra gente, que el que se obtiene hoy día, pues el impacto, en consecuencia, sería uno mayor. Es preciso señalar que muchísimas de nuestras cooperativas generan ganancias muy limitadas, pero aun así garantizan el cumplimiento de la filosofía cooperativa, esto debido a su estructura jurídica. La imposición de contribuciones en estas cooperativas no sería significativa para el Estado, pues si no hay ganancias sobre la cual pagar contribuciones, no hay contribución que pagarle al Estado. Y en las que operan con demasiada limitación o al presente están en pérdida, el gasto que representaría la imposición de contribuciones las llevaría al precipicio fiscal y desaparecerían, y al desaparecer no hay pago por contribución que beneficie al Estado. De manera que el Estado se quedaría “sin la soga y sin la cabra”, como bien dice el refrán. Aparte que los beneficios de tener viva a “la cabra” desaparecen, pues no existirían para esa parte del pueblo quienes eran sus socios, todos los beneficios, que aun con ganancias limitadas o en pérdida, la cooperativa les brindaba. Aparte de estos que les menciono, se suma el vacío que dejarían las cooperativas como reguladoras de precios, lo cual, implicaría que el Estado tenga que realizar una serie de legislaciones y actividades que trastocarían su presupuesto actual, significativamente. Veamos dos ejemplos de esta aseveración. En el caso de las cooperativas de ahorro y crédito, los intereses módicos que les cobran a sus socios y clientes parten del supuesto fiscal de que no existe el gasto del pago por contribuciones al Estado, pero de este existir, los intereses que se cobrarían y que son el ingreso principal de una cooperativa, aumentarían, por ende, el consumidor se afectaría grandemente. Ello, sería un efecto en cadena, pues no solo el consumidor pagará más, sino que las instituciones financieras que hoy son competencia directa de los negocios de estas cooperativas, quedarían a rienda libre para determinar las tasas de intereses que cobrarían por sus préstamos, afectando la capacidad prestataria del Pueblo. Para entender este ejemplo es preciso saber que las casi 110 cooperativas que tenemos en Puerto Rico, tienen aproximadamente 800,000 socios y socias. Este número si lo consideramos en familias, estaríamos hablando que las cooperativas directa o indirectamente impactan financieramente a mucho más de la mitad de la gente que habita en nuestro país, quienes son los que conforman el Estado. O sea, el mismo Estado estaría poniendo en precario a sus constituyentes. Un segundo ejemplo del impacto en el trastoque de las exenciones, ocurriría con los negocios de las cooperativas de seguro, pues las primas de los seguros que estas ofrecen, aumentarían. Ello, implicaría que los aseguradores que son competencia de estas, también pueden aumentar sus tasas y si no las aumentan, afectarían a la institución cooperativa al margen de que quizás estas desaparezcan, por lo que la competencia quedaría libre de imponer sus precios máximos, según las tablas que les permita su regulador, y esto afectaría inmensamente al Estado, pues el Pueblo no tendría dinero para costear esas primas y cada ciudadano y sus familias quedarían descubiertos de una protección a pérdidas materiales y personales. Para entender este ejemplo es preciso saber que las dos aseguradoras cooperativas que tenemos en Puerto Rico, atienden en conjunto a cerca de 1 millón de ciudadanos. O sea, 1 millón de personas que pagarían más por sus seguros o simplemente muchas de ellas, no se asegurarían. En definitiva, trastocar la exención contributiva, crearía un desfase económico que agudizaría la crisis que atraviesa nuestro país. Como les indiqué al inicio de este escritorio, mi propósito es comunicar la importancia de esta concesión del Estado. Pero el propósito tiene una finalidad mayor: lograr que cada uno de los que se sirven de una cooperativa, la conozcan y la protejan, pues de ello dependerá el futuro de nuestro Movimiento Cooperativo y su aportación a nuestra sociedad. Educándonos, tendremos las herramientas para defender nuestros postulados y para hacer que estos se cumplan. Y lucharemos, con palabras, cualquier guerra que se nos presente. Educados, de seguro, ganamos. Nos resulta indispensable educarnos para defendernos, pues estoy convencido que un Puerto Rico sin cooperativas, sin un Movimiento Cooperativo sólido y legítimo, no sería nunca un país próspero.
Posted on: Fri, 21 Jun 2013 22:44:55 +0000

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