Capítulo XI- RECOMENDACIONES APROBADAS DEL INFORME DE MAYORIA DE - TopicsExpress



          

Capítulo XI- RECOMENDACIONES APROBADAS DEL INFORME DE MAYORIA DE LA CCSS RECOMENDACIONES A continuación presentaremos el listado general de recomendaciones según responsable. 1. Al Poder Ejecutivo Respetuosos de la independencia de Poderes que establece nuestra Constitución Política en su artículo noveno, realizamos las siguientes recomendaciones al Poder Ejecutivo: 1.1 Instar a la Presidencia de la República a fin de que convoque a los sectores representados en la Junta Directiva de la CCSS, para suscribir un acuerdo nacional que implique la restructuración del órgano colegiado, excepto su Presidencia Ejecutiva, con el propósito de realizar un proceso de reingeniería institucional. Se sugiere que la conformación se realice de la siguiente manera: Un o una profesional en las áreas de Ciencias Médicas, Derecho, Ciencias Económicas, Ciencia Actuarial o actuaria, Ingeniería Industrial, Ciencias de la Salud que no sea médico, Ciencias Sociales, Planificación y Tecnologías de la Información y Comunicación. Estos no podrán tener o haber tenido en los pasados cuatro años relación laboral con la institución. 1.2 Solicitar la contratación de un (a) consultor externo de alto nivel gerencial y con experiencia en procesos de reingeniería, a efectos de que acompañe a la Presidencia Ejecutiva de la CCSS, en el proceso de restructuración e implementación de medidas tendientes a la mejora de la gestión institucional. 1.3 No promover la venta de servicios de la CCSS, toda vez que dicha práctica es contraria con los principios que rigen la seguridad social costarricense, a saber: solidaridad, equidad y universalidad. 1.4 Asignar los recursos presupuestarios que la Contraloría General de la República requiera a fin de realizar una oportuna labor de fiscalización en la CCSS. 1.5 Buscar una solución inmediata a la deuda que mantiene el Estado con la CCSS, en aras de dar cumplimiento efectivo a lo que establecen los artículos 74 de la Ley Constitutiva de la CCSS y el 177 de la Constitución Política, dando prioridad al pago líquido de las obligaciones en un porcentaje suficiente que garantice la atención oportuna de las necesidades institucionales. 1.6 Girar una directriz a la Secretaría Técnica de Gobierno Digital para que se constituya en órgano de apoyo técnico en el tema de expediente médico electrónico. 1.7 Realizar el pago de ¢58.600,4 millones pendiente de las deudas del Estado por el traslado del Nivel de Atención Primaria del Ministerio de Salud a la CCSS, desde el año 1994, según ley 7374. 1.8 Establecer conectividad entre las bases de datos de Tributación Directa y la CCSS con el propósito de realizar un mejor control de los aportes patronales a la seguridad social. 1.9 Crear el Observatorio Nacional de la Salud como parte del Programa Estado de la Nación, con la participación conjunta del Ministerio de Salud, la Defensoría de los habitantes y la CCSS. 1.10 Gestionar cooperación de entidades nacionales e internacionales, tales como el Banco Mundial, Universidad de Costa Rica (UCR), INCAE y otras, apoyo técnico para la implementación del proceso de restructuración de la CCSS. 1.11Promover, en conjunto con el Ministerio de Salud y la Defensoría de los Habitantes, espacios de participación ciudadana respecto al tema de Seguridad Social. 1.12 Dar cumplimiento del traslado de recursos líquidos según la Ley Nº 9028, Ley General de Control de Tabaco y sus efectos nocivos en la salud. 2. A la Junta Directiva de la CCSS Respetuosos de la autonomía institucional que le brinda la Constitución Política a la CCSS, y en acatamiento del mandato girado por el Plenario Legislativo, se realizan las siguientes recomendaciones: 2.1 Solicitar a las autoridades superiores de la CCSS una reingeniería efectiva con el objetivo de resolver el problema estructural-funcional que se ha generado, a la luz de que el desequilibrio financiero en el SEM se produce precisamente porque los gastos crecen más rápidamente que los ingresos, especialmente en el rubro de servicios personales, poner orden para lograr la optimización de dichos recursos. Además, la reingeniería deberá incluir la mejora en la prestación de los servicios al asegurado. 2.2 Nombrar equipo gestor de alto nivel que coadyuve a la Presidencia Ejecutiva y al consultor externo, en la ejecución de la reingeniería institucional. 2.3 Solicitar a la Contraloría General de la República (CGR), la intervención inmediata de la Auditoría Interna de la CCSS. 2.4 Adoptar la política institucional que evite el conflicto de intereses o relación de parentesco entre el auditor y sub auditor, con el cuerpo gerencial, directores de departamento y directores hospitalarios. 2.5 Solicitar un estudio externo sobre los informes presentados por la Dirección Actuarial de la CCSS, ante la Junta Directiva desde el año 2006 a la fecha. En caso de determinarse negligencia o impericia, se proceda en forma inmediata a la apertura de los procedimientos administrativos que correspondan. 2.6 Instruir al Equipo Gestor a fin de que el proceso de reingeniería institucional incluya como mínimo las siguientes acciones: 2.6.1 Valorar la reducción del número de gerencias, sus dependencias y la sustitución de los actuales gerentes. 2.6.2 Trasladar no menos de un 30% del personal del nivel central a la atención directa de los asegurados. 2.6.3 Eliminar las actuales Direcciones Regionales y su sustitución por Consejos de Coordinación y Participación Regional, integrados Directores de Hospital, Directores de Clínica, un representante de los EBAIS, de las Juntas de Salud y organizaciones de pacientes que funcionen en el área de salud). Trasladar el personal actual de las Direcciones Regionales a la atención directa de los asegurados. 2.6.4 Congelar la creación de nuevas plazas a nivel central por 36 meses. 2.6.5 Eliminar el Centro de Desarrollo Estratégico e Información en Salud y Seguridad Social (CENDEISSS) y trasladar el personal a la atención directa de los asegurados y a la Dirección de Recursos Humanos, según corresponda. 2.6.7 Crear la Unidad Especializada de Formación, Capacitación y Cooperación Internacional en la Dirección de Recursos Humanos. 2.6.8 Fortalecer la Red de Servicios de Salud basada en: a) las necesidades del usuario, b) la provisión necesaria de recursos a los centros de salud (infraestructura, equipamiento y recurso humano), c) la gestión oportuna de listas de espera, d) características epidemiológicas y de morbi-mortalidad, d) la aplicación de protocolos actualizados, e) la automatización de servicios f) creación y fortalecimiento de Unidades de Prevención y Promoción de la Salud en el segundo y tercer nivel de atención. 2.6.9 Elaborar y ejecutar con los Directores Médicos de los centros de salud un plan de actualización y modernización de equipamiento, digitalización de servicios y tecnologías médicas dirigido a impactar la atención directa de los asegurados. 2.6.10 Elaborar e implementar el mecanismo de evaluación del desempeño para Gerentes, Directores de Gerencias, Directores Médicos y Directores Administrativos de los centros de salud. 2.6.11 Elaborar e implementar el mecanismo de rendición de cuentas para Gerentes, Directores de Gerencias, Directores Médicos y Directores Administrativos de centros de salud. 2.6.12 Elaborar e implementar el mecanismo de auditoría operativa externa en las Gerencias y Centros de Salud, con una periodicidad quinquenal. 2.6.13 Establecer un sistema institucional de indicadores de gestión (producción, eficiencia, calidad, efectividad e impacto) para todas las áreas de la CCSS. 2.6.14 Ordenar a la Dirección Financiera Contable que, conjuntamente con los Directores Médicos y Administrativos de los centros de salud, mejore y actualice la base de asignación presupuestaria del Seguro de Enfermedad y Maternidad (SEM) en las diferentes áreas de atención de los servicios de salud. 2.6.15 Ordenar y verificar la aplicación normativa de cumplimiento de horario en jornada laboral, mediante la obligatoriedad de marca u otros mecanismos para todo el personal de la institución, lo que incluye la parte médica. 2.6.16 Plantear y ejecutar los ajustes necesarios en disponibilidades médicas y guardias según necesidades reales de atención. 2.6.17 Eliminar el fraccionamiento de la jornada ordinaria de trabajo de los profesionales dedicados a la atención medica de los asegurados. 2.6.18 Establecer la contratación de personal de ciencias de la salud mediante jornada rotativa en los tres turnos de atención. 2.6.19 Prohibir la recontratación inmediata, y hasta por un plazo de cinco años, de cualquier funcionario que haya presentado su renuncia. 2.6.20 Establecer una metodología para la asignación del recurso humano en la atención directa de los asegurados, que observe la equidad, el perfil epidemiológico y la demanda poblacional en las áreas de salud. Esto incluye técnicos, profesionales en ciencias de la salud, otros profesionales y personal de apoyo. 2.6.21 Implementar en todos los centros de salud el Sistema de Identificación de Usuarios, basado en el modelo del Hospital San Rafael de Alajuela e incluyendo el padrón de personas nacionales y extranjeras. 2.6.22 Tomar las acciones necesarias a fin de que en plazo de 24 meses se implemente el Proyecto Expediente Digital Único en Salud (EDUS) a nivel nacional y solicitar colaboración de la Secretaría Técnica de Gobierno Digital para realizar una auditoría técnica y operativa de este proyecto hasta la fecha. La anterior acción implica al segundo y tercer nivel y sus redes de atención, con la colaboración de la Secretaría Técnica de Gobierno Digital y las gerencias, basados en las mejores prácticas y experiencias a nivel mundial. Incluye dotar a todos los usuarios de un carnet con su expediente digital incorporado. 2.6.23 Centralizar, digitalizar y transparentar el sistema institucional de compras, almacenamiento y distribución de insumos y medicamentos, para que cumpla los principios de economía de escala, oportunidad, eficiencia, calidad y publicidad. 2.6.24 Revertir la desconcentración hospitalaria en los centros médicos que tienen esta figura y suspender todos sus efectos, con excepción de las Juntas de Salud. 2.6.25 Prohibir el traslado de recursos financieros del sistema de IVM al de Salud por la compra o recompra de títulos valores. 2.6.26 Remitir obligatoriamente a la Superintendencia de Pensiones (SUPEN) toda la información que sea solicitada sobre el Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) para facilitar su supervisión y fiscalización. 2.6.27 Establecer una estrategia para la participación de los trabajadores y asegurados en la implementación de las soluciones y alternativas de gestión en todos los niveles. 2.6.28 Solicitar inventario actualizado (estudio registral) de todos aquellos terrenos y propiedades a nombre de la institución sin uso o construcción o que tenga en comiso por no pago de obligaciones crediticias. 2.6.29 Establecer con un banco público un convenio para el traslado y la administración de la cartera de crédito hipotecario del Régimen de Pensiones. 2.6.30 Ordenar una auditoría externa financiera y operativa para el Proyecto Red Oncológica Nacional. 2.6.31 Mantener vigentes las acciones en prevención, promoción, detección temprana, diagnóstico y tratamiento en cáncer, a través de la Comisión Institucional de implementación del Plan Nacional de Cáncer en la CCSS. 2.6.32 Establecer reglamentariamente la obligatoriedad de trasladar un 50% de los recursos recaudados por otorgar campos clínicos, a cada centro médico que reciba estudiantes por esta modalidad. 2.6.33 Establecer reglamentariamente la obligatoriedad de mantener el 50% de los recursos recaudados en cada centro de salud, por concepto de atención médica a usuarios no asegurados, empleados de patronos morosos y cobros a aseguradoras. 2.6.34 Someter a auditoría externa el Plan de Desarrollo de Infraestructura y Equipamiento de la actual Gerencia de Infraestructura y Tecnología, para evaluar su viabilidad y continuidad. 2.6.35 Garantizar y promover que las personas en condición de pobreza tengan derecho al aseguramiento y la atención integral en salud por cuenta del Estado, en cumplimiento del Artículo 2º de la Ley Nº 5349 y del Artículo 6º de la Ley Nº 7374. 2.6.36 Modificar el Reglamento de Juntas de Salud para que sea un espacio de participación comunitaria efectiva y se vea reflejada en los procesos de toma decisiones. 2.6.37 Impulsar una evaluación participativa de la población acerca del desempeño del modelo de atención integral (todos los niveles de atención) en la prevención y atención de la enfermedad. 2.6.39 Fortalecer los programas de educación en salud sobre vida saludable, problemas prevalentes, procedimientos diagnósticos, tratamientos, cuidados paliativos y rehabilitación. 2.6.40 Garantizar que el expediente electrónico sea un medio para hacer efectivo el derecho de la población a la información sobre su situación de salud y no solamente una herramienta de control de gestión. 2.6.41 Establecer un nuevo convenio y reglamento para formación de técnicos y especialistas en áreas prioritarias con las universidades que tengan las carreras aprobadas por los entes correspondientes. La evaluación será realizada en pruebas estandarizadas escritas por la Dirección de Recursos Humanos con ayuda de Gerencia Médica. 2.7. Solicitar que la CCSS presente un plan de acción en donde explique a las partes interesadas, cuáles son las medidas de contención del gasto y como la institución va a atender la demanda creciente por los servicios de salud. 2.8 Implementar un sistema gerencial que privilegie el control estratégico, aunado a la utilización de un riguroso sistema de contabilidad de costos (fortalecer el control actual de los costos). Está claro como se explicó en este informe que el objetivo de un seguro de salud de carácter universal, solidario y equitativo como el que administra la CCSS (sistema financiero de reparto), no pretende maximizar la rentabilidad, como sucede en los seguros privados. Sin embargo, si realmente se pretende la estabilidad financiera y consecuentemente, evitar la quiebra de la seguridad social, es de fundamental importancia replantear el sistema gerencial actual, la toma de decisiones y los métodos control que se están utilizando. Así como, valorar las reformas legales o reglamentarias necesarias para alinear los beneficios o prestaciones que demandan los ciudadanos, sin descuidar la calidad de los servicios con los costos y la optimización en el uso de los recursos. En este punto se podría incluir una capacitación a los magistrados de la Sala Constitucional, para que analicen que la seguridad social no dispone de recursos ilimitados y por eso la sociedad debe definir cuáles son las prestaciones que está en capacidad de cubrir el Seguro de Salud de carácter universal y que exista un compromiso serio para respetarlo. 2.9 Valorar una vez que se hayan corregido las ineficiencias de la entidad, así como la evasión y analizar la conveniencia social, si la cotización o prima de reparto es la apropiada. Cabe recordar que en el SEM el equilibrio financiero se logra cuando los ingresos del ejercicio económico, se igualan con los egresos de dicho período que precisamente es de un año y por lo tanto, no debería de presentarse un déficit o un superávit. No obstante, en condiciones normales los egresos crecen más rápido que los ingresos, por lo que no está demás que mediante un análisis o valuación actuarial se revise la prima actual (tasas de contribución tripartita). 2.10 Continuar con el apoyo al proceso para que se lleve a cabo la nueva valuación actuarial del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte y se proceda a una toma de decisiones oportunas para evitar un colapso financiero similar o de mayores consecuencias al que está experimentando el Seguro de Salud. 2.11 Promover la figura de licitación pública internacional para la adquisición de: medicamentos, insumos médicos, equipos e infraestructura. Incluye revisión y ajuste de requisitos y montos mínimos y el uso de medios digitales para su manejo. 2.12 Normar y girar directrices para que los responsables de puestos de dirección en ascenso, al retornar a su puesto en propiedad u ocupar otro de menor jerarquía no podrán alegar o reclamar derechos sobre el salario del puesto superior anteriormente ejercido. 2.13 Garantizar que la atención a pacientes sea efectiva en las ocho horas de trabajo por médico, para cada jornada de trabajo existente. 2.14 Plantear y ejecutar los ajustes necesarios en disponibilidades médicas y guardias según necesidades reales de atención. 3. Contraloría General de la República Como Órgano Auxiliar de la Asamblea Legislativa en la fiscalización de la Hacienda Pública, solicitamos a la Contraloría General de la República lo siguiente: 3.1 Realizar un Estudio de Fiscalización Integral sobre el desempeño y eficiencia de la Auditoría Interna de la CCSS, según lo señalado en la recomendación 2.3. 3.2 Remitir a la Junta Directiva y al Equipo Gestor un informe de estado de situación sobre todos los casos investigados directamente por la Contraloría General de la República en la CCSS. 3.3 Realizar un estudio de fiscalización financiera sobre el desarrollo, gestión e inversiones relacionadas con el Proyecto Expediente Digital Único en Salud (EDUS). 3.4 Realizar un estudio de fiscalización financiera y operativa sobre el desarrollo, gestión e inversiones relacionadas con el Proyecto Red Oncológica Nacional. 3.5 Implementar una modalidad de fiscalización diferenciada para la CCSS y se publique un informe anual en los medios usuales disponibles. 3.6 Realizar el estudio de seguimiento sobre el caso de la universalización de la vacuna de neumococo, acciones correctivas ejecutadas y las responsabilidades correspondientes. 3.7 Realizar el estudio de seguimiento sobre el caso de las compras por emergencia en la Gerencia de Logística, acciones correctivas ejecutadas y las responsabilidades correspondientes. 3.8 Reconsiderar la metodología establecida para el cálculo del aporte por el aseguramiento de la población por debajo de la línea de pobreza, de forma tal que se contemple a la universalidad y no al usuario efectivamente atendido por el sistema de salud, en cumplimiento de artículo 2 de la ley 5349 y del artículo 6 de la ley 7374. 3.9 Requerir a la Contraloría General de la República que deberá establecer las responsabilidades administrativas en la toma de decisiones contrarias a las sanas practicas de gestión por parte de la Junta Directiva y responsables de la administración y técnicos que ejecutaron los estudios que sirvieron de base para la toma de las decisiones, concretamente en el incremento sostenido de los gastos por concepto de servicios personales (aumento del tope de cesantía hasta 20 años, concesión de beneficios laborales a los colaboradores en donde se presenta una seria dificultad para financiarlos, así como la condonación de intereses de la deuda del Estado, entre otras decisiones que se tomaron de índole administrativa y financiera). 3.10 Requerir a la Contraloría General de la República que para cada inicio de periodo de gobierno, deberá realizar un análisis financiero y de sostenibilidad del Seguro de Enfermedad y Maternidad (SEM), del Régimen de Invalidez, Vejes y Muerte (IVM); además evaluar el impacto de las estrategias y políticas emanadas de la Junta Directiva que acaba de terminar el período en el cual fueron nombrados. 4. Asamblea Legislativa Conscientes de nuestra responsabilidad como legisladores y legisladoras, y de la necesidad de promulgar legislación que coadyuve al fortalecimiento de la seguridad social, recomendamos lo siguiente: 4.1 Aprobar el expediente Nº 18329 “Ley de Fortalecimiento de la gestión de cobro de la Caja Costarricense de Seguro Social y responsabilidad nacional con la Seguridad Social.” 4.2 Promover un proyecto de ley para garantizar ingresos adicionales por un período de cinco años, destinados exclusivamente al área de atención directa de los asegurados (Hospitales, Clínicas y EBAIS). 4.3 Reformar la Ley Nº 7852 del 30 de noviembre de 1998 “Ley de Desconcentración de los Hospitales y Clínicas de la Caja Costarricense de Seguro Social”. 4.4 Rechazar la aprobación de empréstitos de infraestructura y equipamiento para la CCSS, en el tanto no se demuestre con certificaciones de Junta Directiva, que cuentan con recurso humano completo y recursos económicos para su operación y mantenimiento. En caso de aprobarse, se dará prioridad al mantenimiento del equipo e infraestructura existente. 4.5 Aplicar el artículo 154 del Reglamento de la Asamblea Legislativa al expediente Nº 17214 “Ley de Expediente Digital Único en Salud”, originalmente denominado “Ley del Expediente Digital en Salud” y enviarlo a la Comisión Especial de la CCSS para realizar las correcciones de forma y fondo que se consideren pertinentes. 4.6 Prorrogar por seis meses adicionales al plazo de vencimiento de la Comisión Especial que evaluará e investigará las causas, responsabilidades y responsables de los problemas de la Caja Costarricense de Seguro Social y propondrá las soluciones y los correctivos necesarios para que ésta cumpla los objetivos constitucionales. Expediente Nº 18201. En este período complementario se trabajará exclusivamente en el dictamen de los proyectos de ley tendientes a fortalecer la CCSS. 4.7 Promover un proyecto de ley para crear el Instituto Nacional del Cáncer con la colaboración de la Gerencia Médica de la CCSS. 4.8 Preparar un proyecto de ley orientado a establecer una cobertura especial de aseguramiento temporal para los trabajadores migrantes que ingresan al país, quienes vienen a laborar en la recolección de cosechas agrícolas estacionales. 4.9 Promover una reforma legal para que se puedan diversificar las inversiones del IVM a títulos públicos de bajo riesgo y mayor rentabilidad. 4.10 Trámite urgente del Expediente 17908 “Reforma a la Ley de Protección del Trabajador” para garantizar una supervisión efectiva por parte de SUPEN al Régimen de IVM. 4.11 Promover que toda legislación que crea unidades ejecutoras de proyectos del Estado, contemplen la obligación del pago de los montos de la seguridad social cuando así corresponda. El objetivo es fortalecer el marco normativo relacionado con el cumplimiento de las obligaciones patronales y de trabajadores independientes con la CCSS. 4.12 Establecer que el aporte total de los gastos del Laboratorio de Paternidad sean asumidos por el Tribunal Supremo de Elecciones, lo anterior, por cuanto la filiación es responsabilidad de esa instancia y actualmente el porcentaje dispuesto por la Ley de Paternidad Responsable solamente cubre una parte. 4.13 Gestionar un proyecto de ley para que el Poder Ejecutivo asuma el costo de la póliza de salud del Cuerpo Diplomático de Costa Rica. En la actualidad, dicho costo es asumido por la CCSS. 4.14 Impulsar el expediente 18.533: “Interpretación auténtica de los Artículos 5 y 13 de la Ley Nº6836, de Incentivos a los Profesionales en Ciencias Médicas”. Dispensarlo de todo tramite según artículo 177 del Reglamento de la Asamblea Legislativa. 4.15 Promulgar y aprobar una ley para efectuar la separación administrativa del Seguro de Enfermedad y Maternidad (SEM) del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), con el objetivo de promover la transparencia, eliminar eventuales conflictos de interés, evitar los subsidios cruzados, fortalecer los controles internos y estratégicos, así como para llevar a cabo la gestión eficiente de los recursos. 4.16 Reformar la Ley de la Defensoría de los habitantes para crear el Defensor del Asegurado. 4.17 Fortalecer las Juntas de Salud y poner requisitos de idoneidad a sus integrantes. 4.18 Formular proyecto de ley cuyo propósito sea incorporar la CCSS a los lineamientos de la Autoridad Presupuestaria (AP). 5. Superintendencias Generales 5.1 Emitir directriz por parte de SUGESE para garantizar el pago oportuno de las aseguradoras privadas y el INS por concepto de servicios médicos prestados por la CCSS. 5.2 Establecer, en un plazo de cuatro meses, un plan de supervisión y fiscalización de los recursos que conforman los diferentes regímenes de la CCSS y las inversiones que se hagan de los mismos, atendiendo lo señalado en la recomendación 2.6.26. (SUPEN)
Posted on: Fri, 01 Nov 2013 01:44:34 +0000

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